En Venezuela, con la entrada en vigencia del Código Orgánico Procesal Penal (Copp), se adoptó el sistema penal acusatorio como forma de juzgar a las personas que cometen un delito.
En este sentido, el Ministerio Público tiene la obligación de investigar los hechos para posteriormente realizar un acto conclusivo que deberá presentar ante el tribunal de control. En caso de ser este una acusación, implicará la celebración de una audiencia preliminar en la que se determinará si existe un fundamento serio a fin de llevar a juicio al imputado.
De ser así, se dicta el auto de apertura a juicio, dándose inicio a la fase que concreta en su mayor esplendor los más avanzados principios que rigen nuestro sistema penal: la oralidad y publicidad, entre otros.
El juicio es el punto culminante del proceso penal, toda vez que es aquí cuando se produce un pronunciamiento definitivo que provoca el estado de cosa juzgada y determina la culpabilidad o inocencia del acusado.
El Copp, en su artículo 14, establece que el juicio será oral y público. Alrededor de esta premisa se erige una garantía que persigue lograr el resguardo de otros principios procesales contemplados en la ley.
La oralidad se considera como un principio fundamental del proceso y sirve de base a la inmediación, la contradicción y la publicidad, a través de las cuales el juez, al presenciar el debate probatorio, establecerá la verdad de los hechos.
A fin de cumplir con este objetivo, el juzgador recibirá, percibirá y analizará los medios probatorios propuestos por las partes para obtener certeza de ellos.
Mediante la oralidad, la comunidad controlará que la sentencia se ajuste al cúmulo probatorio producido en la audiencia, mientras que la publicidad garantizará la transparencia del juicio, permitiendo velar por la probidad de los jueces y de las otras partes.
Se puede afirmar que, bajo estos principios, en Venezuela el juzgamiento penal se desarrolla como correponde a un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia.
*Fiscala General de la República y Presidenta del Consejo Moral Republicano 2010/2011.
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