HANNA HERNÁNDEZ LÁREZ
Honduras desde los años 70 es un enclave Estado Unidense para el entrenamiento de mercenarios cuya única misión es derrocar a gobiernos que defiendan a sus pueblos y no sirvan a sus intereses. Tales son los casos de Nicaragua, Guatemala y el Salvador en los 80, en Panamá con Noriega en los 90, Venezuela en el 2002, en Haití con Jean Bertrán Aristide en el 2004.
Hoy, lideres sociales hondureños denuncian que los golpistas activaron nuevamente el escuadrón de la muerte para asesinar y desaparecer a todo aquel que exija el regreso de Zelaya.
Ahora Estados Unidos tendrá la oportunidad de demostrar si son ellos quienes les dan oxígeno a los hondureños, siendo imperativo que el Presidente del imperio capitalista más grande y poderoso del mundo marque una posición más firme en está antidemocrática situación. Presumen que tras el golpe de estado está el plan Puebla-Panamá, que no es mas que una estrategia del gobierno norteamericano para tener incorporado a centro América a través de México para convertirlo en una gran autopista intervencionista entre la potencia del norte y el anclaje de los intereses de Estados Unidos que es Colombia, un país donde hay varias bases de los Estados Unidos. Este plan constituye una estrategia planificada para controlar los recursos energéticos en todo el continente americano. Sin perder de vista la ocupación. En honduras hay una base militar de ocupación de Sotocano.
James Petras, sociólogo estadounidense manifiesta que “hay una estructura norteamericana situada en el comando del ministerio de la defensa asesorando sobre nivel estratégico y táctico. Este golpe no podría avanzar ni un milímetro sin el acompañamiento de Estados Unidos”. De igual modo, manifiesta que “aún quedan recursos por utilizar como el Consejo de Seguridad de la O.N.U., o por ejemplo mayor presión de Estados Unidos.”
De estas declaraciones, se deja evidenciar que al referirse al hecho de no poder avanzar el golpe sin el acompañamiento de Estados Unidos, se sienten dentro de la acción de facto como una pieza imprescindibles del tablero ajedrez; las manos de los norteamericanos están incursas en todos estos eventos, en su obcecada y obscena posición no mencionan que hubo golpe ni tampoco mencionan el regreso de Zelaya y lo que es peor sugiere con mucha sutileza “mayor presión de Estados Unidos”, cabría preguntarse mayor presión para qué, acaso para terminar de deponer al gobierno legítimamente constituido, elegido por mayoría del pueblo? ¿O para sacar del puesto usurpado al dictador Micheletti?. Con el acostumbrado empleo de la arbitrariedad y la fuerza y con el apoyo financiero y militar de la nación más ingerencista del mundo hay un sutil y solapado respaldo al gobierno de facto en Honduras. Hay un intento de dialogo por condiciones que hasta ahora son irreductibles, que no tienen negociación, porque los derechos no se negocian, Estados Unidos está fungiendo de árbitro en este conflicto y nombró a dedo al presidente de Costa Rica, el ciudadano Oscar Arias, recientemente nominado a premio Nóbel de la paz, para que actúe de mediador entre el presidente constitucional de la República de Honduras y el tirano de la misma, Roberto Micheletti.
No debemos olvidar ciertas premisas como las que enuncian que los derechos son irrenunciables, los derechos no se negocian. La vía del derecho es la que el pueblo ha decidido tomar, no aceptan un gobierno de hecho sino de derecho. El camino que los pueblos de América latina han decidido tomar es el de la elección popular sin otros instrumentos que medien, que sea distinto al del voto popular, el camino de un gobierno inclusionista que luche contra las desigualdades y las opresiones, ha de ser respetado por el resto de los países del mundo. Es inaceptable la aprobación de un gobierno de facto, es decir de hecho, mas no de derecho, porque contraviene todos los principios democráticos de los países que conforman la América del Sur.
Hoy es Honduras, pero mañana puede ser cualquier otro país. En primer lugar, podemos apreciar fundamentalmente la tendencia de las naciones latinoamericanas de acentuar el carácter irreversible y progresivo de los derechos humanos, no solo con la ratificación y ampliación de las libertades y de los derechos humanos tradicionales sino con la promulgación de Leyes atinentes a resguardar y garantizar derechos tales como, el derecho de paz, derecho a la calidad de vida y muchos otros derechos que han sido incluidos en las constituciones de los países de América Latina frente a una era de Constituciones revolucionarias de cara a la etapa más contemporánea del constitucionalismo latinoamericano en el cual se han ampliado los derechos de los ciudadanos incluyendo en las constituciones derechos como los de asistencia y protección a las personas de la tercera edad, los de los disminuidos físicamente, derecho progresivo a la propiedad de la tierra, es alentador que las conquistas del derecho internacional a favor a la protección del ser humano en el derecho constitucional, enriqueciéndolo, y demostrando que la búsqueda de protección cada vez más eficaz de la protección humana encuentra guaridad en las raíces del pensamiento tanto internacionalista como constitucionalista. Aquí estamos hablando de la integración de los pueblos y sus acuerdos y pareciera que significa la pérdida de la hegemonía para algunos países que avalan, legalizan y apañan un golpe de estado y quieren justificar lo injustificable y el resto de los países del hemisferio están por ende en riesgo.
El retorno a la institucionalidad democrática no es negociable y es imperativo.
¿Por qué tienen que ser los Estados Unidos árbitros de conflictos internos en un país latinoamericano?, ¿Por qué es quién actúa como mediador, imponiendo a un tercer país como Costa Rica, el que ante lo O.N.U mantuvo un discurso ambiguo y extraño en el cual expresó que la vuelta de Mel Zelaya (llamado así cariñosamente por su pueblo) constituiría más derramamiento de sangre?, Es indubitable que Costa Rica está plegada a los oscuros intereses solapados del gobierno de Estados Unidos.
Honduras no aguanta una presión mayor a una economía per se débil. El pueblo en la calle rechazando a un gobierno complotista por una parte y por la otra un boicot total como el que se ha determinado en los organismos que acabamos de definir, tampoco lo pueden soportar.
Es un espejismo para Micheletti tratar de legitimar su gobierno de facto con las elecciones generales que se estarán realizando a finales de año, ya que existen muy pocos gobiernos en el mundo que estarán dispuestos a reconocer la legitimidad de estos comicios. Se constituiría el golpe de facto como transición legitima de poder.
¿Por qué estamos entrando en negociaciones con unos golpistas, criminales, violadores de los derechos humanos? ¿Por qué entran libremente a los Estados Unidos y no les quitan las visas por golpista si a Hugo Chávez se la quitaron?
Existen mecanismos de injerencia por parte del gobierno del norte, en América latina para lograr penetrar, de modo de frenar los movimientos izquierdistas en esta zona, su primer trabajo en los 80 fue en Nicaragua para sacar a los sandinistas, bajo la excusa de sembrar la semilla de la democracia en el hemisferio.
Así pues, observamos que la Constitución de Honduras no permite que un connacional sea expulsado del país, como fue el caso de Mel Zelaya. Caso en el cual se evidencian claramente estas acciones injerencistas. Esta disposición normativa se encuentra inserta en la ley de leyes de la República de Honduras en el Art. 102, el cual enuncia que “ningún hondureño podrá ser expatriado ni entregado por las autoridades a un Estado extranjero”. De ahí, visible e indubitablemente observamos una clara violación de los más elementales preceptos constitucionales cuando fue llevado en contra de su voluntad y dejado en el aeropuerto de Costa Rica, transgrediendo así el artículo antes mencionado, además del Art.99 en el cual se estipula la inviolabilidad del hogar, y expresa textualmente en su contenido lo siguiente: “”
En ese orden de ideas cabe resaltar que de la misma manera hubo la violación del enunciado normativo contenido en los artículos 89,93 y 94, los cuales se refieren al debido proceso y expresan:
• Art.89: “Toda persona es inocente mientras no se haya declarado su responsabilidad por autoridad competente”.
• Art 93: “ Aún con auto de prisión, ninguna persona puede ser llevada a la cárcel ni detenida en ella, si otorga caución suficiente, de conformidad con la Ley”.
• Art.94: “A nadie se impondrá pena alguna sin haber sido oído y vencido en juicio, y sin que le haya sido impuesta por resolución ejecutoriada de juez o autoridad competente.
En los casos de apremio y otras medidas de igual naturaleza en materia civil o laboral, así como en los de multa o arresto en materia de policía, siempre deberá ser oído el afectado”
Los artículos antes mencionados establecen una serie de derechos semejantes a los que existen en cualquier constitución del mundo, siendo estas consecuencias de épocas en que el absolutismo de los gobiernos privaban de toda garantía de defensa a los acusados de algún delito y era legal. Así pues, inserto en el Art.68 de la misma ley, vemos la prohibición de atentar contra la integridad de las personas, sea con torturas, irrespeto, y humillaciones. Textualmente este Articulado de Ley enuncia • “Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, síquica y moral. Nadie debe ser sometido a torturas, ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”.
Este artículo se encuentra tipificado en esta constitución como en casi la mayoría de las constituciones de Latinoamérica en pro de la defensa y garantía de los derechos humanos de sus connacionales, pera protegerlos en caso de golpes de estado y gobiernos de facto.
No obstante a estas violaciones y actuaciones al margen de la ley, incurrieron en la conculcación del derecho de libertad de expresión, además de libre emisión del pensamiento y la información, previsto en 72, 73 y 74 ibidem de esa República, los cuales disponen las siguientes consideraciones:
• Art. 72: “Es libre la emisión del pensamiento por cualquier medio de difusión sin previa censura. Son responsables ante la Ley los que abusen de este derecho y aquéllos que por medios directos o indirectos restrinjan o impidan la comunicación y circulación de ideas y opiniones .”
• Art. 73: “Los talleres de impresión, las estaciones radioeléctricas, de televisión y de cualesquiera otros medios de emisión y difusión del pensamiento, así como todos sus elementos, no podrán ser decomisados ni confiscados, ni clausuradas o interrumpidas sus labores por motivo de delito o falta en la emisión del pensamiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que se halla incurrido por estos motivos de conformidad con la Ley.
Ninguna empresa de difusión del pensamiento podrá recibir subvenciones de gobiernos o partidos políticos extranjeros. La Ley establecerá la sanción que corresponda por la violación de este precepto.
La dirección de los periódicos impresos radiales o televisados y la orientación intelectual, política y administrativa de los mismos será ejercida exclusivamente por hondureños por nacimiento.”
• Art. 74: “No se puede restringir el derecho de emisión del pensamiento por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares del material usado para la impresión de periódicos, de las frecuencias o de enseres o aparatos usados para difundir la información”.
En ese contexto podemos afirmar que se dejó evidenciar con el cierre da las radiodifusoras y televisoras para no dar a nivel interno informaciones certeras de la situación del país, la conculcación de uno de lo derechos más básicos que tiene el hombre…que es la libertad, y ella está protegida por los convenios internacionales, los protocolos, pactos, tratados atinentes a los derechos humanos. La libertad de expresión es una de las más famosas conquistas civiles del hombre y reprimida ocasionalmente con cierre de periódicos, de cadenas televisivas, etc., muy extendida en el siglo XX en los países totalitarios y dictaduras.
No basta la voluntad popular de darse el propio gobierno y el ejercicio de este sino se poseen los elementos políticos, económicos, sociales y militares que garanticen el discurso transformador y revolucionario y la propia voluntad del pueblo se pueda ejercer.
Honduras desde los años 70 es un enclave Estado Unidense para el entrenamiento de mercenarios cuya única misión es derrocar a gobiernos que defiendan a sus pueblos y no sirvan a sus intereses. Tales son los casos de Nicaragua, Guatemala y el Salvador en los 80, en Panamá con Noriega en los 90, Venezuela en el 2002, en Haití con Jean Bertrán Aristide en el 2004.
Hoy, lideres sociales hondureños denuncian que los golpistas activaron nuevamente el escuadrón de la muerte para asesinar y desaparecer a todo aquel que exija el regreso de Zelaya.
Ahora Estados Unidos tendrá la oportunidad de demostrar si son ellos quienes les dan oxígeno a los hondureños, siendo imperativo que el Presidente del imperio capitalista más grande y poderoso del mundo marque una posición más firme en está antidemocrática situación. Presumen que tras el golpe de estado está el plan Puebla-Panamá, que no es mas que una estrategia del gobierno norteamericano para tener incorporado a centro América a través de México para convertirlo en una gran autopista intervencionista entre la potencia del norte y el anclaje de los intereses de Estados Unidos que es Colombia, un país donde hay varias bases de los Estados Unidos. Este plan constituye una estrategia planificada para controlar los recursos energéticos en todo el continente americano. Sin perder de vista la ocupación. En honduras hay una base militar de ocupación de Sotocano.
James Petras, sociólogo estadounidense manifiesta que “hay una estructura norteamericana situada en el comando del ministerio de la defensa asesorando sobre nivel estratégico y táctico. Este golpe no podría avanzar ni un milímetro sin el acompañamiento de Estados Unidos”. De igual modo, manifiesta que “aún quedan recursos por utilizar como el Consejo de Seguridad de la O.N.U., o por ejemplo mayor presión de Estados Unidos.”
De estas declaraciones, se deja evidenciar que al referirse al hecho de no poder avanzar el golpe sin el acompañamiento de Estados Unidos, se sienten dentro de la acción de facto como una pieza imprescindibles del tablero ajedrez; las manos de los norteamericanos están incursas en todos estos eventos, en su obcecada y obscena posición no mencionan que hubo golpe ni tampoco mencionan el regreso de Zelaya y lo que es peor sugiere con mucha sutileza “mayor presión de Estados Unidos”, cabría preguntarse mayor presión para qué, acaso para terminar de deponer al gobierno legítimamente constituido, elegido por mayoría del pueblo? ¿O para sacar del puesto usurpado al dictador Micheletti?. Con el acostumbrado empleo de la arbitrariedad y la fuerza y con el apoyo financiero y militar de la nación más ingerencista del mundo hay un sutil y solapado respaldo al gobierno de facto en Honduras. Hay un intento de dialogo por condiciones que hasta ahora son irreductibles, que no tienen negociación, porque los derechos no se negocian, Estados Unidos está fungiendo de árbitro en este conflicto y nombró a dedo al presidente de Costa Rica, el ciudadano Oscar Arias, recientemente nominado a premio Nóbel de la paz, para que actúe de mediador entre el presidente constitucional de la República de Honduras y el tirano de la misma, Roberto Micheletti.
No debemos olvidar ciertas premisas como las que enuncian que los derechos son irrenunciables, los derechos no se negocian. La vía del derecho es la que el pueblo ha decidido tomar, no aceptan un gobierno de hecho sino de derecho. El camino que los pueblos de América latina han decidido tomar es el de la elección popular sin otros instrumentos que medien, que sea distinto al del voto popular, el camino de un gobierno inclusionista que luche contra las desigualdades y las opresiones, ha de ser respetado por el resto de los países del mundo. Es inaceptable la aprobación de un gobierno de facto, es decir de hecho, mas no de derecho, porque contraviene todos los principios democráticos de los países que conforman la América del Sur.
Hoy es Honduras, pero mañana puede ser cualquier otro país. En primer lugar, podemos apreciar fundamentalmente la tendencia de las naciones latinoamericanas de acentuar el carácter irreversible y progresivo de los derechos humanos, no solo con la ratificación y ampliación de las libertades y de los derechos humanos tradicionales sino con la promulgación de Leyes atinentes a resguardar y garantizar derechos tales como, el derecho de paz, derecho a la calidad de vida y muchos otros derechos que han sido incluidos en las constituciones de los países de América Latina frente a una era de Constituciones revolucionarias de cara a la etapa más contemporánea del constitucionalismo latinoamericano en el cual se han ampliado los derechos de los ciudadanos incluyendo en las constituciones derechos como los de asistencia y protección a las personas de la tercera edad, los de los disminuidos físicamente, derecho progresivo a la propiedad de la tierra, es alentador que las conquistas del derecho internacional a favor a la protección del ser humano en el derecho constitucional, enriqueciéndolo, y demostrando que la búsqueda de protección cada vez más eficaz de la protección humana encuentra guaridad en las raíces del pensamiento tanto internacionalista como constitucionalista. Aquí estamos hablando de la integración de los pueblos y sus acuerdos y pareciera que significa la pérdida de la hegemonía para algunos países que avalan, legalizan y apañan un golpe de estado y quieren justificar lo injustificable y el resto de los países del hemisferio están por ende en riesgo.
El retorno a la institucionalidad democrática no es negociable y es imperativo.
¿Por qué tienen que ser los Estados Unidos árbitros de conflictos internos en un país latinoamericano?, ¿Por qué es quién actúa como mediador, imponiendo a un tercer país como Costa Rica, el que ante lo O.N.U mantuvo un discurso ambiguo y extraño en el cual expresó que la vuelta de Mel Zelaya (llamado así cariñosamente por su pueblo) constituiría más derramamiento de sangre?, Es indubitable que Costa Rica está plegada a los oscuros intereses solapados del gobierno de Estados Unidos.
Honduras no aguanta una presión mayor a una economía per se débil. El pueblo en la calle rechazando a un gobierno complotista por una parte y por la otra un boicot total como el que se ha determinado en los organismos que acabamos de definir, tampoco lo pueden soportar.
Es un espejismo para Micheletti tratar de legitimar su gobierno de facto con las elecciones generales que se estarán realizando a finales de año, ya que existen muy pocos gobiernos en el mundo que estarán dispuestos a reconocer la legitimidad de estos comicios. Se constituiría el golpe de facto como transición legitima de poder.
¿Por qué estamos entrando en negociaciones con unos golpistas, criminales, violadores de los derechos humanos? ¿Por qué entran libremente a los Estados Unidos y no les quitan las visas por golpista si a Hugo Chávez se la quitaron?
Existen mecanismos de injerencia por parte del gobierno del norte, en América latina para lograr penetrar, de modo de frenar los movimientos izquierdistas en esta zona, su primer trabajo en los 80 fue en Nicaragua para sacar a los sandinistas, bajo la excusa de sembrar la semilla de la democracia en el hemisferio.
Así pues, observamos que la Constitución de Honduras no permite que un connacional sea expulsado del país, como fue el caso de Mel Zelaya. Caso en el cual se evidencian claramente estas acciones injerencistas. Esta disposición normativa se encuentra inserta en la ley de leyes de la República de Honduras en el Art. 102, el cual enuncia que “ningún hondureño podrá ser expatriado ni entregado por las autoridades a un Estado extranjero”. De ahí, visible e indubitablemente observamos una clara violación de los más elementales preceptos constitucionales cuando fue llevado en contra de su voluntad y dejado en el aeropuerto de Costa Rica, transgrediendo así el artículo antes mencionado, además del Art.99 en el cual se estipula la inviolabilidad del hogar, y expresa textualmente en su contenido lo siguiente: “”
En ese orden de ideas cabe resaltar que de la misma manera hubo la violación del enunciado normativo contenido en los artículos 89,93 y 94, los cuales se refieren al debido proceso y expresan:
• Art.89: “Toda persona es inocente mientras no se haya declarado su responsabilidad por autoridad competente”.
• Art 93: “ Aún con auto de prisión, ninguna persona puede ser llevada a la cárcel ni detenida en ella, si otorga caución suficiente, de conformidad con la Ley”.
• Art.94: “A nadie se impondrá pena alguna sin haber sido oído y vencido en juicio, y sin que le haya sido impuesta por resolución ejecutoriada de juez o autoridad competente.
En los casos de apremio y otras medidas de igual naturaleza en materia civil o laboral, así como en los de multa o arresto en materia de policía, siempre deberá ser oído el afectado”
Los artículos antes mencionados establecen una serie de derechos semejantes a los que existen en cualquier constitución del mundo, siendo estas consecuencias de épocas en que el absolutismo de los gobiernos privaban de toda garantía de defensa a los acusados de algún delito y era legal. Así pues, inserto en el Art.68 de la misma ley, vemos la prohibición de atentar contra la integridad de las personas, sea con torturas, irrespeto, y humillaciones. Textualmente este Articulado de Ley enuncia • “Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, síquica y moral. Nadie debe ser sometido a torturas, ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”.
Este artículo se encuentra tipificado en esta constitución como en casi la mayoría de las constituciones de Latinoamérica en pro de la defensa y garantía de los derechos humanos de sus connacionales, pera protegerlos en caso de golpes de estado y gobiernos de facto.
No obstante a estas violaciones y actuaciones al margen de la ley, incurrieron en la conculcación del derecho de libertad de expresión, además de libre emisión del pensamiento y la información, previsto en 72, 73 y 74 ibidem de esa República, los cuales disponen las siguientes consideraciones:
• Art. 72: “Es libre la emisión del pensamiento por cualquier medio de difusión sin previa censura. Son responsables ante la Ley los que abusen de este derecho y aquéllos que por medios directos o indirectos restrinjan o impidan la comunicación y circulación de ideas y opiniones .”
• Art. 73: “Los talleres de impresión, las estaciones radioeléctricas, de televisión y de cualesquiera otros medios de emisión y difusión del pensamiento, así como todos sus elementos, no podrán ser decomisados ni confiscados, ni clausuradas o interrumpidas sus labores por motivo de delito o falta en la emisión del pensamiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que se halla incurrido por estos motivos de conformidad con la Ley.
Ninguna empresa de difusión del pensamiento podrá recibir subvenciones de gobiernos o partidos políticos extranjeros. La Ley establecerá la sanción que corresponda por la violación de este precepto.
La dirección de los periódicos impresos radiales o televisados y la orientación intelectual, política y administrativa de los mismos será ejercida exclusivamente por hondureños por nacimiento.”
• Art. 74: “No se puede restringir el derecho de emisión del pensamiento por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares del material usado para la impresión de periódicos, de las frecuencias o de enseres o aparatos usados para difundir la información”.
En ese contexto podemos afirmar que se dejó evidenciar con el cierre da las radiodifusoras y televisoras para no dar a nivel interno informaciones certeras de la situación del país, la conculcación de uno de lo derechos más básicos que tiene el hombre…que es la libertad, y ella está protegida por los convenios internacionales, los protocolos, pactos, tratados atinentes a los derechos humanos. La libertad de expresión es una de las más famosas conquistas civiles del hombre y reprimida ocasionalmente con cierre de periódicos, de cadenas televisivas, etc., muy extendida en el siglo XX en los países totalitarios y dictaduras.
No basta la voluntad popular de darse el propio gobierno y el ejercicio de este sino se poseen los elementos políticos, económicos, sociales y militares que garanticen el discurso transformador y revolucionario y la propia voluntad del pueblo se pueda ejercer.
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