*JUAN MARTORANO.
En el marco de esta campaña interna del PSUV, tomando un café con un amigo.Éste, que conociendo de mi aspiración y de mi poner mi nombre a la consideración de las bases para este proceso de elección interna a la Asamblea Nacional, me solicitó, respetuosamente, que en un ejercicio de pedagogía política, explicara acerca de las atribuciones de la Asamblea Nacional, de algunos de sus logros, a los fines de ilustrar a la comunidad, de contribuir a la creación de conciencia, de lo que estaría en juego, en caso de que los apátridas se hagan de la mayoría de los curules de la misma el próximo 26 de septiembre.
En primer lugar, la Asamblea Nacional, como ente rector del Poder Legislativo Nacional, la labor legislativa en las materias de competencia nacional y sobre el funcionamiento de las ramas del Poder Público Nacional (El funcionamiento del Poder Judicial, de los tribunales de la República, la Defensoría del Pueblo, etc.) son algunas de sus competencias, el diseño de la arquitectura jurídica del país en la construcción de ese Estado Social de Derecho y de Justicia que nos señala la Carta Magna, es la principalísima función del Poder Legislativo Nacional cuyo ente rector es la Asamblea Nacional.
Y de igual manera, importante es recordar, que de conformidad con el artículo 204 de nuestra Constitución, la iniciativa legislativa, es decir, la presentación de un determinado proyecto de ley, a los fines de que la Asamblea Nacional, de acuerdo al procedimiento previsto en nuestra Carta Magna y en su Reglamento Interior y de Debates, la sancione, le corresponde, al Poder Ejecutivo Nacional (Presidente de la República, Ministros, etc.), a la Comisión Delegada y a las Comisiones Permanentes que conforman la Asamblea Nacional, a tres diputados o diputadas del cuerpo lgislativo antes mencionado, Al Tribunal Supremo de Justicia cuando se refieran a leyes concernientes a la organización y procedimientos judiciales, al Poder Ciudadano en lo que concierne a los órganos que lo integran, al Poder Electoral cuando se trate de leyes relativas a la materia electoral, a los Consejos Legislativos, cuando se trate de leyes relativas a los Estados, pero la iniciativa legislativa más importante, y es la que el líder de esta Revolución ésta impulsando con muchisima fuerza, es la iniciativa popular, al del pueblo legislador, que esta referida a los electores y electoras en un numero no menos del cero coma uno por ciento (0,1%) de los inscritos e inscritas en el Registro Civil y Electoral.
El ejercicio de las funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional, en los términos consagrados en esta Constitución y en la ley. Si bien es cierto, un parlamentario o parlamentaria de la Asamblea Nacional no le corresponde a él de manera directa asfaltar o alumbrar una calle, construir hospitales, escuelas, liceos, si bien el mismo no puede otorgar empleo, entre otras atribuciones que le competen al Poder Ejecutivo, bien a nivel Nacional, Estadal o Municipal, más como cuerpo legislativo que si aprueba los recursos previstos en el presupuesto o en los créditos adicionales, que también es parte de las atribuciones de la Asamblea Nacional, que se presente por parte del Ejecutivo en sus diversos niveles señalados anteriormente, es un deber y una responsabilidad ineludible de los diputados y diputadas, ejercer de manera ineludible y primigenia, esa labor de control social, de manera que esos recursos que se aprueban en beneficio del pueblo, no sean desviados, malversados, que se de alguna corruptela, y esto debe hacerlo de la mano del pueblo, hasta el punto que los elementos comprobatorios obtenidos en el ejercicio de esta función, tienen valor probatorio.
También deben los diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, promover la organización de la participación ciudadana en los asuntos de su competencia, y creo que en lo que se refiere a la iniciativa popular legislativa, deben promoverla más para el próximo período de la misma.
Decretar Amnistías, y al respecto de esta atribución, los sectores enemigos de la patria señalan dentro de su propuesta legislativa, que una de las Leyes que ellos van a promover es de Aministiar a lo que ellos consideran "presos políticos" y de los comisarios asesinos de la Policía Metropolitana que tuvieron un rol activo en los sucesos del 11 de abril de 2002, olvidándose ellos que, el Presidente Hugo Chávez, en el marco de la última habilitación de la Asamblea Nacional, promulgo una Ley de Amnistia a todos los que tuvieron de alguna u otra manera participación en el golpe de estado de 2002, pero exceptuando a todos aquellos que dentro de esos acontencimientos cometieron delitos de lesa humanidad o de violación de los más elementales derechos humanos como lo hicieron Henry Vivas, Lázaro Forero e Iván Simonovis, y que por eso no pueden acogerse a ninguno de los beneficios de esta Ley, ni del Código Orgánico Procesal Penal ni de ninguna otra ley, porque los delitos en contra de los derechos humanos no prescriben.
Estas son algunas competencias que tiene la Asamblea Nacional. Ahora es importante señalar algunos logros que la Asamblea Nacional a tenido y que seria mezquino no reconocer:
Aprobación de la Ley Orgánica del Banco Central de Venezuela, a los fines de que el Ejecutivo Nacional pueda disponer de importantes recursos y de las reservas internacionales, a los fines de inyectar recursos a sectores estratégicos del desarrollo nacional, tales como: Agricultura, Industrial, Salud, Educación, Vivienda, Empleo, etc.
Ley Orgánica de la Comisión Central de Planificación, a los fines de darle coherencia, unificar y maximizar los esfuerzos en proyectos de verdadero desarrollo nacional.
La Ley Orgánica de Educación, a los fines de que la educación venezolana deje de ser elitesca y contribuya al reforzamiento de los modos de dominación y reproducción del capitalismo, para que verdaderamente nuestra educación este cónsona con nuestro modelo político bolivariano y socialista, sea una educación liberadora rumbo al nacimiento y consecución de la mujer nueva y el hombre nuevo.
La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al cual crea dentro de su procedimiento ordinario, una fase de mediación, a los fines de lograr una solución amigable entre el trabajador y el patrono a través de las diversas alternativas para la solución de los conflictos y accionar en la menor medida el aparato jurisdiccional del Estado, y voy a dar una brevisima estadística, que es casi ignorada por muchos y que representa un gran avance de nuestra revolución, más del 82% de las reclamaciones laborales se finiquitan en la fase de mediación, en la audiencia preliminar y no van a juicio, y el 18% que va a juicio, no pasa más de 6 meses del mismo, gracias a esta ley aprobada en tiempos de la revolución Bolivariana.
Esta es una pequeña gragea del porque es importante que las fuerzas de la Revolución se alcen con el triunfo este próximo 26 de septiembre de 2010. Si estos opositores obtienen una mayoría en la Asamblea Nacional, empezarían a sabotear la labor del Gobierno Bolivariano, buscarían declarar a través del Tribunal Supremo de Justicia la declaratoria de insanía mental del Comandante-Presidente Hugo Chávez, para desalojarlo del poder, y el desmontaje de múltiples leyes que, como las que señalamos anteriormente, lo que hacen es darle mayor poder a nuestro pueblo.
Pero aún con todo y avances en materia legislativa, el funcionamiento y la estructura del Foro político por excelencia de nuestro país obedece a la superestructura de la democracia liberal burguesa, por ello creo, así como lo decía Lenin en su extraordinaria obra "El Estado y la Revolución", que la venidera Asamblea Nacional que elijamos el próximo 26 de septiembre, además de que cuantitativa y cualitativamente debe ser revolucionaria, debe dejar de ser una institución para la charlatanería y convertirse en una institución para el trabajo y vestirse de un profundo carácter popular. Si bien es cierto, el parlamentarismo social de calle fue un inicio positivo para sacar el debate parlamentario a la calle, ya agotó su tiempo y esta en etapa terminal, porque todavía no trascendía a la verdadera democracia participativa y protagónica de nuestro pueblo. El mecanismo actual de esa parlamentarismo social de calle, es algo así como esto: los diputados se reunen con algunos voceros populares a los fines de informarles acerca del trabajo de por ejemplo, la Ley Orgánica del Trabajo que están discutiendo y van a "consultarle" al pueblo a ver que les parece esta Ley; el mecanismo que ha planteado el Comandante-Presidente y que nosotros apoyamos, el del Parlamento Comunal, el de hacer al pueblo legislador, es así: Van los diputados y se reunen con voceros populares, y son esos voceros los que dicen y le presentan a los diputados un proyecto de Ley de Consejos Comunales para que la discutan en la Asamblea, son los voceros los que le dicen a los diputados los temas a discutir en las plenarias de la Asamblea Nacional, y cuando eso se haga así, ahí estaremos hablando de una verdadera Asamblea Nacional del Poder Popular, como su único y verdadero dueño y a la que estaremos sometidos y sometidas los próximos diputados y diputadas que seamos elegidos, primero en la contienda interna del PSUV este próximo 2 de mayo, y luego en la contienda del 26 de septiembre.
Patria Socialista o Muerte!!!
Venceremos y Estamos Venciendo!!!
*Abogado, Analista Político, militante y precandidato a la Asamblea Nacional por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en la Circunscripción Electoral Nº 2 del Edo. Bolívar (Nro 68 Boleta A). Moderador del Programa Informativo y de Opinión "Micrófono Abierto", transmitido de lunes a viernes de 12 m a 2 pm por la Emisora Comunitaria "Llovizna" 104.7 FM. www.juanmartorano.blogspot.com http://www.juanmartorano.tk/ . jmartoranoster@gmail.com , j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar
En el marco de esta campaña interna del PSUV, tomando un café con un amigo.Éste, que conociendo de mi aspiración y de mi poner mi nombre a la consideración de las bases para este proceso de elección interna a la Asamblea Nacional, me solicitó, respetuosamente, que en un ejercicio de pedagogía política, explicara acerca de las atribuciones de la Asamblea Nacional, de algunos de sus logros, a los fines de ilustrar a la comunidad, de contribuir a la creación de conciencia, de lo que estaría en juego, en caso de que los apátridas se hagan de la mayoría de los curules de la misma el próximo 26 de septiembre.
En primer lugar, la Asamblea Nacional, como ente rector del Poder Legislativo Nacional, la labor legislativa en las materias de competencia nacional y sobre el funcionamiento de las ramas del Poder Público Nacional (El funcionamiento del Poder Judicial, de los tribunales de la República, la Defensoría del Pueblo, etc.) son algunas de sus competencias, el diseño de la arquitectura jurídica del país en la construcción de ese Estado Social de Derecho y de Justicia que nos señala la Carta Magna, es la principalísima función del Poder Legislativo Nacional cuyo ente rector es la Asamblea Nacional.
Y de igual manera, importante es recordar, que de conformidad con el artículo 204 de nuestra Constitución, la iniciativa legislativa, es decir, la presentación de un determinado proyecto de ley, a los fines de que la Asamblea Nacional, de acuerdo al procedimiento previsto en nuestra Carta Magna y en su Reglamento Interior y de Debates, la sancione, le corresponde, al Poder Ejecutivo Nacional (Presidente de la República, Ministros, etc.), a la Comisión Delegada y a las Comisiones Permanentes que conforman la Asamblea Nacional, a tres diputados o diputadas del cuerpo lgislativo antes mencionado, Al Tribunal Supremo de Justicia cuando se refieran a leyes concernientes a la organización y procedimientos judiciales, al Poder Ciudadano en lo que concierne a los órganos que lo integran, al Poder Electoral cuando se trate de leyes relativas a la materia electoral, a los Consejos Legislativos, cuando se trate de leyes relativas a los Estados, pero la iniciativa legislativa más importante, y es la que el líder de esta Revolución ésta impulsando con muchisima fuerza, es la iniciativa popular, al del pueblo legislador, que esta referida a los electores y electoras en un numero no menos del cero coma uno por ciento (0,1%) de los inscritos e inscritas en el Registro Civil y Electoral.
El ejercicio de las funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional, en los términos consagrados en esta Constitución y en la ley. Si bien es cierto, un parlamentario o parlamentaria de la Asamblea Nacional no le corresponde a él de manera directa asfaltar o alumbrar una calle, construir hospitales, escuelas, liceos, si bien el mismo no puede otorgar empleo, entre otras atribuciones que le competen al Poder Ejecutivo, bien a nivel Nacional, Estadal o Municipal, más como cuerpo legislativo que si aprueba los recursos previstos en el presupuesto o en los créditos adicionales, que también es parte de las atribuciones de la Asamblea Nacional, que se presente por parte del Ejecutivo en sus diversos niveles señalados anteriormente, es un deber y una responsabilidad ineludible de los diputados y diputadas, ejercer de manera ineludible y primigenia, esa labor de control social, de manera que esos recursos que se aprueban en beneficio del pueblo, no sean desviados, malversados, que se de alguna corruptela, y esto debe hacerlo de la mano del pueblo, hasta el punto que los elementos comprobatorios obtenidos en el ejercicio de esta función, tienen valor probatorio.
También deben los diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, promover la organización de la participación ciudadana en los asuntos de su competencia, y creo que en lo que se refiere a la iniciativa popular legislativa, deben promoverla más para el próximo período de la misma.
Decretar Amnistías, y al respecto de esta atribución, los sectores enemigos de la patria señalan dentro de su propuesta legislativa, que una de las Leyes que ellos van a promover es de Aministiar a lo que ellos consideran "presos políticos" y de los comisarios asesinos de la Policía Metropolitana que tuvieron un rol activo en los sucesos del 11 de abril de 2002, olvidándose ellos que, el Presidente Hugo Chávez, en el marco de la última habilitación de la Asamblea Nacional, promulgo una Ley de Amnistia a todos los que tuvieron de alguna u otra manera participación en el golpe de estado de 2002, pero exceptuando a todos aquellos que dentro de esos acontencimientos cometieron delitos de lesa humanidad o de violación de los más elementales derechos humanos como lo hicieron Henry Vivas, Lázaro Forero e Iván Simonovis, y que por eso no pueden acogerse a ninguno de los beneficios de esta Ley, ni del Código Orgánico Procesal Penal ni de ninguna otra ley, porque los delitos en contra de los derechos humanos no prescriben.
Estas son algunas competencias que tiene la Asamblea Nacional. Ahora es importante señalar algunos logros que la Asamblea Nacional a tenido y que seria mezquino no reconocer:
Aprobación de la Ley Orgánica del Banco Central de Venezuela, a los fines de que el Ejecutivo Nacional pueda disponer de importantes recursos y de las reservas internacionales, a los fines de inyectar recursos a sectores estratégicos del desarrollo nacional, tales como: Agricultura, Industrial, Salud, Educación, Vivienda, Empleo, etc.
Ley Orgánica de la Comisión Central de Planificación, a los fines de darle coherencia, unificar y maximizar los esfuerzos en proyectos de verdadero desarrollo nacional.
La Ley Orgánica de Educación, a los fines de que la educación venezolana deje de ser elitesca y contribuya al reforzamiento de los modos de dominación y reproducción del capitalismo, para que verdaderamente nuestra educación este cónsona con nuestro modelo político bolivariano y socialista, sea una educación liberadora rumbo al nacimiento y consecución de la mujer nueva y el hombre nuevo.
La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al cual crea dentro de su procedimiento ordinario, una fase de mediación, a los fines de lograr una solución amigable entre el trabajador y el patrono a través de las diversas alternativas para la solución de los conflictos y accionar en la menor medida el aparato jurisdiccional del Estado, y voy a dar una brevisima estadística, que es casi ignorada por muchos y que representa un gran avance de nuestra revolución, más del 82% de las reclamaciones laborales se finiquitan en la fase de mediación, en la audiencia preliminar y no van a juicio, y el 18% que va a juicio, no pasa más de 6 meses del mismo, gracias a esta ley aprobada en tiempos de la revolución Bolivariana.
Esta es una pequeña gragea del porque es importante que las fuerzas de la Revolución se alcen con el triunfo este próximo 26 de septiembre de 2010. Si estos opositores obtienen una mayoría en la Asamblea Nacional, empezarían a sabotear la labor del Gobierno Bolivariano, buscarían declarar a través del Tribunal Supremo de Justicia la declaratoria de insanía mental del Comandante-Presidente Hugo Chávez, para desalojarlo del poder, y el desmontaje de múltiples leyes que, como las que señalamos anteriormente, lo que hacen es darle mayor poder a nuestro pueblo.
Pero aún con todo y avances en materia legislativa, el funcionamiento y la estructura del Foro político por excelencia de nuestro país obedece a la superestructura de la democracia liberal burguesa, por ello creo, así como lo decía Lenin en su extraordinaria obra "El Estado y la Revolución", que la venidera Asamblea Nacional que elijamos el próximo 26 de septiembre, además de que cuantitativa y cualitativamente debe ser revolucionaria, debe dejar de ser una institución para la charlatanería y convertirse en una institución para el trabajo y vestirse de un profundo carácter popular. Si bien es cierto, el parlamentarismo social de calle fue un inicio positivo para sacar el debate parlamentario a la calle, ya agotó su tiempo y esta en etapa terminal, porque todavía no trascendía a la verdadera democracia participativa y protagónica de nuestro pueblo. El mecanismo actual de esa parlamentarismo social de calle, es algo así como esto: los diputados se reunen con algunos voceros populares a los fines de informarles acerca del trabajo de por ejemplo, la Ley Orgánica del Trabajo que están discutiendo y van a "consultarle" al pueblo a ver que les parece esta Ley; el mecanismo que ha planteado el Comandante-Presidente y que nosotros apoyamos, el del Parlamento Comunal, el de hacer al pueblo legislador, es así: Van los diputados y se reunen con voceros populares, y son esos voceros los que dicen y le presentan a los diputados un proyecto de Ley de Consejos Comunales para que la discutan en la Asamblea, son los voceros los que le dicen a los diputados los temas a discutir en las plenarias de la Asamblea Nacional, y cuando eso se haga así, ahí estaremos hablando de una verdadera Asamblea Nacional del Poder Popular, como su único y verdadero dueño y a la que estaremos sometidos y sometidas los próximos diputados y diputadas que seamos elegidos, primero en la contienda interna del PSUV este próximo 2 de mayo, y luego en la contienda del 26 de septiembre.
Patria Socialista o Muerte!!!
Venceremos y Estamos Venciendo!!!
*Abogado, Analista Político, militante y precandidato a la Asamblea Nacional por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en la Circunscripción Electoral Nº 2 del Edo. Bolívar (Nro 68 Boleta A). Moderador del Programa Informativo y de Opinión "Micrófono Abierto", transmitido de lunes a viernes de 12 m a 2 pm por la Emisora Comunitaria "Llovizna" 104.7 FM. www.juanmartorano.blogspot.com http://www.juanmartorano.tk/ . jmartoranoster@gmail.com , j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar
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