miércoles, 10 de febrero de 2010

Venezuela: La paridad de género para candidatos a la Asamblea Nacional pasa al olvido.


Los partidos no están en la obligación de cumplir con la paridad de género para inscribir a los candidatos a la Asamblea Nacional.

Por unanimidad, los cinco rectores del Consejo Nacional Electoral aprobaron dejar a discrecionalidad de los partidos la constitución de sus listas. En el reglamento sólo se indica que las organizaciones deben "procurar tener paridad y alternancia".

La aprobación del primero de los seis reglamentos que deberá elaborar el CNE para las parlamentarias fue retrasada por las diferencias de los miembros principales sobre el tema. En tres oportunidades fue diferida la paridad por no lograr un criterio único.

Trascendió que una de las razones que motivaron esa decisión fue la negativa de los partidos opositores y oficialistas a constituir listas alternas en todos los estados, pues no cuentan con un número suficiente de dirigentes mujeres en todo el país.



Otra de las razones fue la aprobación de elecciones primarias en los meses de abril y mayo. En este caso, la preferencia de los electores es lo que decidirá quiénes son los candidatos, sin importar el género del dirigente. El CNE consideró que de alguna manera pudiese verse vulnerado el derecho de los electores a elegir a sus representantes si establecían la paridad.

Para las elecciones regionales en 2008, la presidenta del organismo comicial, Tibisay Lucena, logró aprobar la paridad: los partidos postularon 50% hombres y 50% mujeres para los consejos legislativos de cada estado. En total, más de la mitad de las organizaciones pudo cumplir con lo establecido.

No hay comentarios: