domingo, 21 de septiembre de 2008

Mis comentarios acerca del Decreto-Ley del Banco Agrícola.


*JUAN MARTORANO.

Es imperativo sentar las bases jurídicas para dotar al Estado de instrumentos legales que impulsen y consoliden el nuevo modelo socio-productivo, que privilegie el trabajo sobre el capital, que coloque el acento sobre la propiedad social, que genere nuevas relaciones de producción en el sector agrícola.

Se impone que las disposiciones legales de la reforma financiera tengan por objeto regular fundamentalmente las operaciones, para sustentar el desarrollo agrario nacional, estadal, municipal y local y satisfacer los requerimientos de los sectores agrícola vegetal, agrícola animal, agrícola pesquero, agrícola forestal y acuícola, así como operaciones de financiamiento para el transporte, almacenamiento, comercialización de productos alimenticios y cualquier otro servicio conexo a la actividad agrícola, las cuales deben ser expeditas, oportunas y que faciliten el acceso a las distintas fuentes de financiamiento, a aquella parte de la población que a través de la actividad agrícola, requieran de recursos financieros.

En este proceso revolucionario, es trascendental en el marco de la Ley que autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley, la creación de principios constitucionales y disposiciones legales en materia de Financiamiento Público, en los ámbitos de la transformación de las instituciones del Estado, de la participación popular, de los valores esenciales del ejercicio de la función pública, de lo económico y social, de lo financiero y tributario y la ordenación territorial, en el marco del Socialismo del Siglo XXI.

Es por ello, que a través de la Ley que regule el Banco Agrícola de Venezuela se pretende establecer lineamientos claros que permitan regular el financiamiento agrario estableciendo condiciones específicas que permitan un fácil acceso, y una capacidad de respuesta adecuada para impulsar el desarrollo de este sector tan importante como es el sector agrícola.

Por tanto, se prevé condiciones especiales para las operaciones del Banco el cual podrá otorgar créditos por lapsos superiores a los establecidos para los bancos y demás instituciones financieras regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, con el objeto de insertar dentro a los micro, pequeños y medianos productores dentro del sistema financiero, otorgándoles además de los recursos económicos el acompañamiento necesario para contribuir con la formación, de una manera cónsona con los valores impulsados por el Estado Venezolano.

El Banco Agrícola de Venezuela, es de naturaleza única, por ser un banco cuyo objeto primordial es el fomento del financiamiento agrario, así como sus actividades propias de un banco universal, gozando de las prerrogativas que le otorga el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.

Otro motivo más para respaldar al Presidente Hugo Chávez, otro motivo más para hacer frente a esta arremetida desestabilizadora y golpista que pretende llevarnos por los caminos de la violencia.

SI VIENEN LOS MARINES, SACAMOS LOS FUSILES!!!
EL PEO NO ES CON CHAVEZ, EL PEO ES CON NOSOTROS!!!
PATRIA SOCIALISTA O MUERTE!!!
ESTAMOS VENCIENDO!!!

*Abogado y Analista Político. Moderador de los Programas "Microfono Abierto" y del Tercer Motor: "Moral y Luces", transmitidos de lunes a viernes de 12 m a 1 pm por la Emisora Comunitaria "Llovizna" 104.7 FM y los dias martes de 6 pm a 7 pm por la Emisora "La Voz de Guayana", 89.7 FM, respectivamente. jmartoranoster@gmail.com , j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar

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