Antonia Muñoz
Durante años muchos hemos tenido la preocupación, en relación a que la falta de continuidad
administrativa no sea vista o no sea identificada como un acto de corrupción que constituye
delito por la población en general; y a veces ni siquiera por los órganos de control regional y
local, como el Consejo Legislativo Regional y las Cámaras municipales. Y no quisiera creer
que exista la misma actitud en el funcionariado de la Contraloría General de la República
(CGR) a nivel de los estados. Con esto no hacemos referencia solo a que alguien se apropie
o dilapide parcial o totalmente los recursos de alguna obra pública, nacional o regional.
También estamos hablando de quien no continuará hasta culminar, una obra de una gestión
anterior, por individualismo, por falta de amor al prójimo, y hasta por personalismos que
jamás permiten ‘’ver ojos bonitos en cara ajena’’… En fin, por tantas mezquindades que a
veces albergamos los seres humanos, que nos impiden comprender que ‘’los funcionarios
somos pasajeros, transitorios, que lo único permanente son las instituciones y la
población a la que se le sirve’’. Cualquiera que sea la razón que tenga un funcionario público
para no continuar una obra, la ley debe encargarse de recordarle que con esa conducta causa
un daño patrimonial y que será sancionado por éso. Es hora de poner orden en el país, el cual
no le pertenece a un grupo sino que nos pertenece a todos, quienes nacimos o llegamos a
vivir a esta tierra de gente noble que se llama Venezuela.
DEMOS UNA MIRADA AL MARCO LEGAL
Si comenzamos por la ley madre, encontramos que la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV) no se refiere expresamente al término ‘’continuidad
administrativa’’; sin embargo, lo sugiere en su artículo 141: ‘’La Administración Pública está
al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad,
participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y
responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y el
derecho’’. Así, los principios de eficacia y eficiencia, han sido considerados e interpretados
por la doctrina y jurisprudencia, como base para la obligación de continuar obras y proyectos
públicos sin interrupciones arbitrarias.
La Ley de Contrataciones Públicas señala lo siguiente en su artículo 109: ‘’La administración
contratante garantizará la continuidad de la ejecución de los contratos de obras, bienes y
servicios, mediante la programación de los recursos presupuestarios necesarios para su
cumplimiento, en los ejercicios fiscales correspondientes, hasta la total culminación de los
mismos’’. Así mismo, la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia (Sala PolíticoAdministrativa) Sentencia N° 00803 del 13 de julio de 2006: ‘’El principio de continuidad
administrativa impide que un cambio de autoridades paralice el cumplimiento de las
funciones esenciales del Estado y de los compromisos adquiridos por ëste’’. El TSJ refuerza
que los compromisos contractuales, incluidos los de obras públicas, deben cumplirse, sin que
el cambio de funcionarios o de gobierno sirva como excusa para detenerlos.
Por su parte, la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular (Gaceta Oficial N° 6154
extraordinario del 19-11-2014) al menos menciona el término continuidad en su artículo 11:
‘’La planificación se orientará a fortalecer los mecanismos institucionales que garanticen la
continuidad, sostenibilidad y articulación de los planes, programas y proyectos del desarrollo
nacional, regional y local, así como a promover la participación protagónica del pueblo
organizado en la formulación ejecución, seguimiento, evaluación y control de la gestión pública’’.
La ley contra la corrupción de Venezuela (reformada y publicada en Gaceta oficial 6.699 del
02 de mayo de 2022) establece que ‘’la paralización o la no continuación de obras públicas
iniciadas por una administración anterior, cuando ésto genera un daño al patrimonio público
(despilfarro, deterioro, sobre costos) está sancionada principalmente por la Ley contra la
corrupción. La no continuación de obras, a menudo se asocia con el delito de ‘’malversación
genérica o específica’’, que es el uso de fondos para fines distintos a los establecidos
originalmente (desviación de fondos).
La inacción, negligencia o decisión deliberada de abandonar una obra iniciada puede acarrear
severas responsabilidades penales, administrativas y civiles. La paralización injustificada de
una obra puede encuadrarse en delitos como malversación de fondos o abuso de poder.
Según la Contraloría General de la República, el Control Fiscal en Venezuela busca asegurar
el uso correcto de los recursos. Por eso, la paralización de obras es considerada un síntoma
de corrupción, a lo que se denomina desidia o corrupción administrativa, especialmente
cuando se asignan obras en lugar de concluir las anteriores.
¿Cuál es el problema?
Mal ejemplo de las autoridades y baja formación ciudadana
El problema de Venezuela no son las leyes, sino los hombres y mujeres que dirigen los
Poderes Públicos, y que cuando se juramentan juran cumplirlas y hacerlas cumplir. El otro
problema de Venezuela es el bajo nivel de formación ciudadana y política (no partidista) de
un alto porcentaje de la población, lo cual no le permite participar a tiempo en el
cumplimiento de su deber, como es exigir el acatamiento de las leyes.
Más amor a los partidos que a la Patria
Otro problema que deberíamos revisar sin fanatismo ni apasionamiento es el hecho que
muchos venezolanos amamos más a los partidos que a la Patria. En consecuencia, llevamos
tan al extremo la ideologización, que llegamos a perder todo tipo de objetividad. Por lo tanto,
somos incapaces de reconocer en nuestros partidarios o partidos, los vicios que con mucha
facilidad vemos, y con razón reclamamos a los adversarios. Así, seguimos siendo, tanto los
que se dicen de izquierda como los que se ubican en la derecha, la perfecta sociedad de
cómplices que tanto criticamos de un lado y de otro. Nos toca aprender de Isaías 5:20: ¡Ay
de los que a lo malo llaman bueno, y a lo bueno malo; que hacen de la luz tinieblas, y de las
tinieblas luz: que ponen lo amargo por dulce, y lo dulce por amargo… Ay de los que justifican
al malvado por cohecho, y al justo quitan su derecho.
Violar la Constitución y las leyes por parte de quienes deben cumplirlas y hacerlas cumplir,
conduce a la población a querer violar todo tipo de normas, lo cual nos lleva a la anarquía
presente que nos mantiene rezagados como sociedad. Sin embargo, la alta jerarquía del
funcionariado no tiene autoridad moral para lograr el orden del país, porque sólo con el
ejemplo se enseña. Pareciera que en Venezuela se cumple aquella conseja que algunos le
atribuyen origen español: si roban los de arriba, robemos los de abajo.
No sigamos esperando al Mesías
Los dichos encierran verdades, y por eso suelo utilizarlos con mucha frecuencia. Aprendí de
los llaneros que ‘’detrás del baqueano nadie se pierde’’. Sin embargo, eso no significa, que
debido a nuestra extrema confianza en el baqueano, vamos a caminar con los ojos cerrados,
y además, con la nariz y los oídos taponados. Los seres humanos podemos equivocarnos, y
de hecho nos equivocamos. Así que cuando se trata de gobernar, cuanto más sentidos estén
alertas, mayor será la posibilidad de detectar y corregir errores a tiempo. He ahí la
importancia de la crítica y la autocrítica.
Por eso, todo aquel que gobierna un país tiene que someterse a la dictadura de una
Constitución y a las leyes que de ella se desprenden. No se puede olvidar que hay muchas
tentaciones en el camino, por lo que además de la férrea voluntad y de la honestidad de quien
encabece el Poder Ejecutivo, se necesita la contención y el equilibrio de los otros 4 Poderes,
que bajo ninguna circunstancias pueden estar subyugados al primero. También es de suma
utilidad, la vigilancia de la Contraloría de una sociedad, que desde la Escuela Primaria y por
los medios de Comunicación, debe ser educada para vivir en democracia, para lo cual
requiere ser participativa y protagónica.
No podemos esperar que el país cambie confiando a ciegas en una figura salvadora, mientras
la población, por comodidad y para no complicarse la vida, cierra todos sus sentidos (se
despreocupa) porque confía ciegamente en la conducción del Mesías.
Conclusión
No nos cansaremos de repasar las lecciones de Simón Bolívar:
‘’Los Códigos, los Sistemas, los Estatutos por sabios que sean son obras muertas que
poco influyen sobre las sociedades. Hombres virtuosos, hombres patriotas, hombres
ilustrados constituyen las Repúblicas’’. (15 de febrero de 1819)
¡Bolívar tenía razón!
04 de mayo de 2026
Ex-ministra y Ex.gobernadora Instagram: lanegraantoniam / Youtube: lanegraAntoniamuñoz / Facebook: Antonia Muñoz
lanegraantonia@gmail.com @lanegraantonia


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