Juan Martorano
Honrando la palabra empeñada, y por el giro que ha adoptado el caso del Presidente Nicolás Maduro y CIlia Flores, es que continuamos haciendo consideraciones al respecto. Y en buena medida, las mismas estarán inspiradas en unas reflexiones del profesor Alfredo Clemente, el cual hemos recomendado en otras oportunidades, en su artículo del 23 de julio del presente año titulado: "USA vs Maduro".
En el referido escrito, Clemente se refiere a tres momentos procesales: El del 2 de septiembre donde la defensa presentó mociones para cuestionar la jurisdicción del tribunal y la inmunidad soberana que ampara al Presidente Maduro y a Cilia Flores conforme a tratados y acuerdos internacionales. El segundo momento, el del 17 de noviembre, que implica una audiencia para determinar si hay base legal o no para el juicio por narcotráfico que se pretende seguirle a ambos. Mientras tanto, se exige la presentación de la vida y salud del Presidente Nicolás Maduro y Cilia Flores, cuyas condiciones en detención son consideradas inadecuadas. Y en ese sentido, el tribunal debe garantizarles su dignidad y el debido proceso para garantizarles una defensa efectiva.
Por ello es que, el escenario legal en la Corte del Distrito Sur de Nueva York viene tomando una forma concreta. Con la fijación del calendario judicial, este proceso entra en una fase decisiva donde la estrategia jurídica, el debido proceso como decimos los abogados y abogadas y los derechos humanos esenciales se colocan en el centro del debate internacional.
Y como acertadamente lo señala el profesor Clemente en sus reflexiones, más allá de los elementos técnico procesales y los vericuetos legales, toda esta situación se sintetiza en estos tres momentos clave y en una obligación humana e institucional ineludible del tribunal que dirige el juez Hellerstein.
El primer momento procesal lo estamos viviendo, el del 2 de septiembre, es decir, de hace una semana, donde la defensa presentó mociones vitales para exigir la desestimación del caso. Los argumentos son contundentes e incontrovertibles: la inmunidad soberana que ampara a un Jefe de Estado y la invalidez de un captura que violenta tratados y convenios internacionales vigentes. Y esto evidentemente y a pesar de ser una incidencia, no es un debate secundario como acertadamente sostiene el profesor Clemente, sino de determinar si el tribunal tiene la facultad o no de juzgar a un Jefe de Estado y a su Primera Dama.
Lo del 17 de noviembre no se puede reducir como lo indica el profesor Alfredo a una reunión de mero trámite judicial. En ese sentido, la defensa debe exigir que la misma sea una audiencia probatoria preliminar donde el juez determine las pruebas que justificarían abrir el juicio. Y esta Corte tiene la obligación de resolver si tiene o no jurisdicción para juzgar a un Jefe de Estado en ejercicio antes de avanzar en un largo juicio. Y esto es Derecho puro el cual no puede ni debe ser eclipsado por burocracias ni manejos de material clasificado.
Y acá vamos entrando al tercer elemento, y creemos el más importante, que señala el profesor Clemente en su artículo de julio. La tarea inmediata que no admite ningún tipo de dilaciones, y es la preservación de la vida, la salud y la dignidad del Presidente Nicolás Maduro y la diputada y Primera Dama Cilia Flores.
Esto porque las condiciones del Centro de Detención Metropolitano de Brrooklyn han sido catalogadas por los propios jueces estadounidenses como deficientes e inhumanas. El confinamiento extremo y la falta de atención médica adecuada vulneran los principios más elementales del debido proceso.
Además de ello, cita el profesor Clemente el estatuto federal 18 USC artículo 3742 (I) , que señala que el Tribunal tiene la obligación legal y moral de garantizar un traslado médico urgente o la modificación de las condiciones de reclusión hacia un entorno digno y supervisado. Cuidar su integridad física y psíquica es una exigencia inmediata para que exista una verdadera posibilidad de defensa técnica.
Por ello es que el camino trazado exige firmeza, claridad conceptual y la defensa irrestricta de la dignidad humana como principio universal insalvable.
1. Detalles técnicos de la solicitud de la representación legal de Cilia Flores:
La propuesta presentada por los abogados Mark Donnelly y Andrés Sánchez al juez Alvin K. Hellerstein de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, plantea un esquema de arresto domicliario estricto (home confinement). El objetivo de este paquete de medidas es contrarrestar el argumento de "peligro de fuga" de la fiscalía federal mediante el uso de la custodia y supervisión privada financiada por la procesada.
Las condiciones del esquema de seguridad y confnamiento serían las siguientes:
Ubicación residencial: Reclusión en una vivienda dentro de la jurisdicción del Distrito Sur de Nueva York (Manhattan).
Vigilancia armada presencial: Contratación de una firma privada de seguridad (como Guidepost Solutions) que mantendría guardias armados en la residencia las 24 horas del día, los 7 días de la semana. El personal de seguridad responderá directamente ante los Servicios de Prejuicio (Patrial Services) la fiscalía y la corte, no ante la acusada.
Monitoreo electrónico: Supervisión a través de GPS continúo a través de grillete electrónico en el tobillo para rastrear cualquier movimiento.
Monitoreo por circuito cerrado: Instalación de cámaras de video en la residencia para supervisar los accesos interiores de forma permanente.
Restricción y grabación de comunicaciones: Control estricto de las líneas telefónicas, todas las llamadas autorizadas serán monitoreadas y grabadas.
Filtro de visitas: Solo se permitirá el acceso a personas previamente aprobadas por el tribunal y la fiscalía federal.
2. Argumentación médica planteada por la defensa:
El recurso legal planteado por la defensa justifica la necesidad del traslado desde el Centro de Detención Metropolitano de Brooklyn basándose en el deterioro de la salud de Flores:
Afección cardíaca: Historial de prolapso de la válvula mitral que requiere tratamiento médico específico.
Complicaciones recientes:Registros médicos señalan dolores en el pecho, arritmias y la recomendación de someterse a un cateterismo cardíaco.
Pérdida de peso y deterioro físico: Se incluyó en el expediente una pérdida de peso de más de 11 kilogramos (25 libras) y problemas gastrointestinales continuos durante su reclusión.
La defensa argumenta que el centro penitenciario no posee las condiciones idóneas para una recuperación postoperatoria si se realiza la intervención cardíaca sugerida.
Ya la primera medida que adoptó el juez Hellerstein fue reservar y mantener en secreto los informes médicos de la Diputada y Primera Dama Cilia Flores. Paso pequeño pero no por ello menos significativo en este caso.
3.- El llamado a la solidaridad internacional del Diputado Nicolás Maduro Guerra.
El diputado Nicolás Maduro Guerra, hijo del Presidente Nicolás Maduro, ha emitido un mensaje de llamado a la solidaridad internacional: "Como ustedes saben y podrán leer en los documentos, Cilia ha venido presentando un deterioro en su salud por múltiples factores y debe someterse a una intervención del corazón. Las condiciones en el centro de reclusión no son las mejores para la recuperación del post operatorio. En los documentos se explica muy bien. Les pido que en mi nombre y en nombre de ellos, por favor, máxima difusión, solidaridad internacional y que el pueblo de Venezuela y los pueblos del mundo, conozcan este caso y se haga presión a la opinión pública para poder lograr esta medida. Muchas gracias! Venceremos!
El mensaje del diputado Maduro Guerra fue acompañado de documentos, por lo menos cinco en inglés y español, que sustentan esta medida humanitaria.
Creemos que con este modesto escrito estamos contribuyendo a esa difusión y aporte que se nos ha pedido.
Hemos cumplido con nuestra parte.
Abogado, Defensor de Derechos Humanos, Militante Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiteros y Tutiteras Socialistas. Www.juanmartorano.blogspot.com , www.juanmartorano.wordpress.com , jmartoranoster@gmail.com, j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar , cuenta tuiter e instagram: @juanmartorano, cuenta facebook: Juan Martorano Castillo. Canal de Telegram: El Canal de Martorano.
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