Juan Martorano
Iniciamos la presente edición de nuestra columna, haciendo una salvedad o aclaratoria para la web de aporrea, donde no pudimos introducir la nota al pie que colocamos en la edición de redes sociales, debido a que al momento de escribir y enviar dicha edición, a los pocos minutos nos llegó la noticia y a la par la licencia de la OFAC donde se autorizó la liberación de los fondos para el pago de la defensa privada a nuestro Presidente Nicolás Maduro y a su esposa Cilia Flores. Sin duda, que en medio de lo malo y de tantas cosas, es una buena noticia. Pero ahora queremos explicar los bemoles, contenido y alcance de esta licencia.
Lo primero que tenemos que expresar es que esta licencia que autoriza y que libera los recursos para el pago a Barry Pollack y Mark Donnelly, abogados de nuestros héroes antiimperialistas secuestrados en el Centro de Detención Metropolitano de Brooklyn, fue producto de un acuerdo a tres bandas: De ellos con el Departamento de Justicia de EEUU y de la Diplomacia Bolivariana de Paz que encabeza la hoy Presidenta Encargada de la República Bolivariana de Venezuela, Delcy Rodríguez Gómez..
Ahora vayamos a los puntos más importantes de este acuerdo que ha devenido en la autorización de la OFAC que estamos comentando.
El primer punto versa de que el Estado podrá usar fondos nacionales para la defensa de su Jefe de Estado en condición de prisionero de guerra y su esposa cuyos ingresos sean posteriores al 5 de marzo de 2026.
Esto es así debido a que esta autorización, como toda licencia de la OFAC impone una condición temporal precisa y es a partir de esa fecha que indicamos en el párrafo más arriba porque es la fecha del restablecimiento formal de las relaciones diplomáticas y consulares entre Estados Unidos y Venezuela.
Como complemento a este punto, eso significa que los pagos deberán realizarse con recursos nuevos, girados o depositados después de ese día y expresamente destinados a costear la defensa. Quedan excluidos los activos soberanos congelados con anterioridad en territorio estadounidense, así como cualquier suma sujeta a embargos o litigios de acreedores del Distrito Sur de Nueva York.
El segundo punto o restricción de la autorización indica que no se permite que el pago de los abogados del Presidente Maduro y Cilia Flores sea con dineros de gobiernos extranjeros, esto según la Orden Ejecutiva 14373 de enero de 2026.
Esto quiere decir que los “Foreign Govermment Deposit Funds”, definidos en esa Orden Ejecutiva 14373 se refiere a la canalización de los ingresos por las ventas de petróleo venezolano hacia cuentas especiales bajo el control de la Secretaría del Tesoro de EEUU no pueden aplicarse a los honorarios de la defensa. Además que la misma no puede costearse con financiamiento de países como Rusia, China, Irán, Cuba o cualquier otro que Estados Unidos no autorice para dichos fines.
El tercer punto, y creemos que es el más importante, es que producto de este acuerdo, la defensa privada retiró sus mociones de desestimación de la acusación, al considerar que las licencias otorgadas por la OFAC resolvieron los asuntos subyacentes.
Esto tenía que ser así, ya que de mantener esta situación y concretado el retiro de la defensa privada del caso, independientemente de la asignación de abogados federales públicos a Maduro y Flores, esto hubiese constituido un juicio nulo o tendrían que haberse desestimado de manera inmediata y automática los cargos a Maduro y Flores, con la consecuencia inmediata de su liberación como lo hemos indicado en nuestro peregrinar que hemos iniciado desde el 19 de marzo del presente año y que no hemos parado. Si bien el sistema de justicia y político de EEUU tiene sus bemoles, estos no van a suicidarse por el ejercicio de la presidencia imperial de Donald Trump que pretende llevarse por delante todas sus reglas y su funcionamiento, y como desean preservarse, de alguna manera pretenden frenar con decisiones autónomas, plantarle cara al poder omnímodo del hoy Presidente de ese país.
En este punto, se mantiene el secuestro del Presidente Maduro y de su esposa Cilia Flores. Pero se abren las posibilidades de continuar la batalla en términos diplomáticos y jurídicos. Aunque eso es lo que menos tiene este caso, elementos jurídicos.
Y el último punto versa sobre la solicitud hecha al juez Alvin H. Hellerstein para la celebración de una audiencia dentro de sesenta (60) días para que la defensa prepare y revise las pruebas del caso.
Esto significa que la audiencia, que se celebraría en fecha 25 de junio de 2026, salvo que el juez determine otra cosa o surja una circunstancia que amerite adelantar o retrasar dicha fecha, debe realizar una audiencia de estatus de este caso tanto con los fiscales federales de este caso como con los abogados de la defensa y los “acusados”, con exclusión del cómputo bajo la ley de Juicio Rápido.
Sin duda que esta emisión de estas licencias por parte de la OFAC resuelven el obstáculo normativo que había paralizado el proceso penal por delitos vinculados a narcotráfico, lavado de activos y supuesta posesión y uso de armas de guerra por parte del Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela Nicolás Maduro Moros y Cilia Flores, amenazando con anularlo y cuya consecuencia jurídica inmediata debía ser su liberación y retorno seguro al país como hemos sostenido en ediciones anteriores de nuestra columna e intervenciones tanto en foros como en programas en medios de comunicación a los que hemos sido invitados o por otras vías. Sin embargo, la materialización de los pagos a los abogados de la defensa va a depender de que el Gobierno Bolivariano hoy liderado por la Presidenta Encargada Delcy Rodríguez realice las transferencias correspondientes en los términos autorizados.
Eso es, de manera resumida lo que implican estas licencias en el caso Maduro- Flores.
Y de ahí la importancia de que ellos lograron mantenerse con vida pese a su combate en la madrugada del sábado 3 de enero de 2026 durante la incursión armada estadounidense a Venezuela y que los ha privado de manera ilegítima de su libertad. Pero que entendieron que este secuestro, este rapto ellos han sabido convertirlo en un espacio de resistencia y de batalla.
No queda otra que acompañar a nuestro Presidente legítimo Nicolás Maduro y a su esposa Cilia en esta batalla, en la que cada vez más se abren rendijas que más temprano que tarde podría conducirlos a su libertad.
Dios con nosotros.
¡Bolívar y Chávez Viven. Sus luchas y la Patria que nos legaron siguen!
¡Independencia y Patria Socialista!
¡Viviremos y Venceremos!
¡Leales siempre: Traidores Nunca!


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