*Luisa Ortega Díaz.
La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, que entró en vigencia en junio de 2005, establece penas en caso de muerte de un trabajador o trabajadora como consecuencia de violaciones graves o muy graves, por parte del empleador o sus representantes, de la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo. Asimismo, dispone que hasta tanto no se reforme el Código Penal, el Ministerio Público creará Fiscales Especiales con competencia nacional en materia de salud y seguridad laboral.
En consecuencia, el Ministerio Público está en la obligación de crear Fiscalías Especiales con Competencia Nacional en esta materia o, en todo caso, ampliar la competencia de los despachos fiscales existentes, a fin de atender las denuncias, de las victimas o sus familiares, y de esta manera contribuir con el Estado a garantizar al trabajador condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales.
El Ministerio Público en función de los principios de celeridad, respuesta oportuna, diligencia debida y apego a las garantías de orden constitucional y procesal, debe solventar dicha situación por derivar la misma de un mandato legal que deviene de la competencia que le es atribuida por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pues tales casos hasta la fecha eran atendidos por fiscales con competencia en Delitos Comunes.
En tal sentido, visto que en la actualidad el índice de denuncias que se formulan como consecuencia de la presunta comisión, por parte de los empleadores, de los delitos previstos en esa ley, lo que afecta en gran medida a la masa trabajadora del país y, de la manera más significativa, a los obreros, el Ministerio Público ha decidido crear la Primera Fiscalía Nacional con competencia en Salud y Seguridad Laboral, que tendrá su sede en Caracas.
Además, ampliará la competencia de algunos Fiscales Nacionales para que conozcan de manera especial estos casos, respondiendo así a una situación de índole profundamente social.
La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, que entró en vigencia en junio de 2005, establece penas en caso de muerte de un trabajador o trabajadora como consecuencia de violaciones graves o muy graves, por parte del empleador o sus representantes, de la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo. Asimismo, dispone que hasta tanto no se reforme el Código Penal, el Ministerio Público creará Fiscales Especiales con competencia nacional en materia de salud y seguridad laboral.
En consecuencia, el Ministerio Público está en la obligación de crear Fiscalías Especiales con Competencia Nacional en esta materia o, en todo caso, ampliar la competencia de los despachos fiscales existentes, a fin de atender las denuncias, de las victimas o sus familiares, y de esta manera contribuir con el Estado a garantizar al trabajador condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales.
El Ministerio Público en función de los principios de celeridad, respuesta oportuna, diligencia debida y apego a las garantías de orden constitucional y procesal, debe solventar dicha situación por derivar la misma de un mandato legal que deviene de la competencia que le es atribuida por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pues tales casos hasta la fecha eran atendidos por fiscales con competencia en Delitos Comunes.
En tal sentido, visto que en la actualidad el índice de denuncias que se formulan como consecuencia de la presunta comisión, por parte de los empleadores, de los delitos previstos en esa ley, lo que afecta en gran medida a la masa trabajadora del país y, de la manera más significativa, a los obreros, el Ministerio Público ha decidido crear la Primera Fiscalía Nacional con competencia en Salud y Seguridad Laboral, que tendrá su sede en Caracas.
Además, ampliará la competencia de algunos Fiscales Nacionales para que conozcan de manera especial estos casos, respondiendo así a una situación de índole profundamente social.
*Fiscala General de la República Bolivariana de Venezuela.
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