*JUAN MARTORANO.
Hace un poco más de 48 horas en nuestro país, el tribunal de primera instancia en funciones de control de Valencia, tercero de control de San Fernando de Apure; el de primera instancia en función de tercero de control de Aragua; el de primera instancia en funciones de control del estado Bolívar, dictaron medidas precautelativas que ordenan posponer cualquier acto que pudiera haberse generado como consecuencia de la recolección del 1% de manifestaciones de voluntad para legitimar a la organización política Mesa de la Unidad Democrática (MUD) como promovente de un opcional y eventual referendo revocatorio en contra del mandato del ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros.
Estas medidas, que fueron acordadas en fecha 20 de octubre de 2016 por estos tribunales penales de nuestro país, han sido producto de la admisión de querellas penales ante la comisión de delitos como falsa atestación ante funcionario público, aprovechamiento de acto falso y suministros de datos falsos al Poder Electoral.
A estos tribunales penales, hay que sumar los tribunales penales del estado Monagas, y los tribunales penales del estado Zulia. Estaríamos hablando de tribunales penales de siete estados de nuestra geografía nacional.
Además de ello, extraoficialmente se nos hizo conocer que en virtud de esta situación, hasta la misma Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia habría ordenado la subsanación de estos “errores” que se suscitaron en la fase preliminar de esta eventual y opcional activación del referendo revocatorio en contra del mandato del Jefe del Estado, y reponer esta solicitud al estado de iniciarla nuevamente.
Es decir, estas sentencias, tanto penales como de la Sala Electoral, no era más que la crónica de una muerte anunciada. Y para poder entender esto, realicemos algunas consideraciones al respecto.
Recordemos que para activar un eventual referendo revocatorio en contra de cargos y magistraturas de elección popular, esta se da en tres fases: La primera, una fase preliminar que fue cumplida en esta oportunidad, donde se buscan legitimar o autorizar a las organizaciones políticas o sociales como promoventes de este derecho constitucional, y es por ello, que de acuerdo a la Resolución N° 070906-2770 de fecha 6 de Septiembre de 2007 y publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela de fecha 18 de diciembre de 2007, se establece la recolección del 1% de los electores y electoras inscritos e inscritas en la correspondiente circunscripción, para poder legitimar a estas organizaciones para poder activar esta figura constitucional.
Si estos requisitos son cumplidos, viene la fase que esta resolución define como recepción de manifestaciones de voluntad, o dicho en cristiano, la recolección del 20% o más que señala el artículo 72 de nuestra Carta Magna, para la activación del referendo. Y si este requisito es cumplido, dadas todas las garantías ciudadanas de transparencia, es que el Poder Electoral procedería a su convocatoria dentro de los noventa (90) días siguientes.
Con esta resolución, se han dado no menos de once (11) solicitudes de activación de referendos revocatorios de mandato de gobernadores y alcaldes, algunas han procedido, otras no, pero lo cierto es que no ha habido bullarangas ni escándalos, ni han sido procesos traumáticos.
Y también llama poderosamente la atención, que la derecha, no estando de acuerdo con estas condiciones, no haya impugnado, como tenía derecho, esta Resolución que hemos comentado en anteriores artículos, por lo que con sus actuaciones, convalida las del árbitro electoral.
No conforme con ello, vicio completamente el acto y lo volvió fraudulento con todas las irregularidades denunciadas en la fase preliminar de este proceso, por lo que era necesario y fundamental aplicar la teoría jurídica muy aplicada en Derecho probatorio como lo es la “del fruto del árbol envenenado”, que es una metáfora legal empleada en algunos países, incluyendo el nuestro, para describir las pruebas recolectadas con ayuda de información obtenida ilegalmente o a través de medios fraudulentos. La lógica de esta frase es que si la “fuente” de la prueba (el “árbol”) se corrompe, entonces cualquier cosa que se gana o produce de él ( los “frutos”) también lo esta. Gracias a la colega abogada y comunicadora, María Alejandra Díaz Marín por traer esta referencia para poder entender el por qué este evento fue deslegitimado y “nació muerto” desde el principio.
Así como la oposición estaba en su legítimo derecho a solicitar el referendo revocatorio de mandato del Presidente de la República Nicolás Maduro, los factores que apoyamos y respaldamos a la Revolución Bolivariana estamos en nuestro derecho de verificar que la activación de este referendo se diese en condiciones transparentes y válidas, y ejerciendo todos los mecanismos que prevé la Constitución y el ordenamiento jurídico para que, en caso de detectar alguna irregularidad, impugnarla, como en efecto ocurrió. No se puede ejercer un derecho constitucional conculcando otros e invisibilizando a uno de los sectores de los bandos en pugna.
Sin duda que este proceso nació totalmente deslegitimado, y por eso la decisión que adoptaron nuestros tribunales. Se aplica aquello de que la justicia tarda, pero llega.
Y cuando estos tribunales emplean el término “reparar”, hay que entenderlo como para que un acto jurídico, bien sea administrativo o judicial pueda tener plena eficacia jurídica, para que se perfeccione, sino cumple con los requisitos o con las condiciones de transparencia, no es válido y es nulo de nulidad absoluta. Además de ello, también el vocablo “reparar” puede ser entendida como resarcimiento. Allí es en donde estos tribunales deben aclarar el alcance de esta acepción en las referidas sentencia, pero eso sería otra discusión.
Además de ello, no se podía comparar las circunstancias en las que ocurrieron el referendo revocatorio en contra del Comandante Hugo Chávez con las actuales. En el caso del primero, no había precedentes, la normativa que rigió ese proceso era totalmente distinta a la actual, y las circunstancias políticas, económicas y sociales eran totalmente distintas a las actuales. Chávez, pese a observar esas inmensas irregularidades para activar ese referendo revocatorio en su contra y que pudo haber impugnado si así lo deseaba, no lo hizo, porque vio en ese referendo la oportunidad para relegitimarse, y vaya que esa jugada política le resulto, visto los resultados obtenidos en dicha consulta y las elecciones regionales de ese año 2004, dos meses después de su ratificación como Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.
Pero no solamente es la suspensión de la etapa de recepción de manifestaciones de voluntad la que hay que ver en este contexto político, sino que además de ello, hay que destacar que el Tribunal Tercero de Control de Valencia, dictó medida de prohibición de salida del país contra los siguientes dirigentes de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), y nos permitimos transcribirlo tal cual como lo publicó el diario Ultimas Noticias, hace algunas horas ya:
Andrés Velásquez (Bol)
Raúl Yusef (Bol)
Braulio Merino (Bol)
Ramón José Medina (Car)
José Luis Cartaya (Car)
Oscar Antonio Barreto (Car)
Ricardo Francisco Sucre Heredia (Car)
Luis Ernesto Aparicio Méndez (Car)
Arnaldo Gabaldón Berti (Car)
Filiberto Colmenares (Ara)
Richard Miguel Mardo Mardo (Ara)
José Gregorio Hernández (Ara)
Richard Javier Álvarez Sosa (Apu)
Germán Adolfo Rodríguez Montoya (Apu)
Javier Jesús Linares Laya (Apu)
Encima de estos quince (15) dirigentes, igual medida recae en contra del gobernador del estado Miranda, Henrique Capriles Radonski y en contra del Secretario Ejecutivo de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Jesús “Chúo” Torrealba.
No solo se trata de que el acto fraudulento para convocar un revocatorio en contra de Maduro debía ser suspendido, aún cuando pudiéramos no estar conforme con la “subsanación y reparación” de estos vicios como lo ordenan estos tribunales. Pero, si estamos convencidos que, los responsables por la comisión de estos delitos, deben responder ante la justicia por sus acciones e ir bien presos.
Por otra parte, aquí cabría una pregunta: ¿Quien responde por los daños al patrimonio del Estado Venezolano ante las erogaciones cuantiosas que debió realizar el Poder Electoral para el software, despliegue de máquinas y de toda la logística para este evento? ¿Darán la cara los responsables sobre este particular?
Esta es una de las tareas aún pendientes cuando se pretende activar de manera temeraria un derecho constitucional, y no se determinan responsabilidades ni sanciones.
Pero claro, todos estábamos claros que el plan del fascismo criollo junto a sus pares internacionales siempre ha sido violento, que nadie se llame a engaño.
En el contexto de la sincronía de eventos que se han suscitado en las últimas horas, y del que esperamos poder referirnos posteriormente, cabe la importancia de lo expresado en el programa “La Política en el Diván” de Jorge Rodríguez, alcalde del municipio Libertador de la ciudad de Caracas y miembro de la dirección nacional del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), el cual estuvo referido al cierre de ciclos y muy dedicado al cierre del tema sobre el referendo revocatorio. Destacamos el sarcasmo manejado brillantemente por Rodríguez en dicho programa.
Estas decisiones de nuestros órganos jurisdiccionales actuarán sin duda como un nudo crítico de los acontecimientos que pudieran desencadenarse en los próximos días. Por ello, adelantamos que nuestros próximos artículos versarán sobre lo que consideramos tres temas de análisis estratégico, y que fundamentarían las acciones de rebelión del fascismo criollo y de como lo esta afrontando el Gobierno Bolivariano: El primero, respecto al tratamiento del tema de la supuesta nacionalidad colombiana del Presidente Nicolás Maduro, que pretende ser resucitado por la derecha en estos momentos; el segundo, que tiene que ver con una serie de trabajos de investigación sobre diagnósticos sociales, que busca oxigenar el discurso opositor para sustentar su proyecto político y deslegitimar al de la Revolución Bolivariana; y el tercero, el de la propia legitimidad que busca cuestionar la derecha del Presidente Nicolás Maduro, concatenándolo con el tema de la teoría de la privación relativa, que lo escribimos hace algunos años, pero que nos parece importante retomarlo, porque ha vuelto a surgir en la coyuntura.
Así que muy atentos.
¡Bolívar y Chávez viven, y sus luchas y la Patria que nos legaron siguen!
¡Hasta la Victoria Siempre!
¡Independencia y Patria Socialista!
¡Viviremos y Venceremos!
*Abogado,Activista por los Derechos Humanos,Militante Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiter@sSocialistas (http://juanmartorano.blogspot . com /http://juanmartorano.wo rdpress.com). jmartoranoster@gmail.com .@juanmartorano (Cuenta en Tuiter)
Hace un poco más de 48 horas en nuestro país, el tribunal de primera instancia en funciones de control de Valencia, tercero de control de San Fernando de Apure; el de primera instancia en función de tercero de control de Aragua; el de primera instancia en funciones de control del estado Bolívar, dictaron medidas precautelativas que ordenan posponer cualquier acto que pudiera haberse generado como consecuencia de la recolección del 1% de manifestaciones de voluntad para legitimar a la organización política Mesa de la Unidad Democrática (MUD) como promovente de un opcional y eventual referendo revocatorio en contra del mandato del ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros.
Estas medidas, que fueron acordadas en fecha 20 de octubre de 2016 por estos tribunales penales de nuestro país, han sido producto de la admisión de querellas penales ante la comisión de delitos como falsa atestación ante funcionario público, aprovechamiento de acto falso y suministros de datos falsos al Poder Electoral.
A estos tribunales penales, hay que sumar los tribunales penales del estado Monagas, y los tribunales penales del estado Zulia. Estaríamos hablando de tribunales penales de siete estados de nuestra geografía nacional.
Además de ello, extraoficialmente se nos hizo conocer que en virtud de esta situación, hasta la misma Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia habría ordenado la subsanación de estos “errores” que se suscitaron en la fase preliminar de esta eventual y opcional activación del referendo revocatorio en contra del mandato del Jefe del Estado, y reponer esta solicitud al estado de iniciarla nuevamente.
Es decir, estas sentencias, tanto penales como de la Sala Electoral, no era más que la crónica de una muerte anunciada. Y para poder entender esto, realicemos algunas consideraciones al respecto.
Recordemos que para activar un eventual referendo revocatorio en contra de cargos y magistraturas de elección popular, esta se da en tres fases: La primera, una fase preliminar que fue cumplida en esta oportunidad, donde se buscan legitimar o autorizar a las organizaciones políticas o sociales como promoventes de este derecho constitucional, y es por ello, que de acuerdo a la Resolución N° 070906-2770 de fecha 6 de Septiembre de 2007 y publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela de fecha 18 de diciembre de 2007, se establece la recolección del 1% de los electores y electoras inscritos e inscritas en la correspondiente circunscripción, para poder legitimar a estas organizaciones para poder activar esta figura constitucional.
Si estos requisitos son cumplidos, viene la fase que esta resolución define como recepción de manifestaciones de voluntad, o dicho en cristiano, la recolección del 20% o más que señala el artículo 72 de nuestra Carta Magna, para la activación del referendo. Y si este requisito es cumplido, dadas todas las garantías ciudadanas de transparencia, es que el Poder Electoral procedería a su convocatoria dentro de los noventa (90) días siguientes.
Con esta resolución, se han dado no menos de once (11) solicitudes de activación de referendos revocatorios de mandato de gobernadores y alcaldes, algunas han procedido, otras no, pero lo cierto es que no ha habido bullarangas ni escándalos, ni han sido procesos traumáticos.
Y también llama poderosamente la atención, que la derecha, no estando de acuerdo con estas condiciones, no haya impugnado, como tenía derecho, esta Resolución que hemos comentado en anteriores artículos, por lo que con sus actuaciones, convalida las del árbitro electoral.
No conforme con ello, vicio completamente el acto y lo volvió fraudulento con todas las irregularidades denunciadas en la fase preliminar de este proceso, por lo que era necesario y fundamental aplicar la teoría jurídica muy aplicada en Derecho probatorio como lo es la “del fruto del árbol envenenado”, que es una metáfora legal empleada en algunos países, incluyendo el nuestro, para describir las pruebas recolectadas con ayuda de información obtenida ilegalmente o a través de medios fraudulentos. La lógica de esta frase es que si la “fuente” de la prueba (el “árbol”) se corrompe, entonces cualquier cosa que se gana o produce de él ( los “frutos”) también lo esta. Gracias a la colega abogada y comunicadora, María Alejandra Díaz Marín por traer esta referencia para poder entender el por qué este evento fue deslegitimado y “nació muerto” desde el principio.
Así como la oposición estaba en su legítimo derecho a solicitar el referendo revocatorio de mandato del Presidente de la República Nicolás Maduro, los factores que apoyamos y respaldamos a la Revolución Bolivariana estamos en nuestro derecho de verificar que la activación de este referendo se diese en condiciones transparentes y válidas, y ejerciendo todos los mecanismos que prevé la Constitución y el ordenamiento jurídico para que, en caso de detectar alguna irregularidad, impugnarla, como en efecto ocurrió. No se puede ejercer un derecho constitucional conculcando otros e invisibilizando a uno de los sectores de los bandos en pugna.
Sin duda que este proceso nació totalmente deslegitimado, y por eso la decisión que adoptaron nuestros tribunales. Se aplica aquello de que la justicia tarda, pero llega.
Y cuando estos tribunales emplean el término “reparar”, hay que entenderlo como para que un acto jurídico, bien sea administrativo o judicial pueda tener plena eficacia jurídica, para que se perfeccione, sino cumple con los requisitos o con las condiciones de transparencia, no es válido y es nulo de nulidad absoluta. Además de ello, también el vocablo “reparar” puede ser entendida como resarcimiento. Allí es en donde estos tribunales deben aclarar el alcance de esta acepción en las referidas sentencia, pero eso sería otra discusión.
Además de ello, no se podía comparar las circunstancias en las que ocurrieron el referendo revocatorio en contra del Comandante Hugo Chávez con las actuales. En el caso del primero, no había precedentes, la normativa que rigió ese proceso era totalmente distinta a la actual, y las circunstancias políticas, económicas y sociales eran totalmente distintas a las actuales. Chávez, pese a observar esas inmensas irregularidades para activar ese referendo revocatorio en su contra y que pudo haber impugnado si así lo deseaba, no lo hizo, porque vio en ese referendo la oportunidad para relegitimarse, y vaya que esa jugada política le resulto, visto los resultados obtenidos en dicha consulta y las elecciones regionales de ese año 2004, dos meses después de su ratificación como Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.
Pero no solamente es la suspensión de la etapa de recepción de manifestaciones de voluntad la que hay que ver en este contexto político, sino que además de ello, hay que destacar que el Tribunal Tercero de Control de Valencia, dictó medida de prohibición de salida del país contra los siguientes dirigentes de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), y nos permitimos transcribirlo tal cual como lo publicó el diario Ultimas Noticias, hace algunas horas ya:
Andrés Velásquez (Bol)
Raúl Yusef (Bol)
Braulio Merino (Bol)
Ramón José Medina (Car)
José Luis Cartaya (Car)
Oscar Antonio Barreto (Car)
Ricardo Francisco Sucre Heredia (Car)
Luis Ernesto Aparicio Méndez (Car)
Arnaldo Gabaldón Berti (Car)
Filiberto Colmenares (Ara)
Richard Miguel Mardo Mardo (Ara)
José Gregorio Hernández (Ara)
Richard Javier Álvarez Sosa (Apu)
Germán Adolfo Rodríguez Montoya (Apu)
Javier Jesús Linares Laya (Apu)
Encima de estos quince (15) dirigentes, igual medida recae en contra del gobernador del estado Miranda, Henrique Capriles Radonski y en contra del Secretario Ejecutivo de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Jesús “Chúo” Torrealba.
No solo se trata de que el acto fraudulento para convocar un revocatorio en contra de Maduro debía ser suspendido, aún cuando pudiéramos no estar conforme con la “subsanación y reparación” de estos vicios como lo ordenan estos tribunales. Pero, si estamos convencidos que, los responsables por la comisión de estos delitos, deben responder ante la justicia por sus acciones e ir bien presos.
Por otra parte, aquí cabría una pregunta: ¿Quien responde por los daños al patrimonio del Estado Venezolano ante las erogaciones cuantiosas que debió realizar el Poder Electoral para el software, despliegue de máquinas y de toda la logística para este evento? ¿Darán la cara los responsables sobre este particular?
Esta es una de las tareas aún pendientes cuando se pretende activar de manera temeraria un derecho constitucional, y no se determinan responsabilidades ni sanciones.
Pero claro, todos estábamos claros que el plan del fascismo criollo junto a sus pares internacionales siempre ha sido violento, que nadie se llame a engaño.
En el contexto de la sincronía de eventos que se han suscitado en las últimas horas, y del que esperamos poder referirnos posteriormente, cabe la importancia de lo expresado en el programa “La Política en el Diván” de Jorge Rodríguez, alcalde del municipio Libertador de la ciudad de Caracas y miembro de la dirección nacional del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), el cual estuvo referido al cierre de ciclos y muy dedicado al cierre del tema sobre el referendo revocatorio. Destacamos el sarcasmo manejado brillantemente por Rodríguez en dicho programa.
Estas decisiones de nuestros órganos jurisdiccionales actuarán sin duda como un nudo crítico de los acontecimientos que pudieran desencadenarse en los próximos días. Por ello, adelantamos que nuestros próximos artículos versarán sobre lo que consideramos tres temas de análisis estratégico, y que fundamentarían las acciones de rebelión del fascismo criollo y de como lo esta afrontando el Gobierno Bolivariano: El primero, respecto al tratamiento del tema de la supuesta nacionalidad colombiana del Presidente Nicolás Maduro, que pretende ser resucitado por la derecha en estos momentos; el segundo, que tiene que ver con una serie de trabajos de investigación sobre diagnósticos sociales, que busca oxigenar el discurso opositor para sustentar su proyecto político y deslegitimar al de la Revolución Bolivariana; y el tercero, el de la propia legitimidad que busca cuestionar la derecha del Presidente Nicolás Maduro, concatenándolo con el tema de la teoría de la privación relativa, que lo escribimos hace algunos años, pero que nos parece importante retomarlo, porque ha vuelto a surgir en la coyuntura.
Así que muy atentos.
¡Bolívar y Chávez viven, y sus luchas y la Patria que nos legaron siguen!
¡Hasta la Victoria Siempre!
¡Independencia y Patria Socialista!
¡Viviremos y Venceremos!
*Abogado,Activista por los Derechos Humanos,Militante Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiter@sSocialistas (http://juanmartorano.blogspot
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