*JUAN MARTORANO.
Hace
algunas entregas atrás, en denuncias que he formulado respecto a la
empresa Rodovías de Venezuela, en la última arbitrariedad que sufrí por
parte de esa empresa, me dí a la tarea de revisar el Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Costos y Precios Justos, promulgada en
la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.340
del 23 de enero de 2014, y luego de su lectura, me di cuenta de algunos
elementos, de observaciones que le tengo a dicho instrumento jurídico, y
sería bueno, desde mi modesto punto de vista, algunas rectificaciones
al respecto.
El meollo de las contradicciones
de cualquier proceso revolucionario, es el tema económico. Cuando a
Chávez se le dió el golpe de estado el 11 de abril de 2002 y el sabotaje
petrolero de finales de ese año y comienzos de 2003, fue por la
promulgación de 49 leyes en el marco de una ley habilitante, en donde se
buscaba democratizar la propiedad de las tierras, el manejo soberano de
nuestros hidrocarburos y de la implementación de un nuevo modelo
económico en nuestro país. Con Maduro, por apenas tratar de regular los
costos, los precios y hasta las ganancias de una manera justa, se ha
desatado toda una oleada de violencia, de sangre y de muerte que ya va
para tres meses y medio, y eso que me estoy quedando en las
superficialidades.
Nos ha parecido excelente
que nuestro Presidente de la República, el hijo de Chávez, Nicolás
Maduro, obrero, el esfuerzo que le puso y las ganas de continuar la obra
de nuestro eterno comandante en jefe, y para luchar en contra de esta
guerra económica, en el marco de la habilitación otorgada por la
Asamblea Nacional, promulgó esta ley. La ley de por sí no es mala, tiene
elementos positivos que no podemos negar, pero hay elementos que fueron
dejados por fuera, y que comparada con la derogada Ley para la Defensa
de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, y la anterior Ley
de Costos y Precios Justos, esta la desmejora totalmente.
No
puedo entender, como si el artículo 9 de la vigente Ley de Costos y
Precios Justos consagra el principio de la simplicidad administrativa,
el cual textualmente señala: " La actividad administrativa derivada de
los órganos y entes señalados en el artículo anterior, debe concentrar y
establecer los trámites administrativos indispensables, para reducir
según la utilidad, el número de requisitos y recaudos, que permitan la
correcta y oportuna evaluación y procesamiento de los trámites de la
misma". Y que en el Capítulo V referido al procedimiento de Inspección y
Fiscalización en materia de precios y márgenes de ganancia, en su
artículo 34 se señala: " La funcionaria o el funcionario competente,
bien de oficio o con fundamento de denuncia que hubiere sido interpuesta
ante la oficina a su cargo, podrá ordenar y dar inicio a la inspección
para el cumplimiento de las regulaciones en materia de precio y márgenes
razonables de ganancia. La instrucción mediante la cual se activa el
procedimiento deberá constar por escrito, constituyendo el acto de
inicio del mismo".
Luego de leídas estas
disposiciones, yo me pregunto: ¿O simplificamos los trámites o los
enredamos más? ¿Y si el usuario o usuaria no puede trasladarse a ninguna
oficina de la Sundee a interponer la denuncia? ¿Como quedan los medios
telefónicos, redes sociales o internet para la interposición de este
tipo de denuncias? Esta disposición no fue incluida en esta ley, y eso,
por lo ocurrido en Rodovías en la oportunidad en que escribí mi artículo
"Cuanta falta hace Samán, Andreína por Dios Santo", publicado en
aporrea.org y otros portales, hace que los procedimientos de inspección y
fiscalización, desde mi punto de vista, sean mucho más engorrosos, y
pierdan efectividad.
Pero, es que si revisamos
con detenimiento la ley, y es una crítica que tenemos que hacernos, la
vigente Ley de Costos y Precios Justos, que derogo totalmente la Ley de
Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, el cual
era el único marco legal que reunía más de 40 años de lucha de todos los
venezolanos y de todas las venezolanas y de ciudadanos y ciudadanas del
mundo para poder tener derechos como consumidores y consumidoras, como
usuarios y usuarias de bienes y servicios en nuestro país. En esa ley se
establecía para las personas el etiquetado para los productos, la forma
en que los usuarios y usuarias podíamos interponer los reclamos, los
procedimientos de un usuario y usuaria para ejercer sus derechos, los
procedimientos conciliatorios, las fiscalizaciones del Indepabis, los
contratos de adhesión, en fin, toda esa gama de los derechos de las
personas, de los consumidores, de los usuarios y usuarias, quedo
totalmente abolido por una derogatoria expresa que tiene esta Ley de
Costos y Precios Justos.
Es decir, los usuarios
y usuarias que debemos acceder a bienes y servicios para la
satisfacción de nuestras necesidades, retrocedimos en conquistas que
habíamos tenido en nuestro ordenamiento jurídico, en cuanto a algunos
derechos logrados en estas materias, por esa razón, esta Ley de Costos y
Precios Justos, no sólo debe regular el problema de los costos, de los
precios, y de las ganancias de los empresarios. También debe restituir
los derechos que tenemos como Poder Popular y como usuarios y usuarias,
porque sino no estaríamos haciendo absolutamente nada.
No
se puede dejar a nuestro pueblo desprotegido en esta materia, y hay que
tomar previsiones a este respecto, porque sino la derecha apátrida la
usara en nuestra contra, aunque nos importa muy poco lo que ellos
realmente piensen, si eso se convierte en verdadero motor para corregir
errores y fallas que podamos estar cometiendo, como lo dijo en alguna
oportunidad el Comandante Fidel Castro Ruz.
Otro
elemento que me ha parecido un error con la implementación de la Ley de
Costos y Precios Justos fue la eliminación de manera inmediata del
Indepabis y de la Superintendencia de Costos y Precios Justos, sin haber
culminado debidamente los procedimientos pendientes y ni haber formado y
consolidado las nuevas estructuras de la esta nueva ley. La Disposición
Transitoria Tercera de esta Ley establece: "La Superintendencia
Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos, iniciará sus
actividades y funcionamiento inmediatamente a la entrada en vigencia del
presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley; en consecuencia, los
bienes, el personal y los procedimientos en curso, tanto de la
Superintendencia de Costos y Precios Justos, como del Instituto para la
Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, serán
trasladados a la Superintendencia Nacional para la Defensa de los
Derechos Socioeconómicos, cuya administración transitoria estará a cargo
de una Junta Ad-Hoc, designada por el ciudadano Presidente de la
República, que simultáneamente funcionará como Junta Liquidadora de la
Superintendencia de Control y Precios Justos, y del Instituto para la
Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios". O se
culminan los procedimientos o se liquidan, lo cierto es que esto ha
generado un despelote, un burocratismo, y pienso que los procedimientos
no son del todo efectivos y expeditos como debería.
En
una oportunidad, converse con un diputado de la Asamblea Nacional, cuyo
nombre me reservaré, y leyo mi articulo "Cuanta falta hace Samán,
Adreína por Dios Santo", y él me expresaba que nuestro común amigo
Eduardo Samán se salvo, y esto porque la Ley de Costos y Precios Justos
vigente, sin desmeritar algunos aspectos positivos que puede tener, pero
en realidad amarra las manos de los servidores públicos y servidoras
públicas que de verdad quieren golpear con contundencia la especulación,
el acaparamiento, el boicot, la usura y la desmejora de muchos
servicios y bienes para nuestro pueblo. Y debo reconocer que este
diputado amigo tiene muchisima razón, nuestro Samán se salvo, pero lo
importante es que nuestro país lo salvemos.
Creo
que toda obra humana es perfectible, y puede ser corregida. Sería
importante hacer una revisión concienzuda de la Ley de Costos y Precios
Justos totalmente. Mantener los elementos positivos que sin duda esta
ley tiene, afinar algunos artículos con redacción un tanto ambigua, y
consagrar de manera expresa dentro de esta Ley, los derechos y deberes
de los usuarios y usuarias, de nuestro Poder Popular, para golpear con
mayor contundencia los efectos de la guerra económica, y transformar
nuestro modelo productivo, que hoy se basa en el rentismo petrolero, en
un modelo diversificado, socialista, que propenda a la satisfacción de
las necesidades de nuestro pueblo. Ese es mi aporte.
¡Bolívar y Chávez Viven, y sus luchas y la Patria que nos legaron siguen!
¡Hasta la Victoria Siempre!
¡Independencia y Patria Socialista!
¡Viviremos y Venceremos!
*Abogado,Activista
por los Derechos Humanos,Militante Revolucionario y de la Red Nacional
de Tuiter@s Socialistas (RENTSOC). http:// juanmartorano.blogspot. com /http://juanmartorano. wordpre ss.com/ .jmartoranoster@g mail .com ,j_martorano@hotmail.com ,juan _ martoranocastillo@yahoo. com. ar . @juanmartorano (Cuenta en Tuiter).
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