sábado, 21 de diciembre de 2019

Cuando pensamos que lo habíamos visto y escuchado todo: El “TSJ en el exilio” exhorta a la AN en desacato a que designe un Presidente de la República que no sea el Presidente de la AN.


*JUAN MARTORANO
Realmente, resulta inverosímil, a 10 días para la culminación de este año 2019, cuando pensamos que lo habíamos visto y escuchado todo, pues sectores de la oposición siguen fracasando y cometiendo unas torpezas políticas que auguran que la Revolución Bolivariana permanecerá durante muchos años en el poder político.
Un conjunto de abogados venezolanos y venezolanas en el exterior, que pretenden usurpar funciones de magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, y que se denominan “TSJ en el exilio” (hábrase visto tamaña ridiculez) que han venido sosteniendo una serie de pronuciamientos que rayan en la estulticia y rompen toda lógica jurídica, han venido tratando de legitimar una serie de acciones para lograr un cambio de régimen y lavar la cara al pretendido “presidente interino”.
Sería largo expresar la larga cantidad de exhabruptos y desafueros cometidos por estos “juristas”, pero en este caso trataré de referirme a las más recientes.
El primero, que fue avalar la reforma del Reglamento Interior y de Debates de la AN, a los fines de permitir que los diputados de la AN que se encuentran en el exterior, puedan votar en la elección de la junta directiva del actual parlamento en desacato. Esto, a todas luces constituye una violación constitucional, ya que los diputados y diputadas de la AN deben estar presentes en las sesiones para poder votar, y además de ello sus faltas son suplidas por sus suplentes, como está señalado en nuestro propio texto constitucional, y específicamente el último aparte del artículo 186 de nuestra Carta Magna.
Pero como si ello no fuera suficiente, posteriormente realizaron un nuevo pronunciamiento, mucho más grave aunque no por ello menos inverosímil, que es el referido a que solicitaron a la AN, designar en 2020 un “presidente provisional de Venezuela”, que sea autónomo del ente legislativo, como según ellos lo establece el Estatuto de la Transición. “El presidente provisional puede ser el mismo presidente encargado, o cualquier otro venezolano que tenga las capacidades, para que conformen un gabinete que permita dedicarse a la lucha por la liberación de nuestro país; y a su vez que exista la AN para que se pueda afianzar más la lucha por nuestro país”, dijo el abogado Miguel Ángel Martín, el supuesto presidente del “TSJ en el exilio .
Tales planteamientos pretenden enmendar la plana a Guaidó ante la posibilidad de no contar con los votos suficientes para su ratificación como “titular del actual parlamento nacional”, además de la designación de un supuesto gabinete, a fin de pasar a una estrategia de licuar el Estado Nación venezolano a través del limbo en el que pretendería sumirnos, con la supuesta existencia de dos presidentes de la República y dos gabinetes ejecutivos.
Pero, además de ello, esto también pretende ser la reformulación del mantra de los tres pasos de Guaidó a comienzos de este año: 1.- Cese de la Usurpación; 2.- Gobierno de Transición y 3.- Elecciones Libres. El pretendido “TSJ en el exilio” plantea una nueva hoja de ruta golpista y desestabilizadora basada en lo que a continuación vamos  a señalar:
En primer lugar, reiteró la nulidad de la asamblea nacional constituyente, de acuerdo con pronunciamiento emitido el 2OC2017. También señaló que todos los actos aprobados por la misma carecen de valor jurídico, incluyendo el allanamiento a la inmunidad parlamentaria a diputados opositores.
En segundo lugar, los abogados abogados recordaron que en agosto de 2018 se declaró culpable a Nicolás Maduro Moros por los delitos de corrupción propia y legitimación de capitales. Dicha sentencia procedió a su destitución del cargo de presidente de la República”. Asimismo, estableció su inhabilitación política por el tiempo que dure la pena, es decir: 18 años y 3 meses. Se nombró a Juan Guaidó como presidente interino de la República” con la finalidad de promover el cese a la usurpación y convocar elecciones libres. Sin embargo, esta acción no se pudo efectuar en el tiempo correspondiente, debido a que Maduro no abandonó los poderes del Estado.
Evidentemente con este pronunciamiento, además de restar margen de maniobra y movilidad a nivel internacional del Jefe de Estado venezolano, busca justificar su salida por cualquier forma (pacífica o violenta) del poder del actual Primer Mandatario Nacional.
Y la tercera, que ya comentabamos en los párrafos precedentes: Tras el cese de la usurpación, el TSJ indicó que luego del 5 de enero de 2020, la Asamblea debe designar un presidente provisional de la República. Este “gobierno provisional” debe trabajar por el pleno restablecimiento del Estado de Derecho. También, una vez se den las condiciones indispensables, tendrá que proceder a la celebración de elecciones generales democráticas, libres, competitivas e internacionalmente observadas.
Es decir, que aún si Guaidó no es ratificado en la directiva del parlamento, según este bodrio, seguiría siendo el “presidente encargado”, lo cual es un Golpe de Estado. Pero como parte de este relato, el 5 de enero podemos esperar que Guaidó traté en esta oportunidad de designar un “gabinete” para tratar de torpedear al actual Gobierno a través de la consolidación de un Estado Paralelo.
Pero, creemos que lo más preocupante sería el impulso de toda una agenda de conflictividad social que se avizora, y sobre todo en el ciclo electoral que se iniciará a partir del 2020. Pero de ello nos referiremos en próximos artículos.
¡Leales Siempre! ¡Traidores Nunca!
¡Independencia y Patria Socialista!
¡Viviremos y Venceremos!
* Abogado, Defensor de Derechos Humanos, Militante Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiteros y Tutiteras Socialistas. Www.juanmartorano.blogspot.com , www.juanmartorano.wordpress.com , jmartoranoster@gmail.comj_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar , cuenta tuiter e instagram: @juanmartorano, cuenta facebook: Juan Martorano Castillo.

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