*JUAN MARTORANO
Mañana, 1 de diciembre de 2019,
está rpevista una consulta electoral promovida por el ciudadano gobernador del
estado bolivariano de Miranda, Héctor Rodríguez Castro, referida a la Ley de
Convivencia para la Seguridad y la Paz Ciudadana de la entidad federal que
regenta. Y es en ese sentido que nos queremos permitir hacer algunas
consideraciones y formular algunas advertencias.
Este instrumento jurídico, fue
propuesto por dicho mandatario y aprobado por el Consejo Legislativo de dicha
entidad federal, hace un par de años. Es decir, es una ley completamente
vigente. Lo novedoso en esta oportunidad, y es el planteamiento del hoy
gobernador, es que las multas recaudadas por concepto de sanciones que
establece dicho instrumento normativo, pasen a las finanzas de las comunas que
se encuentran en dicha región.
Pero, al leer dicho instrumento
jurídico, es importante destacar, objetivamente hablando, política y
jurídicamente, no hay nada que establezca de manera expresa y taxativa, acerca
de la transferencia de recursos hacia consejos comunales y comunas.
De hecho, el compañero Diosdado
Cabello en su programa “Con El Mazo Dando”, expresó que el fundamento que
empleó el gobernador mirandino era el texto del artículo 184 de nuestra Carta
Magna. Lo que obvio el primer vicepresidente del PSUV, y con todo respeto se lo
señalamos, es que la transferencia de competencias de servicios a las
comunidades y grupos vecinales organizados es en base a la demostración de
gestión de su capacidad para prestarlos.
Además de ello, el referido
artículo señala que se debe promover la transferencia de servicios en materia
de salud, educación, vivienda, deporte, cultura, programas sociales, ambiente,
mantenimiento de áreas industriales, mantenimiento y conservación de áreas
urbanas, prevención y protección vecinal, construcción de obras y prestación de
servicios públicos. No se establece ni es objeto de la consulta los convenios
cuyos contenidos deben estar orientados por principios de interdependencia,
coordinación, corresponsabilidad y cooperación.
Tampoco está planteada la
participación de las comunidades y de ciudadanos o ciudadanas a través de
asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamentales, en la formulación
de propuestas de inversión ante las autoridades estadales y municipales
encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión, así como
en la ejecución, evaluación y control de obras, programas sociales y servicios
públicos en su jurisdicción.
No se observa en la consulta
promovida por el primer mandatario regional de Miranda la participación del
poder popular en los procesos económicos que contribuyan a estimular las
diferentes expresiones de la economía social, tales como cooperarativas, cajas
de ahorro, mutuales y otras formas asociativas.
Ni se menciona siquiera en dicha
consulta la posibilidad de que los trabajadores y trabajadoras y de las
comunidades en la gestión de empresas públicas mediante mecanismos
autogestionarios y cogestionarios.
Mucho menos se detalla la
conformación de organizaciones, cooperativas y empresas comunales de servicios,
como fuentes generadoras de empleo y bienestar social, propendiendo a su
permanencia en el diseño de políticas en las cuales aquellas tengan
participación.
Lo más grave, es que en esta
consulta no se busca la creación de nuevos sujetos de descentralización a nivel
de las parroquias, las comunidades, los barrios y las vecindades a los fines de
garantizar el principio de la corresponsabilidad en la gestión pública de los
gobiernos locales y estadales y desarrollar procesos autogestionarios y
cogestionarios en la administración y control de los servicios públicos
estadales y municipales.
Y ni cerca se destaca la
participación de las comunidades en actividades de acercamiento a los
establecimientos penales y la vinculación de éstos con la población.
Así que el empleo de las
disposiciones del artículo 184 del texto constitucional se caen por su propio
peso.
Quiero agregar un cuadro muy
ilustrativo en este artículo, con el fin de sustentar algo que pasamos de
seguidas a detallar a continuación.
La ley de Convinvencia para la
Seguridad y la Paz Ciudadana del estado bolivariano de Miranda impone multas
altas pero la recaudación va al tesoro regional y se reparte como lo ves en el
cuadro y en el círculo que acabamos de resaltar: 30% para el funcionario
actuante, 20% para la policía y el 50% para la dotación policial. En ningún
lado se establece que habrá un fondo para las comunidades.
Es decir, de aprobarse la
consulta popular planteada por el gobernador Héctor Rodríguez el día de mañana
1 de diciembre de 2019, se estaría estimulando y legalizando la matraca y el
abuso de funcionarios policiales en el estado bolivariano del estado Miranda.
Por esta razón, este instrumento
jurídico no fue difundido, y se ha dado de manera atropellada y demagogica.
Nos preguntamos y nos gustaría
saber el por qué le mienten al poder comunal y a los consejos comunales
diciéndoles que del proyecto de ley de convivencia ciudadana los recursos
producto de la recaudación (y estimulo a la matraca policial y funcionarial)
van a destinarse a un fondo para los proyectos de las comunidades. En ningún
lado de la ley se establece eso. Y les dejo la forma como se va a repartir esa
recaudación, en el mismo documento a someterse a consulta popular.
¿Por qué no se les presentó a las
comunidades para su debate y aportes? ¿Porqué no se le dió difusión y la
mayoría se enteró el lunes pasado, día de cierre de la campaña para esta
iniciativa?
Ojo, el instrumento no es del
todo malo, pero estimular la matraca por la discrecionalidad de quién impone la
multa y del resparto de esos recursos es grave. Y no aparecen las comunas ni los consejos
comunales en el beneficio de esa recaudación. Si no está en la ley no aplica.
Además, si el beneficio es para
los consejos comunales ¿por qué no se hace una ley NACIONAL, una ley
Constitucional para que todos los recaudos por multas en la ley de convivencia
ciudadana que debería ser una ley NACIONAL puedan destinarse al desarrollo
comunal?
En resumen, estamos regresando a
la descentralización adeco- copeyana que pretendíamos desterrar.
De aprobarse la consulta
planteada por el gobernador Héctor Rodríguez, cualquier policía la puede
aplicar si te mira mal. No tenemos una policía preparada para hacer cumplir la
ley con ética ciudadana. ¿Se imaginan pasar por Chacao con está ley aprobada?
Los policías de dicho municipio se harán multimillonarios.
30% de la multa, de la ley de
convivencia ciudadana, 700 UT (50 BsS) = 35.000 x 30% para el funcionario=
10.500 Bs. Imagínense la carrera por la
matraca.
Pero, cabe destacar que en Chacao
echaron para atrás una que señalaba lo mismo de incentivar a los funcionarios
policiales.
Esta ley de Chacao era una
reforma a la ordenanza de convivencia ciudadana también.Y daba incentivo a los
funcionarios actuantes. La vaina era que creaba una unidad de medición
tributaria municipal que se referenciría al cambio oficial (en dólares en
aquella oportunidad, y esto fue anulado por el TSJ, cabe destacar).
Esto que se va a consultar el domingo
es copia al calco de la ordenanza de convivencia ciudadana de Chacao. Bueno si
la ley fue aprobada hace un año, en Chacao lo que hicieron fue copiarla y
convertirla en ordenanza.
Dijo el alcalde de Chacao en una
nota de El Universal: Nuevas ordenanza de convivencia ciudadana en Chacao:
Las multas colocadas, se
calcularán de acuerdo al valor en que se ubique el dólar oficial, indicó el
Alcalde de la localidad.
Acá la nota transcrita en su
totalidad en aquella oportunidad:
El alcalde del municipio Chacao,
Gustavo Duque, dio a conocer que este lunes 10 de junio entró en vigencia la
nueva Ordenanza de Convivencia Ciudadana, la cual incluye diversas medidas sancionatorias.
“Nosotros vamos a recuperar el orden como sea.
Sé que lamentablemente, a veces cuando le tocas el bolsillo a las personas es
que reaccionan. Lo vamos a hacer de forma organizada”, dijo el alcalde. Así mismo explicó que al momento del cobro
de dicha sanción el 30% irá al “bolsillo del funcionario”, el otro 30% se
dividirá entre personal administrativo de la policía y 40% será para el
mantenimiento de las unidades, detalló Duque en la entrevista.
El dirigente local indicó a Unión Radio, desea recuperar el municipio en
el que todos los ciudadanos respetaban y cumplían las leyes, Detalló que las
multas colocadas, se calcularán de acuerdo al valor en que se ubique el dólar
oficial.
“A partir de hoy vamos a informar a todos los
vecinos y a las personas que visiten el municipio sobre la nueva ordenanza”,
indicó.
En resumen, la Ley de
Convinvencia para la Seguridad y la Paz Ciudadana del estado bolivariano de
Miranda es una ley burguesa sacada de Wenstonzuela porque la consulta sin
plantear cuáles artículos de la ley de convivencia ciudadana serán modificados
es una oferta engañosa.
Hasta fijemonos en la pregunta
que los habitantes del estado bolivariano de Miranda deben responder el día
mañana en dicha consulta:
¿Esta usted de acuerdo con que la
administración, recaudación y coordinación de los fondos por aplicación de la
Ley de Convivencia para la Seguridad y la Paz Ciudadana sean transferidos a las
comunas? Es decir, hasta la pregunta está mal redactada.
Pero no dicen y nunca han
planteado cuáles artículos de la ley serán los que van a cambiar.
¿Se acuerdan de la formulación de
la pregunta del referendo de la enmienda constitucional de 2009?
Así fue:
"¿Aprueba usted la enmienda
de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución de la República,
tramitada por la Asamblea Nacional, que amplía los derechos políticos del
pueblo con el fin de permitir que cualquier ciudadano o ciudadana, en ejercicio
de un cargo de elección popular, pueda ser sujeto de postulación como candidato
o candidata para el mismo cargo por el tiempo establecido constitucionalmente
dependiendo su posible elección exclusivamente del voto popular?"
O la pregunta del referendo
revocatorio del 15 de agosto de 2004 contra Hugo Chávez, convertido en
ratificatorio.
Así también fue dicha pregunta:
¿Está usted de acuerdo con dejar
sin efecto el mandato popular otorgado, mediante elecciones democráticas
legítimas, al ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías como presidente de la
República Bolivariana de Venezuela para el actual periodo presidencial?"
O la pregunta del referendo del 2
de diciembre de 2007 de la reforma constitucional, la cual perdimos por las
pestañas de un mosquito.
Esta fue la pregunta y los
bloques:
¿Aprueba usted el proyecto de Reforma
Constitucional con sus Títulos, Capítulos, Disposiciones Transitorias,
Derogatoria y Final; presentado en dos bloques y sancionado por la Asamblea
Nacional, con la participación del pueblo y con base en la iniciativa del
Presidente Hugo Chávez?
Bloque A
Artículos: 11, 16,
18, 64, 67, 70, 87, 90, 98, 100, 103, 112, 113, 115, 136, 141, 152, 153, 156,
157, 158, 167, 168, 184, 185, 225, 230, 236, 251, 252, 272, 299, 300, 301, 302,
303, 305, 307, 318, 320, 321, 328, 329, 341, 342, 348.
- SI
- NO
Bloque B
Artículos: 21, 71,
72, 73, 74, 82, 109, 163, 164, 173, 176, 191, 264, 265, 266, 279, 289, 293,
295, 296, 337, 338, 339.
Luego no se quejen
de los reusltados ni le echen la culpa al pueblo.
Ahí se las dejo.
¡Alerta, Alerta! ¡Alerta que
camina! ¡La Espada de Bolívar por América Latina!
¡Leales Siempre! ¡Traidores Nunca!
¡Independencia y Patria Socialista!
¡Viviremos y Venceremos!
* Abogado, Defensor de Derechos Humanos, Militante
Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiteros y Tutiteras Socialistas. Www.juanmartorano.blogspot.com , www.juanmartorano.wordpress.com , jmartoranoster@gmail.com, j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar , cuenta tuiter e instagram: @juanmartorano, cuenta
facebook: Juan Martorano Castillo. Canal de Telegram: El Rincón de Martorano.
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