Jorge Mier Hoffman
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La pérdida territorial de Venezuela comenzó con la cobardía de España, en 1797, cuando el gobernador se rindió a una escuadra británica que atacó la isla de Trinidad para colonizar esa Provincia que fue de Venezuela por tres siglos… Luego… Tras el Tratado de Amiens de 1802, la Gran Bretaña se anexa la isla a la cual unirá también su vecina Tobago, para constituir una sola unidad colonial inglesa que llamará "Trinidad y Tobago".
Y precisamente… en procura de mantener la unidad territorial de la vorágine imperialista, y luego de ocho años de lucha, Simón Bolívar logra la independencia de Venezuela..! Dejándonos una seria advertencia a los venezolanos:
"Divididos, seremos más débiles, y menos respetados de los enemigos y neutrales. La unión, bajo un Gobierno Supremo, hará nuestra fuerza y nos hará formidables a todos. Es preciso que el gobierno se identifique, por decirlo así, al carácter de las circunstancias, de los tiempos y de los hombres que lo rodean. Si estos son prósperos y serenos, él debe ser dulce y protector; pero si son calamitosos y turbulentos, él debe mostrarse terrible y armarse de una firmeza igual a los peligros"
Simón Bolívar
Para el momento en que Bolívar instaura la Tercera República, luego de la batalla de Carabobo en 1821, la extensión del Venezuela era de ¡Dos millones quinientos mil kilómetros cuadrados! (2.500.000 Kms2)… Una cantidad inmensamente grande si la comparamos con un poco más de novecientos dieciséis mil kilómetros cuadrados que nos quedan (916.445 Kms2)… Eso significa que hemos perdido el doble del territorio… Y con la amenaza de perder mucho más…
Qué nos pasó luego que murió Bolívar..?
ESTA ES LA HISTORIA
En el Derecho Internacional, el concepto "Uti Possidetis Juris" define la territorialidad de las naciones. Una frase latina, de difícil pronunciación, que se interpreta así:
"poseerás lo que poseías legalmente"
Por lo tanto el "Uti Possidetis Juris" es un principio universalmente aceptado en el Derecho Internacional, para definir las fronteras de los Estados y las Naciones que surgieron durante los procesos de descolonización en el continente africano como en el continente americano, quienes sufrieron la colonización de los imperios europeos. Es decir, que las naciones que se independizan obtienen, como límites territoriales, los mismos espacios geográficos ocupados por las colonias invasoras, bajo el principio:
"poseerás lo que poseías legalmente"
En lo que respecta a Venezuela, la posesión española surge con Cristóbal Colón el 3 de agosto 1498, en su tercer viaje, al tomar posesión, en nombre de España, de las tierras bañadas por las aguas del golfo de Paria a las que llamó "Tierra de Gracia", a partir del cual se inicia la colonización del Continente.
Casi tres siglos después, las posesiones españolas fueron definidas por la Real Cédula del rey Carlos III, del 8 de septiembre de 1777, cuando crea la Capitanía General de Venezuela con una superficie estimaba en 2.500.000 Kms2 que unificaba en una sola capitanía las provincias de Cumaná, Maracaibo, Margarita, Trinidad y la Guayana con el Esequibo, cuya territorialidad se extendía desde el Cabo de la Vela hasta la desembocadura del río Esequibo con una extensión de 2.500.000 Kms2. Territorio español que fue asumido y administrado por los venezolanos en dos actos de soberanía:
1) El 19 de abril de 1810 cuando Venezuela asume el control de su territorialidad en franca rebeldía al nuevo monarca español, José Bonaparte.
2) Y al año siguiente, el 5 de julio de 1811, cuando Venezuela declara su independa de España, que en su primera Constitución, del 23 de diciembre de 1811 en su artículo 5º, establece los límites territoriales: "Los límites de los Estados Unidos de Venezuela son los mismos que el año de 1810 correspondían a la antigua Capitanía General de Venezuela".
Por consiguiente, y según el sagrado principio del Derecho Internacional, "Uti Possidetis Juris", ¡No existe ninguna duda! Venezuela ocupa los mismos territorios que correspondían a la Capitanía General de Venezuela cuyos límites fueron definidos en 1777.
Luego de la batalla de Carabobo, el Libertador firma la Constitución, llamada "Ley Fundamental de la Unión de los pueblos de Colombia" firmada en Villa del Rosario de Cúcuta el 30 de agosto de 1821, que en su título II Del Territorio de Colombia artículo 6º, dice lo siguiente:
"El territorio de "La Gran" Colombia (que lo conformaban la actual Colombia y Venezuela) es el mismo que comprendían el antiguo virreinato de la Nueva Granada y Capitanía General de Venezuela"
Simón Bolívar, para ratificar la soberanía territorial de Venezuela, mediante un documento que llamó "Instrucciones de Cúcuta" del 11 de octubre de 1821, envía misiones diplomáticas a Perú, Chile, Buenos Aires y México, con el fin de difundir una Confederación de Naciones americanas, en la cual destaca lo siguiente:
"Las partes se garantizan mutuamente la integridad de sus respectivos territorios en el mismo pie en que se hallaban antes de la presente guerra, debiendo respetarse los límites que tenía en aquel tiempo cada Capitanía General o Virreinato, que ha reasumido en el día del ejercicio de su soberanía"
De esta manera Simón Bolívar ratificaba el "Uti Possidetis Juris" para la República de Venezuela y su territorialidad que se corresponde con la Capitanía General de Venezuela, cuyos límites se extendían desde el Cabo de la Vela hasta la desembocadura del río Esequibo en una extensión de 2.500.000 Kms2.
Si es así de clara la territorialidad de Venezuela… Entonces..! ¿Cómo Venezuela perdió el doble de su actual territorio?
La respuesta es muy simple: Por la traición al Libertador..!
Primera Traición: José Antonio Páez favorece a Colombia.
Con Francisco de Paula Santander acuerda el Tratado "Michelena – Pombo" que estableció la línea fronteriza a partir del Cabo de Chichivacoa, en la costa Norte de la Goajira hasta su extremo meridional en la frontera con Brasil. Desconociendo con este Tratado, que el límite original de Venezuela no comienza en el Cabo de Chichivacoa, sino en el Cabo de la Vela como lo señalaba la Capitanía General de Venezuela. Mediante esta ilegal delimitación Páez entregaba a Colombia buena parte de la Goajira venezolana más 44.490 Kms2 de los llanos de Casanare, que formaban parte de los llanos venezolanos irrigados por el Meta y el Orinoco, lugar donde se concentraron los ejércitos libertadores, al mando de Simón Bolívar, que hicieron la travesía del Páramo de Pisba y que concluyó con las victorias militares de Pantano de Vargas, Boyacá y la independencia de la actual Colombia.
Segunda Traición: José Antonio Páez favorece a Brasil.
Durante el primer gobierno de José Antonio Páez, su negociador Santos Michelena, le cede a Brasil parte de nuestro territorio al sur de las sierras Tapira-peco y Pacaraima, que comprende la gran mayoría del territorio que ocupa actualmente el estado de Roraima y su capital Boavista, alegando que teníamos demasiada tierra ociosa ¡Una sorpresa para el negociador brasileño! pues Brasil ofrecía que la frontera entre los dos países fuera el rio Amazonas.
Tercera Traición: José Antonio Páez favorece a Gran Bretaña.
Durante el último gobierno de José Antonio Páez, y con la anuencia de su negociador Pedro Rojas, meses antes del Tratado de Coche que puso fin a la Guerra Federal, los ingleses extienden sus límites territoriales de su Guayana Británica más al Oeste del río Esequibo, por ser una región rica en yacimientos de Oro. Invasión que hacen bajo la complacencia del gobierno de un Páez lisonjeado por la Corte británica que le obsequiaba espadas de oro y pedrerías.
Cuarta Traición: El 5 de abril de 1941 el Presidente Eleazar López Contreras entregar 108.000 Kms2 de nuestra Guajira, cediéndole a Colombia una pequeña porción de costas del Golfo de Venezuela en el mapa colombiano, pero bajo el concepto de "costa seca", según el cual, a partir de la playa todas las aguas continuarían bajo jurisdicción venezolana.
López Contreras argumentó que los comisionados, venezolanos y colombianos, no hallaron el "Mogote de Los Frailes" en el Cabo de la Vela como el límite Norte occidental que señala la Capitanía General de Venezuela. Fue así como los comisionados establecieron un límite provisorio en un lugar que llamaron "Castillete" hasta tanto se encuentre el hito histórico. ¡Y aquí lo increíble! luego de 74 años, nuestras Cancillerías, en todo ese tiempo, en lugar de buscar el hito el "Mogote de Los Frailes" para restituirle a Venezuela la Goajira y así acabar con las pretensiones de Colombia, nuestros diplomáticos escuchan las pretensiones de Colombia en el Golfo de Venezuela por ese asunto de la "Costa Seca" que le ha generado a Colombia ilegítimas e ilegales pretensiones.
Quinta Traición: El 3 de octubre de 1899 un Tribunal de Arbitraje dictó una decisión unánime que se conoce como "Laudo Arbitral de París" para dirimir la demarcación territorial que demarca el límite entre Venezuela y la Guayana Británica, expropiándoles a Venezuela el 90 % del Territorio Esequibo… Traición que fue confesada 45 años después por uno de los árbitros que participaron. A su muerte, Severo Mallet-Prevost, dejó una "Confesión" para ser publicada luego de su Muerte, donde dice:
"Si bien es cierto que en la decisión el Tribunal le dio a Venezuela el sector el litigio más importante desde el punto de vista estratégico, como lo es la desembocadura del Orinoco, fue injusta para Venezuela y la despojó de un territorio muy extenso e importante, sobre el cual la Gran Bretaña no tenía, en mi opinión, la menor sombra de derecho"
Ante las "pruebas" consignadas por Venezuela, el 17 de febrero de 1966 se firma en Ginebra el "Acuerdo de Ginebra", que deja sin efecto el "Laudo Arbitral de París" viciado de nulidad, para resolver la controversia…
La Corte Británica, al sentirse amenazada por una decisión a favor de Venezuela, activa una jugada diplomática que le concede a Guyana su independencia, pero manteniendo el control del Gobierno, para crear la República Cooperativa de Guyana, pues Guyana es parte de la "Comunidad de la Commonwealth" cuya cabeza es la reina Isabel II de Gran Bretaña… Comunidad que busca garantizar la mayor cantidad de riquezas a la Corona Británica. Fue una "independencia" que buscaba desviar la atención del "Poderoso Imperio Ingles invadiendo un territorio venezolano", para colocar el asunto limítrofe en manos de "débiles colonos libres", pero sometidos a la autoridad de la reina de Inglaterra.
El 26 de marzo de 1966 cuando Guyana se declara independiente ¡Pero fiel a la Corte Inglesa! Venezuela reconoce al nuevo país pero sólo en su parte al este del río Esequibo. Desde entonces… y luego de 49 años, el asunto del Territorio Esequibo sigue paralizado en espera de un ¡No sé qué! Puesto que la desidia de Venezuela, en acelerar una restitución territorial basado en el "Uti Possidetis Juris", ha permitido que Guyana explote los territorios en reclamación.
Sexta Traición: Durante el primer gobierno de Carlos Andrés, se le entrega a Colombia la serranía de Perijá de Montes de Oca, de casi 9 mil hectáreas, con las minas de carbón de Cerrejón como la mina de carbón a cielo abierto más grande del mundo ¡Y aquí lo increíble! Adicionalmente a la cesión territorial el Presidente venezolano le da a Colombia dos mil millones de dólares para colaborar en la explotación de nuestra propia mina.
En fin… son seis actos de traición que en 194 años se han hecho a la Patria que nos legó Simón Bolívar, y que ante las amenazas que se nos avecinan, nos alerta en invocar de nuevo a un Libertador para evitar una nueva traición que nos quite el Esequibo y el Golfo de Venezuela, pues no es un asunto del Gobierno de turno ni de políticos ni de cancilleres, sino de la voluntad del pueblo venezolano, manifestando su voluntad en un Plebiscito Consultivo quien, en sus 25 constituciones, ha ratificado la Soberanía Nacional en base a los límites de la Capitanía General de Venezuela, tal cual dice nuestra actual Constitución Bolivariana de Venezuela:
TITULO II
DEL ESPACIO GEOGRÁFICO
Artículo 10. El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad.
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