GABRIELA DEL MAR RAMÍREZ
La familia es el contexto más idóneo para el desarrollo humano. Basándose en esta premisa, la Doctrina de la Protección Integral establece que los niños, niñas y adolescentes deben ser cuidados y criarse en el seno de su familia biológica. Solo cuando sea imposible garantizar la reinserción familiar –porque esta no existe o porque atenta contra el interés superior del niño, niña o adolescente– se dictarían medidas que implican la separación de la familia de origen.
Con la antigua Ley Tutelar del menor (vigente hasta el año 2000) se preveían infinidad de situaciones en las cuales era posible separar a los niños, niñas y adolescentes de sus familias, prefiriendo como modelo de atención su internamiento en instituciones cerradas. En nuestro actual ordenamiento jurídico, el rol fundamental de las familias se encuentra respaldado. Evitar la institucionalización es un propósito distintivo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perfecta armonía con la Constitución Bolivariana y los Tratados Internacionales.
En el ejercicio de su rol constitucional de promoción defensa y vigilancia de los derechos humanos, la Defensoría del Pueblo promueve la celeridad en la resolución de los conflictos que dan origen a la desvinculación familiar.
Por otro lado, a través del trabajo de las defensorías delegadas estadales, del Programa de Formación sobre el Derecho al Buen Trato, del Programa Defensores y Defensoras Escolares y del Programa Haciendo Comunidad, la Defensoría pone el énfasis en la prevención, la promoción de derechos y la organización comunitaria, buscando evitar no solo en las consecuencias del abandono familiar, sino sus causas.
Defensora del Pueblo
En el ejercicio de su rol constitucional de promoción defensa y vigilancia de los derechos humanos, la Defensoría del Pueblo promueve la celeridad en la resolución de los conflictos que dan origen a la desvinculación familiar.
Asimismo, en el marco de sus atribuciones, vigila las acciones que se emprenden desde cada entidad de atención: que los equipos multidisciplinarios estén conformados adecuadamente; que los expedientes sean manejados con responsabilidad, y que no falte el estudio que permite conocer la situación real de cada infante o adolescente, para reinsertarlo en su medio familiar cada vez que sea procedente. Y cuando la estadía de un niño en su hogar es imposible o contraria a su interés superior, promueve que los informes sean remitidos de manera oportuna a los tribunales de protección, en aras de revisar las medidas y evaluar las posibilidades de colocación familiar o adopción, según sea el caso.
Por otro lado, a través del trabajo de las defensorías delegadas estadales, del Programa de Formación sobre el Derecho al Buen Trato, del Programa Defensores y Defensoras Escolares y del Programa Haciendo Comunidad, la Defensoría pone el énfasis en la prevención, la promoción de derechos y la organización comunitaria, buscando evitar no solo en las consecuencias del abandono familiar, sino sus causas.
Defensora del Pueblo
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