Punto Final Chile es uno de los pocos países en el mundo que criminaliza el aborto en todas las circunstancias, incluyendo la violación y el riesgo para la vida y salud de la madre. Su prohibición constituye un grave problema de salud pública y su penalización, una violación a los derechos humanos de las mujeres y consagra una injusticia social, porque son las más pobres quienes se ven mayormente afectadas.
“El Estado, y su herencia dictatorial, obliga a las mujeres a ser madres, afectando la calidad de sus vidas al ser forzadas a realizar un servicio maternal obligatorio”, señala la declaración de las organizaciones feministas que convocaron a la marcha del 25 de julio. Bajo la consigna “Abortar la hipocresía, el patriarcado, la dictadura moral y la maternidad forzada”, la manifestación terminó con la toma de la Catedral Metropolitana. Allí el grito “Saquen sus rosarios de nuestros ovarios. Por un aborto libre, seguro e igualitario”, obligó a suspender la misa que encabezaba el arzobispo de Santiago, Ricardo Ezzati. Aun cuando no todas las organizaciones feministas apoyaron esa acción, concordaron en rechazar la influencia de la Iglesia Católica para bloquear todo intento de ampliar las libertades y derechos reproductivos y sexuales de las mujeres.
Pamela Eguiguren Bravo, académica de la Escuela de Salud Pública e integrante del núcleo técnico del Observatorio de Equidad de Género en Salud, afirmó que “ha habido una presión muy grande de la Iglesia Católica en Chile, pero también de un brazo político representado en el Parlamento que impide avances en materia de derechos de las mujeres. No se trata sólo de la derecha, sino también de sectores del progresismo que se esperaría tuvieran una voluntad política mayor”.
María Isabel Matamala Vivaldi, de la Articulación Feminista por la Libertad de Decidir y de la Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe, afirma que las mujeres en Chile al abortar son criminalizadas y tratadas como delincuentes: “Exigimos ampliar las libertades de las mujeres, el derecho a decidir y a ejercer la autonomía sobre nuestros cuerpos, sobre nuestras vidas (…). Nuestros úteros no son bienes nacionales, el Estado no puede decidir y meterse en nuestros cuerpos. Con esta negación de derechos las más afectadas están siendo las mujeres pobres, las adolescentes y las niñas. Estas últimas, producto de la violencia sexual, son obligadas a llevar a término sus embarazos. Hoy deben transformar su drama en un espectáculo y esperar un veredicto de la sociedad en lugar de justicia para ellas. Nos movilizamos por conseguir una ley acorde con los derechos y libertades que las mujeres merecen”.
Para las feministas, en el caso del aborto terapéutico, malformación fetal grave y violación, las mujeres son reducidas a meros recipientes que deben resignarse y sacrificar incluso su vida, en pos de una potencialidad de persona. Es decir, ni en las situaciones más extremas tienen la opción de decidir, porque desde el mismo Estado se les coacciona a cumplir el mandato de la maternidad.
DERECHOS HUMANOS Y CRIMINALIZACION DEL ABORTO
“Chile es uno de los cinco países del mundo que prohíbe el aborto en todos los casos. Los otros países son todos latinoamericanos. Eso significa que ni siquiera los países musulmanes evidencian tan poco respeto por la mujer”, afirma Alejandra Zúñiga-Fajuri, académica de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso.
La autonomía de las mujeres es un factor fundamental para garantizar el ejercicio de sus derechos humanos en un contexto de plena igualdad. El control sobre su cuerpo, la capacidad de generar ingresos y recursos propios (autonomía económica) y la plena participación en la toma de decisiones que afectan su vida y su colectividad, son los tres pilares para lograr mayor igualdad de género.
“Todos los órganos de protección y fiscalización de cumplimiento de las normas de derecho internacional han declarado, sin excepción, que la prohibición total del aborto es contraria a los derechos humanos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su sentencia Artavia Murillo, de 2012, señaló que la vida de la madre es la que está protegida por el artículo 4º de la Convención Americana de Derechos Humanos (conocida como Pacto de San José), y que la vida y protección del embrión es progresiva”, señala la abogada Zúñiga-Fajuri. “La sentencia de la Corte Interamericana establece que el óvulo fecundado no anidado en el útero materno, no posee protección a la luz de la Convención Americana. Además, que ahí no existe propiamente ‘concepción’, sino ‘fecundación’. Por ello, en su fallo, la fecundación in vitro es declarada legítima y un derecho reproductivo de quienes son infértiles”, explica la jurista.
Para la académica de la Universidad de Valparaíso el aborto hasta el tercer trimestre de embarazo debiera ser libre, seguro y gratuito. “Las estadísticas muestran que sólo el 0,01 por ciento de los abortos se realizan en el último trimestre. Los países que han despenalizado el aborto tienen tasas de interrupción del embarazo significativamente menores que nosotros. Es decir, la despenalización no solo protege y respeta la vida y salud de las mujeres, sino que disminuye los abortos”.
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), los abortos clandestinos en América Latina aumentan conforme más restrictivas son las leyes. Y es que las mujeres buscan soluciones desesperadas para poner fin a embarazos no deseados. En Chile no existen cifras exacta, pues el aborto es una práctica oculta que nadie reconoce por miedo a la condena social y penal. Diversas fuentes estiman que se realizan entre 160.000 y 180.000 abortos al año, en diversas condiciones que dependen fundamentalmente del estrato social de la mujer. Las mujeres con recursos se realizan abortos en clínicas privadas o viajan al extranjero, mientras que las más pobres mueren por procedimientos clandestinos insalubres y precarios.
Pamela Eguiguren Bravo afirma que “Chile ha avanzado en términos de la tecnología de las condiciones sanitarias, por tanto, el aborto clandestino no tiene un reflejo en la mortalidad materna. Eso permite que el aborto no se vea, porque mientras siga penalizado no hay registros”.
CONSERVADURISMO DE LA LEGALIDAD DEL ABORTO EN CHILE
En Chile las leyes contra el aborto se encuentran en el Código Penal, bajo el título de “Crímenes y Delitos contra el Orden Familiar y la Moralidad Pública”, caracterizándose como una de las legislaciones más restrictivas del mundo. La regulación penal considera a la mujer y el valor de su vida como un bien jurídico, subordinado al feto en gestación. Esta consideración es reforzada por la Constitución de 1980, en el artículo sobre garantías y derechos de las personas, en el párrafo que garantiza la protección de “la vida del que está por nacer”, separando esta vida de quien la concibe y de su libertad para decidir respecto del embarazo.
Chile es el único país de América del Sur donde el aborto es prohibido en cualquier circunstancia, y el único que se ha movido en dirección contraria a la corriente de la historia, volviéndose más conservador con el tiempo. El aborto terapéutico estuvo permitido desde 1931 a 1989, a través del artículo 119 del Código Sanitario. Toda mujer cuya vida estuviera en peligro podía solicitar un aborto si contaba con la aprobación de dos médicos. Sin embargo, debido a las gestiones de la cúpula de la Iglesia Católica y de personeros de la dictadura militar, en diciembre de 1989 se derogó dicho artículo y se penalizó sin excepción el aborto.
“Una legislación de aborto terapéutico resolvería una parte muy marginal del problema. La gran masa de los abortos clandestinos se realizan por razones vinculadas a las circunstancias que las mujeres enfrentan, a determinantes sociales como la pobreza, o un sistema que no da protección social a la ciudadanía en materia de educación y salud. Por tanto, tener hijos en esta sociedad es complicado”, sostiene Pamela Eguiguren.
En 1990 la tasa de fertilidad de Chile fue de 2,6 hijos por mujer. Para 2011, según el Banco Mundial, la cifra se había reducido a 1,8 hijos por mujer, igualando a Brasil como el más bajo de América del Sur. Frente a este escenario, el presidente Piñera anunció la asignación de un bono por maternidad de 100 a 200 mil pesos a las parejas que tengan tres o más hijos. La noticia del “Bono Opus Dei” fue portada en la prensa internacional, destacando lo ineficaz de la medida y calificando a Chile como uno de los países más conservadores del mundo. En Chile las críticas apuntaron a cómo se pretende promover la crianza de un cuarto o quinto hijo, cuando se gana un sueldo mínimo.
JAIME GUZMAN Y EL ABORTO
Durante el funcionamiento de la Comisión de Estudios de la Nueva Constitución, encargada de discutir el anteproyecto de la nueva Carta Fundamental, Jaime Guzmán Errázuriz trató de introducir una prohibición constitucional del aborto. “La madre debe tener el hijo aunque éste salga anormal, aunque no lo haya deseado, aunque sea producto de una violación o, aunque de tenerlo, derive su muerte”. Fue el discurso del fundador de la UDI en noviembre de 1974, que consta en actas oficiales de la Comisión Constituyente. Finalmente, los demás redactores de la Constitución de 1980 no aceptaron esa moción, por lo que sólo establecieron, en su artículo 19 número 1, que “la ley protege la vida del que está por nacer”, con lo que la regulación de la materia quedó radicada en la ley.
ABUSO SEXUAL A NIÑAS
Con la actual legislación, las niñas embarazadas como consecuencia de una violación, o cuando el embarazo amenaza su vida o salud, están obligadas a continuar con sus embarazos, independientemente de los riesgos.
El caso de Belén, la niña de 11 años violada y embarazada por su padrastro, ha reabierto el debate en torno al aborto y también ha puesto sobre la mesa el grave problema de la gran cantidad de los menores que sufren abuso sexual. El Colegio de Matronas informó que así como Belén, otras veinte niñas enfrentan una situación similar. Según la entidad, en el país hay un alto número de casos de incesto que no son reportados, y señaló que este delito es tan frecuente, que es una de las principales causas de embarazo adolescente. Además, asegura que el 10 por ciento de los embarazos adolescentes ocurren en niñas menores de 14 años, y el 70 por ciento de estos casos son consecuencia de incesto.
Chile debe respetar tratados internacionales
La Organización Mundial de la Salud, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Europea de Derechos Humanos, Amnistía Internacional, Human Rights Watch, el Comité de la ONU Contra la Tortura, entre otros, han declarado en los últimos años que la penalización del aborto, cuando la vida o salud de la madre corren peligro o cuando el embarazo es producto de una violación, constituye un acto de tortura que viola los derechos humanos básicos de las mujeres.
La violación es considerada una de las principales manifestaciones de violencia contra la mujer por la Convención de Belém do Pará (1996) y por el Estatuto de Roma (1998), que crea la Corte Penal Internacional entre otros instrumentos de derechos humanos ratificados por Chile. Sin embargo, en nuestro país la violación no es una razón válida para justificar la interrupción de un embarazo.
Amnistía Internacional advierte que la criminalización del aborto constituye una brecha respecto del derecho internacional de derechos humanos, y que existe acuerdo entre los expertos de que el embarazo presenta riesgos específicos y consecuencias potencialmente de largo plazo para la salud física y mental de las niñas.
El movimiento feminista en Chile demanda no solo contar con una legislación como la que existía antes de la dictadura militar, a través de un proyecto que reponga el aborto terapéutico, sino que el Estado garantice el aborto libre, seguro y gratuito, conforme al derecho internacional.
Publicado en “Punto Final”, edición Nº 788, 23 de agosto, 2013
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