lunes, 22 de octubre de 2018

Principios fundamentales

Luis Britto García.- Un país nace de pleno derecho al darse una Constitución y muere de hecho al admitir que sean destruidos sus Principios Fundamentales. Un texto constitucional puede alumbrar soberanías o abortar colonias. Dispone el artículo 1 de los Principios Fundamentales de la Constitución vigente: “La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional. Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional”.
Renunciar a cualquiera de estos derechos fundamentales es entregarlo todo. Decía Juan Jacobo Rousseau que nadie puede consentir en ser esclavo, pues la locura no crea derechos. Tampoco puede una República renunciar a darse sus propias leyes, a ejecutarlas con sus propias autoridades y a resolver con sus propios tribunales las controversias que dicha ejecución suscite, pues al ceder cualquiera de dichos atributos de la soberanía se convierte automáticamente en colonia. Por lo mismo que nadie puede voluntariamente dejar de ser libre, menos puede un país renunciar a la inmunidad: al derecho de resolver las controversias sobre sus cuestiones de interés público con sus propios tribunales, sin que sus sentencias puedan ser anuladas o enmendadas por cortes, árbitros o jueces extranjeros.
El artículo 2 de la CRBV consagra “como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”. No puede la Constituyente violar el doblemente consagrado principio de igualdad otorgando mayores derechos a un sector de los venezolanos que a otro por razones de cultura, raza, etnia, ascendencia o creencias, y mucho menos confiriéndole mayores derechos que a los venezolanos a personas o empresas extranjeras. Así como es irrenunciable para la Nación la autodeterminación nacional, lo es para el ciudadano la lealtad única, exclusiva y excluyente hacia Venezuela. Nadie puede servir a dos patronos, ni puede subsistir una República cuyos ciudadanos deban lealtad hacia otro u otros Estados diferentes, posiblemente antagónicos.
Quien pisotea principios prepara el final.
Luis Britto García
brittoluis@gmail.com

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