Alerta: el TSJ considera más importante la celeridad al derecho humano de tener una vivienda.
Victoria Elena Otero de Chacín.
En nuestro insólito universo no dejan de pasar cosas que nos dejan
boquiabiertos, una sentencia del 03 Octubre de este año de la Sala
Constitucional del TSJ dispone que pasados 6 meses de que se hayan
cumplido todos los extremos legales (procedimiento administrativo y el
judicial de desalojo, para ejecutar la sentencia que lo acuerda), si el
gobierno no le ha conseguido refugio al inquilino desalojado, va para la
calle y por supuesto desde debajo de un puente podrá intentar un
procedimiento administrativo contra el Ministerio de Habitat para que lo
ubique en alguno. Su justificación es que no se puede permitir que el
arrendador quede desprotegido porque la Ley no fija tiempo alguno para
que se produzca el desalojo.
La sentencia dice:
"En tal sentido, y tomando en consideración que los procesos judiciales
deben resolverse en un plazo razonable y sin demora causada por la
arbitrariedad e injustificada pasividad del juzgador o por la indebida
influencia de terceros, esta Sala estima necesario armonizar el régimen
administrativo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de
Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas con la
ejecución de sentencia, ambas expresiones de derechos constitucionales. A
tal efecto, tratándose de una actuación administrativa la Sala entiende
necesario fijar un plazo perentorio vencido el cual el Tribunal se
encuentre habilitado para ejecutar su decisión. Siendo así, en función
de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica de Procedimientos
Administrativos, que dispone un lapso de 4 meses para que el ente
administrativo, es decir, la Superintendencia Nacional de Arrendamiento
de Vivienda emita un pronunciamiento, más una prórroga de dos (2) meses
si media un acto expreso que la declare, ha de ser ese el lapso racional
y suficiente para que la ejecución de un fallo definitivamente firme
que ordene el desalojo esté a la espera de que la autoridad
administrativa garantice el destino habitacional del arrendatario.
Vencido este plazo sin que haya habido pronunciamiento expreso de la
Administración, el juez entonces quedará habilitado para proceder a la
ejecución de la sentencia; sin menoscabo de las facultades del
administrado para instar a la Administración a que cumpla con el deber
de solucionarle transitoriamente su problema habitacional. Así se
decide."
¿Desahucios?, en un estado que pretende, como el nuestro llegar a un
socialismo humanista autóctono, no debe existir la figura super
capitalista del arrendamiento, eso en primer lugar, pero como existe y
es un hecho, una Ley de nuestra República vino a proteger a los
inquilinos, para que, ante la imposibilidad de adquirir una vivienda ni
nueva ni usada, por el altísimo costo de las mismas, los inquilinos
pudieran permanecer en aquellas que mediante el arrendamiento habían
logrado. Pero vino la Sala Constitucional, nada menos que la Sala
Constitucional que debería tener por norte nuestra sagrada Constitución,
y de un plumazo los puso en la calle, si el Ministerio no les responde
con un refugio que es lo que señala la ley.
Convoco a Diosdado y a toda la AN para que de inmediato y aunque eso
signifique que no se van de vacaciones (en realidad no se deberían ir de
vacaciones, ningún funcionario público y mucho menos la AN, el TSJ,
etc. debe de irse de vacaciones porque no está la masa para bollos),
apruebe y publique una Ley que obligue a todo el que tiene una vivienda
alquilada a darla en venta, a precio justo, a su inquilino, el cual si
no la puede comprar tendrá derecho a permanecer en ella, como inquilino y
pagando el arrendamiento justo, hasta que consiga el crédito bancario
que se le permita comprarla, sin límite de tiempo. Por supuesto si el
inquilino no está al día con su arrendamiento, deberá ponerse al día en
el lapso que le da la Ley y eso sin derecho a pataleo.
La justicia tiene que proteger al débil, el que tiene una vivienda para
alquilar, salvo excepciones que tendrían que ser examinadas como tales,
tiene por lo menos una situación económica mejor que el que no tiene
ninguna, y mucho más si tiene más de una vivienda para alquilar.
Con posturas como éstas vamos para el barranco
Rodilla en tierra y esperando que la AN trabaje en algo
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