miércoles, 31 de octubre de 2007

Escuche el tema: "Ahora vamos por el SI" de LLoviznando Cantos

http://www.lloviznandocantos.org/mus/lloviznando_cantos_ahora_vamos_por_el_si.mp3

Revolución

PSUV DE GUARICO Willian Lara 25/10/07

Vea el Video - Hojilla de Anoche, Felipe Pérez Roque

Presidente Chávez recibe a modelo Naomi Campbell en el Palacio de Miraflores

Alí, hoy escribo para ti…

Natacha Inatti

Alí hoy escribo para ti. Hoy cuando cumples 65 años, hoy cuando te sentimos tan vigente y tan nuestro, no hay distancia ni circunstancia que nos haga imaginar siquiera que no estás.Tu presencia se ha hecho canción, tu canción se ha hecho mensaje y ese mensaje sigue siendo la reflexión necesaria, oportuna, solidaria y comprometida que tanta falta hace para apuntalar nuestro proceso de cambios y salvaguardarlo de los oportunistas, los acomodaticios y los fariseos. Revolución y amor son sinónimos, nadie puede convencerme de lo contrario. Eso lo aprendí en mi formación de hogar, y lo suspiré en las canciones de Alí. Aún recuerdo cuando tuve la suerte de verlo por primera vez. Era aún una adolescente, pero sabía a quién estaba escuchando y sabía el por qué de esas letras.En una inmensa grúa, la voz de Alí, con su guitarra y su verbo, se pasearon sobre los miles y miles de personas que, en la Av. Bolívar de Caracas, se reunieron para el cierre de campaña de un sempiterno candidato de izquierda. Alí siempre fue más que poesía, quienes lo definen como eso, se quedan cortos en sus apreciaciones. Alí fue guerrilla hecha música; fue conciencia en dolor mayor; fue el reconocimiento a la Patria Grande que es la América toda; fue irreverencia suprema ante las injusticias, ante el opresor, ante el imperialista.Alí trascendió fronteras y transcendió un tiempo. Los venezolanos lo extrañamos, pero también lo recuerdan y lo aman en El Salvador, en Nicaragua, en Cuba, en la Chile de Salvador Allende, en Bolivia y en la Argentina, entre otros países donde es ejemplo y referencia.“Hace mil hombres un día”, la escribiste para El Che, pero como tú también eres un guerrillero heroico, hoy te decimos que tus manos siguen viviendo, tus manos dicen pueblo, pueblo, pueblo. Tus manos Alí, llenan de fe la victoria, esa victoria que estamos perfeccionado, esa que construimos todos los días, que estamos haciendo Reforma Constitucional; esa misma que vemos ejemplificada en las misiones, esa que defendemos de la “boliburguesía” (término que utilizo con el permiso de Nicmer Evans), esa misma que no andará jamás en Hummer, esa que convoca la unidad, esa que nos recuerda que debemos juntar nuestras manos, pues la Patria lo reclama.Alí el visionario, Alí el sincero, el fuerte, el firme, el poeta… tu regalo de cumpleaños es bien bonito, huele a caramelo y es una Patria consciente que está naciendo desde sus consejos comunales, a pesar de esas mentes hipócritas y estólidas que aún hacen peso, pero que como todo lo malo, serán vencidas por el campesino, por los obreros en sus consejos de fábrica, por sus estudiantes gallardos y gallardas, por sus amas de casa, por sus artistas, por sus indígenas, sus trabajadores por cuenta propia que ahora SI tendrán derechos y seguridad social… en fin, por esa gente sencilla que es letra de tus canciones. Feliz Cumpleaños en ese cielo de justicia donde reposa tu alma.

natachainatti@gmail.com

Caracas y pico

Mercedes Chacín

Como concepto no me molesta que haya un día de parada para los vehículos automotores en Caracas. Con la irresponsabilidad que da el desconocimiento sobre un tema, permítanme estar de acuerdo con la filosofía de la medida.Vivo en el municipio Libertador y el primer pico y placa se en dio en Baruta. Es decir, me importaba un pito. Ahora que la cosa es también en Chacao, pues sí me importa pues mi hija estudia en ese municipio, lo cual hace que me sea imposible dejarla en su escuela antes de la 6 y 30 de mañana, entre otras cosas porque su hora de entrada es a la 7 y 15 am. Pero como dije en el primer párrafo, su papá se encargará de eso. Es decir me sigue importando otro pito.Claro, estoy de acuerdo porque el padre de mi hija tiene un carro cuya placa termina en un número diferente al mío, y no sólo eso, sino que a ese número le toca otro día de parada. Es decir a mi no me causa ninguna molestia. Habría que preguntarle al padre.De no haber existido esa posibilidad (la del padre de la criatura) yo tendría que ir de la parte alta de San Bernardino a la parte alta de La Castellana para dejar a mi hija en el colegio. La forma más barata y más larga: en metro y carrito por puesto. La más rápida y costosa: en taxi. Y ya. Cero trauma.Pero les echo otro cuento menos feliz. Una pareja que vive en el municipio Libertador debe llevar a su hija a estudiar al municipio Baruta, pero para hacer eso debe atravesar el municipio Chacao. El problema: las placas de los dos carros que hay en esa familia terminan en cinco. Como no sea una carrerita en el helicóptero de Cañizales, este trío está frito.Y es que ir de San Bernardino a Santa Fe y burlar el control de decenas de policías en decenas de kilómetros puede aumentar la adrenalina, pero también las deudas por multas de tránsito. Y encima la pobre chama, además de calarse la pérdida de horas valiosas de sueño, debe vivir con el "no puedo con esto" de sus desesperados padres.Les cuento esto no para fastidiarlos con los problemas típicos de una familia de clase media, sino para compartir con ustedes que el fulano pico y placa, solo seria posible en una ciudad integrada, no fragmentada, disgregada y caótica como la que nos tocó en suerte. Si no pregúnteles a los cinco alcaldes de la Gran Caracas. Cada uno en su mundito.

mechacin@gmail.com

Ríos: El discurso y las acciones de la dirigencia de Podemos se asemeja mucho al de la oposición.


El diputado a la Asamblea Nacional y aspirante a militante del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en el Estado Bolívar, Rafael Ríos, lamentó las posturas asumidas por la dirigencia cupular de PODEMOS, la cual ha salvado su voto en numerosos artículos de la primera propuesta de reforma de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que actualmente esta en su tercera discusión en la Asamblea Nacional.

Según Ríos, la dirigencia política del partido PODEMOS esta pasando por graves y profundas contradicciones, que muestran cada día con su discurso y sobre todo con sus acciones se alejan de este proceso revolucionario y bolivariano, se han creído y han condicionado su lealtad a un proceso de transformaciones y cambios estructurales profundos a una cuota burocrática y de cargos, más que por principios e ideales, recalcó.

En ese orden de ideas, manifestó Ríos: “A esa cúpula dirigencial de PODEMOS aparentemente se les olvida que sin el respaldo de Hugo Chávez, no hubiesen llegado a ocupar una curul en la Asamblea Nacional, especialmente al advenedizo Juan José Molina, hoy Vicepresidente de la Comisión de Política Interior, Derechos y Garantías Constitucionales, quien en una oportunidad señalo que nada tenía que agradecerle a Hugo Chávez ni a esta Revolución Bolivariana”, señaló.

Señaló Ríos que la falla de la dirigencia de la organización política del partido PODEMOS es de origen: Ya en una oportunidad se largaron del partido antisocialista al cual pertenecieron, y esas vocaciones quedan. El grupúsculo que conforma la directiva de PODEMOS pasó del apoyo irrestricto del segundo gobierno de Rafael Caldera directo al chavismo, con la intención de buscar unos dos o tres puntos clave dentro del control del Estado. Nada de principios ni dignidad: Cuando ha llegado el momento de defender una ideología o pasarse al bando de los ganadores, han preferido siempre lo segundo. El Presidente, su equipo y sus seguidores los hemos acogido con gran bonhomía y buena fe porque el proyecto que lidera Hugo Chávez es incluyente y heterogéneo. Pero al poco tiempo esa buena fe se ha revelado como un error. Nada grave pero error. Porque siempre es bueno acompañarse de los buenos.


Asimismo manifestó Ríos, recordemos que PODEMOS viene del Movimiento al Socialismo (MAS), y que esa organización política ha logrado sobrevivir porque se ha mimetizado con el chavismo más noble y nuestra gente les pasaba por un lado a sus acólitos abrazándolos como a gente nuestra. Sencillamente resulta inconcebible que luego de la primera y segunda discusión de la propuesta de reforma, cuando esta cúpula dirigencial aprobó esta reforma constitucional, sus consideraciones generales, exposición de motivos, ahora en esta tercera discusión han adoptado una postura que coincide con el discurso y las acciones de los sectores más reaccionarios de la oligarquía y del oposicionismo.

De igual forma expresó Rafael Ríos: “Este gesto noble ha obnubilado a la directiva de PODEMOS y a Juan José Molina, estos señores han creído que los muchos votos obtenidos en la pasada elección presidencial les pertenecen a ellos. Y aún lo siguen creyendo. Esta cupula dirigencial de PODEMOS pasó a la historia y no le queda sino vegetar al margen de un proceso que no cumplió sus expectativas individualistas: o sale del closet político y se junta con la derecha de donde viene, lo cual los esta conduciendo irremediablemente a su desaparición como organización política”

Del mismo modo señalo Ríos: “Reconocemos que hay una diferencia importante entre la actitud de la cúpula de PODEMOS, de la que el señor Juan José Molina forma parte, y la de los dirigentes sociales de sus bases que quieren discutir de política y desean fortalecer y aclarar lo relativo al Poder Popular. Reconocemos la postura valiente y digna del diputado Malaquías Gíl, quien no se ha sumado a la postura indigna de estos pseudos dirigentes, que se ha mantenido incólume y al lado de los diputados socialistas y revolucionarios de la Asamblea Nacional. Es sano el debate de las ideas para poder avanzar; polemizar para destruir es estrategia de enemigos e impostores”.

Por último, aprovecho el parlamentario para hacer un llamado al pueblo de El Estado Bolívar para seguir profundizando y debatiendo la propuesta de reforma constitucional presentado por nuestro líder y Presidente Hugo Chávez y mejorada por nuestro pueblo y a seguir desenmascarando a los infiltrados y traidores endógenos que aún quedan en las filas revolucionarias: “A medida que la Revolución Bolivariana profundice en el modelo socialista que estamos construyendo, muchas caretas se irán cayendo en el camino, por eso es que creemos que la cúpula de PODEMOS nunca fueron y nunca serán expresión del Poder Popular, son y serán siempre estructura clientelar que ya nunca más tendrá el favor del pueblo”.

La agregación y modificación del artículo 74 de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Juan Martorano

Otro de los tipos de referendo previstos en nuestra Carta Magna, tiene que ver con el referendo abrogatorio. El cual se encuentra contenido en el artículo 74, el cual reza textualmente así:Artículo 74: "Serán sometidas a referendo, para ser abrogadas total o parcialmente, las leyes cuya abrogación fuere solicitada por iniciativa de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas en el registro civil y electoral o por el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros.También podrán ser sometidos a referendo abrogatorio los decretos con fuerza de ley que dicte el Presidente o Presidenta de la República en uso de la atribución prescrita en el numeral 8 del artículo 236 de esta Constitución, cuando fuere solicitado por un número no menor del cinco por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas en el registro civil y electoral.Para la validez del referendo abrogatorio será indispensable la concurrencia de, por lo menos, el cuarenta por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas en el registro civil y electoral.No podrán ser sometidas a referendo abrogatorio las leyes de presupuesto, las que establezcan o modifiquen impuestos, las de crédito público ni las de amnistía, ni aquellas que protejan, garanticen o desarrollen los derechos humanos y las que aprueben tratados internacionales.No podrá hacerse más de un referendo abrogatorio en un período constitucional para la misma materia."La propuesta de reforma esta planteada así:Artículo 74:" Serán sometidas a referendo para ser abrogadas, total o parcialmente, las leyes cuya abrogación fuere solicitada por iniciativa de un número no menor del treinta por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas en el Registro Electoral, o por el Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros.También podrán ser sometidos a referendo abrogatorio los decretos con rango, valor y fuerza de ley que dicte el Presidente o Presidenta de la República, en uso de la atribución prescrita en el numeral 10 del artículo 236 de esta Constitución, cuando fuere solicitado por un número no menor del treinta por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas en el Registro Electoral.Para la validez del referendo abrogatorio será indispensable la concurrencia de, por lo menos, el cuarenta por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas en el Registro Electoral.No podrán ser sometidas a referendo abrogatorio las leyes de presupuesto, las que establezcan o modifiquen impuestos, las de crédito público, y las de amnistía, ni aquellas que protejan, garanticen o desarrollen los derechos humanos y las que aprueben tratados internacionales.No podrá hacerse más de un referendo abrogatorio en un período constitucional para la misma materia."El referendo abrogatorio es un mecanismo de consulta popular destinado a obtener laderogación de determinadas normas. Según el objeto sobre el cual recae la solicitud de derogación, el mismo se distingue en:a) Referendo abrogatorio de leyes y;b) Referendo abrogatorio de decretos con fuerza de leyVeamos las condiciones establecidas para cada caso:9.A) Referendo abrogatorio de leyesEl objeto del referendo abrogatorio de leyes es lo que se denomina como “leyesformales”, esto es, las disposiciones dictadas por la Asamblea Nacional mediante el procedimiento constitucionalmente previsto para ello, esto es: iniciación, discusión, sanción,promulgación y publicación. Cualquier categoría de leyes formales estaría incluida en la noción.Así: las leyes orgánicas; las leyes especiales; las leyes aprobatorias de otros actos jurídicos, tales como las leyes aprobatorias de los contratos; no así las que aprueben tratados, por disponerloexpresamente la norma reguladora de la institución.En efecto la abrogación de las normas , que puede sertotal o parcial, no puede recaer sobre las leyes de presupuesto; las que modifiquen impuestos; las de crédito público; las de amnistía, las que protejan, garanticen o desarrollen derechos humanos y las que aprueben tratadosinternacionales.Iniciativa:Corresponde al diez por ciento de los electores inscritos en el Registro Civil (En la propuesta se aumenta este porcentaje a treinta por ciento y se etsablece un quorum de participación de por lo menos el cuarenta por ciento de los electores y electoras inscritos en el Registro Civil y Electoral) yElectoral, o bien, al Presidente de la República en Consejo de Ministros.B) Referendo abrogatorio de Decretos con Fuerza de Ley.El objetivo del referendo son los decretos con fuerza de ley dictados por el Presidente dela República en base al numeral 8 del artículo 236 de la Constitución. Es decir, se trata de losdecretos que se dictan en base a una ley habilitante y que tienen fuerza y rango de ley formal.La iniciativa corresponde al cinco por ciento (5%) de los electores inscritos en el RegistroCivil y Electoral (igual el porcentaje sube a treinta por ciento)Por lo que atañe al quórum de aprobación para ambas figuras, el mismo es del cuarenta por ciento (40%) de los electores inscritos en el Registro Civil y Electoral.Hay un límite aplicable a los dos tipos de referenda abrogatorio y es el que establece que no podrá hacerse más de uno en cada período constitucional, para la misma materia.No puede dejar de señalarse que hay una grave omisión con respecto al referendoabrogatorio de los decretos con fuerza de ley, por cuanto, con relación a los mismos, no se estableció expresamente el límite sustantivo fijado para las leyes formales (esto es, que el mismo no puede recaer sobre leyes reguladoras de determinadas materias, como lo son las de crédito público, las de amnistía, las impositivas y las que desarrollan derechos humanos o aprueban tratados). Ahora bien, es sabido que, en el sistema de delegación legislativa existente en laConstitución del 99, cualquier materia puede ser objeto de una ley habilitante y, en consecuencia de decretos ejecutivos. Claro está, que por analogía podría aplicársele a la abrogación de los decretos con fuerza de ley las limitaciones que rigen para las leyes. Tal interpretación no está exenta de críticas ya que podría aducirse que dicha técnica no procede en el campo de las limitaciones o excepciones, en virtud del principio de que todo aquello que es de derecho - estricto es de interpretación restringida, tal es el caso de las exclusiones a los postuladosgenerales– que no pueden extenderse a otros supuesto por vía analógica.

Por esta razón, a esta reforma le decimos SI.

Patria Socialista o Muerte!!!
Estamos Venciendo!!!.

*Abogado y Analista Político. Aspirante a militante del Movimiento Socialista Unido Revolucionario Bolivariano de Venezuela (MSURBV). Moderador del Programa "Senderos Revolucionarios" transmitido los dias lunes y viernes de 6 a 7 pm por el Circuito Radio Venezuela 880 AM de Ciudad Guayana, junto al Diputado de la Asamblea Nacional por el Edo. Bolívar, Rafael Ríos. jmartoranoster@gmail.com , j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar

lunes, 29 de octubre de 2007

Guaraira Repano

Michel Balivo y J. Kalvellido

(Sueño de amor y pertenencia) Abre la transmisión la imagen del presidente Chávez en el cerro Ávila, a 2700 metros sobre el nivel del mar, con la visión total de Caracas que se puede contemplar desde ese privilegiado mirador. Al otro lado del cerro está el mar Caribe. Este silencioso guardián del valle de Caracas es testigo de su historia, y por ello no puede haber mejor lugar para hacer una presentación de la Geometría del Poder, uno de los cinco motores aceleradores de la revolución anunciado por el presidente tras ganar las elecciones de diciembre.Yo lo llamo “la revolución del espacio”, pues comienza por caer en cuenta y reconocer que no somos como nos enseñaron y nos habituamos a creer, solamente un territorio estático. Sino que además somos mar y cielo así como todos los secretos y riquezas que ellos guardan.Es por tanto una dinamización del espacio omniabarcante, incluyente y continente, que según como se lo conciba, organice y use, impone condiciones relacionantes esclavizadoras o liberadoras a sus componentes o contenidos. Entre estratos de nubes que fluyen y acarician húmedamente tus mejillas, cubriendo de sutil neblina el paisaje, teniendo desde una de sus caras la ciudad y por la otra el mar, todo ese dinamismo resulta más evidente y plausible.En todas las tradiciones siempre los dioses habitan en las inalcanzables y difícilmente respirables cimas de las cadenas montañosas, esas mismas que los aventureros de todos los tiempos se sienten retados a trepar, escalar y conquistar. Por mi parte cuando subí al impresionante tepuy Roraima, en la Gran Sabana, sentí ese poder y grandeza de contemplar entre nubes, abarcándolo, el mundo a mis pies.Los indígenas habitantes del valle de Caracas llamaban al cerro Guaraira Repano, entre cuyos significados está “sierra grande y tierra de dantas”. Cuenta una leyenda que ofendieron a la diosa del mar y por ello una enorme ola avanzó sobre la tierra. Pero ante los ruegos de los arrepentidos habitantes, la diosa conmovida la congeló. Así fue como nació el cerro.Por eso hoy está la propuesta de llamar a Caracas “la reina del Guaraira Repano”. Claro que a seres racionales como nosotros, aun cuando nos guste escuchar esas leyendas nos cuesta creer en tales supersticiones. Sin embargo dándonos cuenta o no vivimos tiempos muy extraños, donde la incredulidad amenaza desmoronar nuestras sólidas creencias. Voces e imágenes que hoy nos resultan incomprensibles, afloran desde la memoria profunda compitiendo con los medios de comunicación por nuestro espacio visual y auditivoHoy circula por el mundo por ejemplo la noticia de que al soldado que asesinó al Ché Guevara le devolvió la vista una misión de médicos cubanos, ¿no les parece un extraño giro o recurrencia del tiempo sobre si mismo? En el programa Aló presidente se presenta un video de los primeros indígenas, ancianos y discapacitados venezolanos que realizan turismo internacional gratuito, volando por avión a visitar y conocer Cuba.Están presentes en Aló presidente más de cien indigentes que hoy se han recuperado de las drogas y el alcohol gracias a la Misión Negra Hipólita, ahora ellos mismos brindan ayuda para recuperar a sus antiguos compañeros. También está presente una misión cubana que realizó en su país un censo de niños, ancianos y discapacitados para darles atención prioritaria, para hacerles disponibles todo lo que puedan necesitar para sentirse incluidos socialmente y realizarse.Ahora vienen por propia voluntad a Venezuela a compartir todo lo que aprendieron y realizar la misma tarea humanitaria. Son los Consejos Comunales los que participan y los guían para que conozcan las necesidades de cada localidad. ¿No les parece un cuento un poco extraño en las épocas de creciente inhumanidad y escepticismo que nos toca hoy vivir, donde los agoreros del desastre anuncian gozosamente entre orgasmos de placer el fin de la historia y el mundo?Cuando oigo hablar de la geometría del poder, de la dinámica del espacio y el tiempo, no puedo evitar que la imaginación me lleve en sus alas a aquellos tiempos de nuestros precursores autóctonos. Entonces veo que todo era exuberante naturaleza, tierra, agua, aire y fuego. Donde el ser humano se sentía en su hogar. Aún sigue siéndolo necesariamente bajo el cemento y la contaminación. Bajo la alienación de la conciencia epocal.Entonces si queremos comprender lo bueno y lo malo de nuestras monstruosas ciudades en que los seres humanos en entrecortadas respiraciones nos apretujamos, debiéramos comenzar por visualizar y reconocer primero que en lugar de llamarlas ciudades, viviendas o fábricas, deberíamos llamarlas acción y poder humano de construir, edificar, sostener.Acción y poder que no puede ser separado ni alienado del actor, artista, científico, creador. Se dice que los seres humanos viven sobre la geografía, habitan dentro de viviendas, se organizan en comunas. ¿Dónde queda el ser humano, cuándo aparece entonces? ¿Siempre al final como último orejón del tarro? Yo diría que esa es una concepción demasiado pasiva aún.Más bien el ser humano organiza y ve imágenes cada vez más complejas del mundo, estructurales con la concepción de si mismo en relación, con su personalidad. Es el ser humano quien se siente incluido o excluido socialmente, experimentando pertenencia o alienación de su paisaje natural, organizando, intencionando y actuando en consecuenciaDiría que más que habitar en viviendas, manifiesta la calidez del espacio inclusivo o familiar que siente su hogar. La historia no es entonces sino el fruto en formas de ese espacio íntimo. Si no reconocemos la precedencia del ser humano en todas sus manifestaciones, ¿entonces de qué hablamos cuando decimos de convertirlo en centro de todo modelo económico y social?¿Será que concebimos un cuerpo, un estómago que cual pozo sin fondo en el que moran prediluvianas y semidivinas bestias, hay que alimentar cual sacrificio todos y cada día? ¿Será que pensamos en objetos, bienes, alimentos, servicios que vienen hacia el ser humano así como antes se alejaron o le fueron expropiados? Pero entonces le continuamos expropiando su rol de actor, seguimos tercamente sin reconocer que él es motor y movimiento de todo.Y si aún creemos en esas concepciones arcaicas, supersticiosas, zoológicas y cosificadas del ser humano, díganme entonces uds. dónde están ahora los alienados de todos los tiempos que creyeron que matarían con el Ché por enésima vez las humanas aspiraciones. Díganme quién o qué era, donde vivía esa también humana aspiración de todos los tiempos, que se personalizó como Ernesto Guevara en ese espacio-tiempo preciso.Explíquenme por favor como es que unas acciones solo siembran parálisis y muerte, partiendo cual explosivo big-bang al ser humano y al espacio que habita, generando separatismo y exclusión. Mientras otras siembran vida y renacen multiplicando la generosa simiente, incluyendo, religando o unificando el espacio y sus contenidos alienados, fracturados.Yo preferiría decir entonces que el ser humano es el alfa y omega, principio y fin de todo. Su sentida intimidad concibe en formas un hogar, su hospitalidad concibe la convivencia familiar, su espacialidad inclusiva concibe la igualdad y justicia de relaciones con su entorno natural y social. Es así como va organizando convivencias y construyendo los espacios geográficos y políticos de comunicación y habitación en que todo ello sea posible.Claro que no nacemos sabiendo darle forma precisa a lo que sentimos, no tenemos precisa conciencia de lo que somos. Bien podríamos decir que nos descubrimos y reconocemos en el intento de manifestarnos en nuestro entorno, ocasionándonos en nuestra ignorancia muto sufrimiento. Así entre fracasos y aciertos, vamos caminando hacia el destino histórico presentido de la plena relación, sin importar que nombre le demos situacionalmente.En sencillo la acción generosa, solidaria, es igualadora y liberadora, justa. Tiende a hacer el afuera a imagen y semejanza del adentro. Mientras que la acción egoísta, posesiva, tiende a paralizar el dinamismo de lo viviente, a “estatizar” la efervescente multiplicidad y simultaneidad de la movilidad social. A diferenciar, excluir, separar, determinar, condicionar toda espontaneidad viva para sujetarla a la autoridad centralizada. Tiende a contradiccionar el adentro con el afuera sin posibilitar jamás su encuentro.Así es como el presidente nos ilustra que la reforma constitucional hará posible que todas las zonas estatales y nacionales, de la vieja división política heredada, deprimidas por ser periféricas, fronterizas, alejadas de los centros de poder y por ello excluidas de todo adelanto y bienestar, podrán ser ahora tratadas como municipios o distritos federales funcionales.Quedarían así a cargo del poder nacional para acelerar su desarrollo equilibrándolo con el de todas las demás, sin por ello afectar para nada las facultades de los representantes zonales electos. Por el contrario les aportaría recursos y ayuda extra de la cual ahora no disponen. Pero claro, esto resulta contraproducente e incomprensible para quienes son motivados por ambiciones de poder y beneficios personales, y no entienden más que de separaciones y conflictos. O es tuyo o es mío, que sea del mejor, pero ambos no cabemos en el mundo.Por eso nuevamente nos toca preguntar, ¿quién es el que ve y actúa inclusiva y generosamente o ambiciosa, exclusiva y egoístamente? La respuesta una vez más será que el ser humano es quien ve y organiza su espacio según siente pertenencia y unidad o alienación y división, soledad, separación. ¿O acaso ven uds. fronteras o exclusiones de algún tipo en el mundo natural y sus funciones, el sol, el aire, el agua, la tierra?La personalidad no es sino la organización de información de los sentidos que hace una conciencia que se siente alienada de su hábitat natural, solitaria y separada de su hábitat histórico social. O por el contrario amplia y estrechamente ligada y sostenida por su entorno. Casi casi me atrevería a decir que quien se siente desde el vientre cálidamente abrazado y contenido por su madre, hogar y mundo, ha de organizar espontáneamente una mirada inclusiva, solidaria, ha de compartir sin pensar aquello de lo que dispone, y no aspirará a apropiarse de nada para completar sus carencias de afecto y sentirse seguro.Ha de sentirse confiadamente abierto al mundo, por lo cual no siente la necesidad compulsiva de organizar su información cual personalidad defensiva, adquisitiva. No ha de experimentar la necesidad de asegurar su presente previniendo temerosamente fantasmales futuros, que lo hacen presentir en cada ser viviente una amenaza, peligro, un enemigo.Lógicamente quien en sus afiebrados temores se cierra preventivamente ante el temido mundo, luego por mucho que lo intente no podrá confiar en alguien, expresarle su amor, recibir el ajeno. Pues sus emociones se han paralizado, congelado, cristalizado, y operan cual acerada piel protectora. Por lo cual surgen todos esos mecanismos sadomasoquistas sustitutivos.En otras palabras, las personalidades como la piel que cubre el cuerpo, son caminos o herramientas, membranas osmóticas que posibilitan, facilitan o dificultan, impiden una plena relación. Es la conciencia quien siente y organiza el espacio con profundidad, amplitud y riqueza, o como estrecha y asfixiante carencia periférica.Un ejemplo claro de ello lo tenemos en el vano intento de descalificar la imagen del Ché que en lugar de morir se multiplica por millones. En los medios masivos de comunicación lo trataron como un vulgar aventurero y terrorista, un vagabundo muerto de hambre que conseguía ocasionales trabajos. El andaba perdido por el mundo hasta que Fidel lo encantó con su verborrea y se encontró metido en el Granma.Lo cual no es para nada diferente en esencia del cuento de la oposición en Venezuela, de que se quitará la propiedad privada que es un derecho supraconstitucional. Por tanto se están atacando las libertades y menoscabando los móviles a la sana ganancia, afectando más que nada a los pobres, a los que no tienen.¿Habráse oído alguna vez sobre la tierra mayor estupidez? En primer lugar la propiedad privada está explícitamente refrendada en múltiples artículos. Explíquenme por favor que es algo supraconstitucional. ¿Divino? ¿Prehumano? ¿Será entonces simiesco o prehomínido? ¿O tal vez extraterreno?Díganme por Dios cuando es que los pobres vamos finalmente a recibir nuestro pedazo de torta. Porque hace 5 o diez mil años que nos hacen el mismo cuento, antes con designios, castigos de Dios o tentaciones del diablo, ahora con el lento goteo de riquezas que finalmente nos salpicará.Y si el socialismo no sirve para nada y jamás ha triunfado, que me expliquen por favor quien es que nos explota y esclaviza. Que dejen de protegernos de futuros males, de preocuparse porque salgamos de Guatemala para meternos en Guatepeor, y nos den mejor de una vez lo nuestro, lo que no nos dieron durante los 40 años que gobernaron.En cuanto a lo de sucios aventureros, hippies y antisociales, ¿qué más puedes hacer dentro de un modelo social agotado e inhumano que aprieta la cuerda contra tu cuello cada vez más? ¿Soñar bellos paisajes celestiales posmortem? ¿Lamer las botas de militares y ricos? ¿Suplicar unas migajas de las sobras del banquete? ¿Rogar por un trabajo?¡Claro que les gustaría ese supersticioso servilismo! Por eso en su intolerancia no soportaron ni supieron qué hacer con una generación hippie, que despreció el mundo que le ofrecían porque no sentía el menor interés por el. Prefirieron mandarlos a la guerra con sus colores, canciones y su hagamos el amor, para que se animalizaran y no pensaran.Tampoco soportaron que la generosidad de un sensible e inquieto corazón lo llevara a recorrer el mundo preguntándose por qué estaban así las cosas, analizando posibles motivos y soluciones. Menos soportaron que sus conclusiones lo llevaran a la acción, intentando acertadamente o no aliviar el sufrimiento de sus congéneres.¿Cómo podrían entenderlo y soportarlo? ¿Acaso la miseria de corazón concibió, creó o aportó alguna vez algo nuevo a la humanidad? ¿Podrían siquiera entonces sospechar la posibilidad de un nuevo mundo que el corazón humano anhela y presiente cercano? Ellos solo han sabido engañar, calumniar y aprovecharse de lo que crean y hacen los corazones generosos.Si por ellos fuera aún estaríamos en la época de piedra. Para la absoluta estupidez solo les faltaría preguntar de qué nos quejamos, cuando gracias a ellos todos los pobres somos terratenientes explotadores. Es decir tenemos manos y uñas llenas de tierra, o tal vez porque la única esperanza de que terminen nuestras penas es bajo tierra.Pero aunque no sabemos cómo, de dónde ni por qué, extrañas e inesperadas flores brotan en medio del desierto, su fragancia y colorido nos produce estimulantes efectos. Los supuestamente muertos renacen con fuerza inaudita, multiplicándose en las conciencias como si emanaran de ese espacio y esa fragancia intangibles. Como si el sacrificio de amor y generosidad fuese la simiente que no conoce limitaciones de tiempos.

¿Por qué los estados de excepción?

Jesús Meza Díaz

Si aquí volviera a ocurrir otro 11 de abril, Venezuela se vería de nuevo con las manos atadas para enjuiciar a los culpables ante los organismos internacionales. Ya nos pasó; y es por ello que la Asamblea Nacional, sabiamente, amplió el espectro de los estados de excepción (¡que existen en todos los países del mundo!) hasta la suspensión, fundamentalmente, de la “libertad de información”.Y es que nuestra experiencia golpista, terrorista, fascista y criminal de los años 2001 y 2002, donde la burguesía local mostró de lo que es capaz, tuvo como mayor aliado la poderosa maquinaria desinformativa y manipuladora con que ella cuenta.¿Quién va dudar en este país que ante otra escalada del imperialismo habría que cerrar, de cuajo, a Globovisión, RCTV, Circuito Radio Venezuela, Meridiano Televisión, El Universal, El Nacional, 2001, etc.?... Ya yo me puse de acuerdo con Ricardo Monsalve, Hindú Anderi, Enrique Maestre, Maleida Marcano Rivas, Yamil Calles, Julio Lattan, Angélica Arráiz, Richard Peñalver, Blanca Ehckout, William Castillo, Idalia Monasterios y Mario Silva, para cerrar por la fuerza esos medios en caso de que al Estado le llegase a temblar el pulso.Y Lo peor no fue que dejamos impune a todos estos bárbaros que arremetieron contra el pueblo; sino que ante los organismos internacionales aparecieron ellos como los buenos y nosotros como los malos. Y ello por un detalle: El Estado venezolano no tenía (y aún no la tiene, hasta que se apruebe la reforma) las herramientas jurídicas para desmontarle a esos sectores el discurso manído de la “libertad de expresión”, porque no fue posible en ese entonces limitar a esos medios por vía de la declaratoria de la excepción.Por ello (y también porque en esos organismos de mierda la que manda es la derecha reaccionaria) han prosperado las demandas contra Venezuela; sólo que al buscar las pruebas no se consigue ni a un solo funcionario del gobierno atentando contra los derechos humanos, sino que todo fue obra de Gustavo Cisneros, Roberto Alonso, Pérez Recao, Medina Gómez, Alberto Federico Ravell, Carmona Estanga, Leopoldo López, Carlos Andrés Pérez, Molina Tamayo, Capriles Radonski, Juan Fernández, Ramírez Pérez, Alfredo Peña, Henry López Sisco y Enrique Mendoza. Quien conozca a la derecha fascista, de la cual forman parte también Yon Goicochea, Fabiola Colmenares, Julio Borges, Oscar Pérez, Leopoldo Castillo, Nitú Pérez Osuna, Antonio Ledezma, Oswaldo Álvarez Paz, Iván Ballesteros, Gerardo Blyde, y toda una camada de opositores de primera línea, sabe que ella jamás se rinde, y que volverá con métodos más brutales, aunque quizás más quirúrgicos, para liquidar a la revolución bolivariana.“¡No hemos visto nada!...”, exclamó la guerrillera cumanesa Dolores “Mamá Tía” Rosales, cuando expectante reaccionaba a los intentos del fascismo sucrense de liquidar, casa por casa, a cada uno de los dirigentes chavistas, al día siguiente del 11 de abril; listado que se hizo, asombrosamente, en la mismísima iglesia Santa Ana de Caigüire, donde el que gobierna es uno de los más acérrimos seguidores de Adolfo Hitler: El padre Marcelo Rivas. (¡Créo en Dios Padre!...).Por ello, camaradas, debemos ir por el mundo explicando que los estados de excepción incorporados a la reforma en el artículo 337, son una herramienta de defensa contra el imperio criminal que se enseñorea en nuestras tierras, y jamás contra un pueblo al que defenderemos hasta con nuestras propias vidas, y al que jamás se le ha tocado “ni con el pétalo de una rosa”, como lo ha demostrado Hugo Chávez en sus nueve años de gobierno.¡Somos liberadores, no opresores!... ¡Contra el fascismo asesino del 11 de abril, viva el 337 de la reforma constitucional!...(jeramedi@yahoo.es)

Están de moda los dos Rangel

Nora Silva

El ex vicepresidente Jose Vicente Rangel, domingo adomingo en su programa televisivo le hace un llamadoal Presidente Chavez a abordar el tema de lainseguridad. Pareciera que el presidente ni le para aeste problema y el se lo recuerda para ayudarlo.Yo le pregunto al ex vicepresidente: Que hizo elmientras estuvo en ese alto cargo, cuando estuvo comoministro de la defensa, para luchar contra esteflagelo?, cuales son sus logros?. Y en cuanto a laimpunidad que en mi opinión es la base de lainseguridad pues cuando no se aplica la justicia ollega tarde genera esto inseguridad, que ha hecho elperiodista Jose Vicente Rangel?, por que no habla deesto?, por que no presiona, exige a la fiscalia a darresultados?, por que no presiona, exigen al tribunalsupremo por resultados?, Que ha pasado con lasvictimas de puente llaguno, que ha pasado con lospolicias asesino de puente llaguno?, que ha pasado conel caso de la fuga de lapi, nixon moreno, carlosortega y demas de su especie, que ha pasado con elcaso DANILO ANDERSON ..? Como se llama esto ..inseguridad, impunidad ... es el presidente chavezresponsable de esto o son los mandamas del Tribunal yla Fiscalia?, que pasa con los casos de losperiodistas tarifados que son defendidos por elperiodista Jose Vicente Rangel. Cuando haga unprograma cuestionando estos puntos sera valido para mila presion sobre el presidente Chavez.Otro Rangel : Eleazar Diaz Rangel (periodista tambien,que coincidencia..)El Sr. Diaz Rangel en el periodico que dirige ..???solo ha mostrado la foto del sr Goicochea con sucurita mostrandolo como victima del chavismo. Y quepasa con los periodistas de Avila TV, la muchacha aquien le lanzaron un niple y esta mal en el hospitalmilitar? Es que ellos no existen Sr Rangel? Dondequeda su famosa imparcialidad, objetiva que pregona ?.Es por eso que la profesión de periodista cada dia masse desacredita, baja al lodo, porque los que laejercen contribuyen a ello, y saben algo lo estanhaciendo muy bien... Sepan que los venezolanos nosomos los mismos del 2002, sabemos distinguirperfectamente entre zorros y camaleones.
NO VOLVERAN ...!!!
NO PASARAN ... !!!
norasilvaperez@yahoo.com

La agregación y modificación del artículo 73 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

*Juan Martorano

Trataremos en esta oportunidad de realizar un análisis de las disposiciones del artículo 73 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual reza textualmente así:Artículo 73: "Serán sometidos a referendo aquellos proyectos de ley en discusión por la Asamblea Nacional, cuando así lo decidan por lo menos las dos terceras partes de los o las integrantes de la Asamblea. Si el referendo concluye en un sí aprobatorio, siempre que haya concurrido el veinticinco por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas en el registro civil y electoral, el proyecto correspondiente será sancionado como ley.Los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieren comprometer la soberanía nacional o transferir competencias a órganos supranacionales, podrán ser sometidos a referendo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por el voto de las dos terceras partes de los o las integrantes de la Asamblea; o por el quince por ciento de los electores o electoras inscritos e inscritas en el registro civil y electoral."Su propuesta de modificación, reza textualmente así:Artículo 73: "Serán sometidos a referendo aquellos proyectos de ley en discusión por la Asamblea Nacional, cuando así lo decida la mayoría de los diputados y diputadas integrantes de la Asamblea Nacional. Si el referendo concluye en un sí aprobatorio, siempre que haya concurrido el treinta por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas en el Registro Electoral, el proyecto correspondiente será sancionado como ley.Los tratados, convenios o acuerdos internacionales podrán ser sometidos a referendo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros, o por el voto de la mayoría de los diputados y diputadas integrantes de la Asamblea Nacional o por el treinta por ciento de los electores o electoras inscritos en el Registro Electoral. Si el referendo concluye en un sí aprobatorio, siempre que haya concurrido un número no menor del treinta por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas en el Registro Electoral, el tratado, convenio o acuerdo internacional correspondiente se considerará aprobado ."El objeto del referendo aprobatorio, como su nombre lo indica, es obtener la aprobación de determinados proyectos normativos que cursan ante la Asamblea Nacional y están pendientes de obtener la sanción de dicho organismo y el ejecútese del Ejecutivo Nacional.El objeto del referendo aprobatorio es dual, ya que está constituido por dos diferentes textos: a) por los proyectos de ley en discusión por la Asamblea Nacional, y: b) por los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieran comprometer la soberanía nacional o transferir competencias a órganos supranacionales (lo cual su propuesta de modificación elimina de raíz, pues un tratado o convenio internacional que pueda comprometer nuetsra soberanía o de transferir competencias a órganos supranacionales ni siquiera debe discutirse en el país). Por lo que atañe a este segundo objeto su enunciado hace surgir de inmediato el interrogante de si se refiere a los tratados como tales o a los proyectos de ley aprobatorios de los tratados. La respuesta, tratándose como se trata de una vía de derecho interno, no puede ser sino en el sentido de que versa sobre el anteproyecto de ley aprobatoria de un tratado, convenio o acuerdo internacional. Estimamos igualmente que si bien la Constitución nada señala con respecto al estado de los correspondientes proyectos de acuerdos internacionales, los mismos deben estar sometidos a la consideración de la Asamblea Nacional.Con respecto a la iniciativa, es necesario distinguir la situación en cada uno de los casos precedentemente aludidos, así :a) En la hipótesis de los proyectos de ley en discusión ante la Asamblea Nacional, corresponde adicha Asamblea por decisión de las dos terceras partes de sus integrantes (en la propuesta de reforma cambia a la mayoría simple de los y las integrantes de la Asamblea Nacional). Lo anterior es lo queseñala el artículo 73 de la Constitución, que ha debido incluir el supuesto contenido en el artículo 205 ejusdem, relativo al referendo aprobatorio en el caso de los proyectos de ley de iniciativapopular.En efecto, el artículo 205 ejusdem estableció que, si un proyecto de ley es presentado por iniciativa popular, su discusión debe iniciarse a más tardar en el período de sesiones ordinarias siguientes a aquel en que hubiese sido presentado. La norma agrega que "si el debate no se inicia dentro de dicho lapso el proyecto se someterá a referendo aprobatorio de conformidad con la ley".La cuestión no deja de ser peligrosa para el sistema como tal, por cuanto el proyecto de iniciativa popular puede representar valores ideológicos o la aplicación de regímenes que sin ser contrarios a la normativa existente, lo sean con respecto a los principios que predominan dentro de la sociedad (principios religiosos, políticos, filosóficos) o bien, constituyen la asunción de medidas que podrían ser contrarias a los intereses generales del Estado, por favorecer a determinados grupos o sectores de la población, en detrimento de la colectividad. Si la Asamblea Nacional no procede con cautela es posible que el proyecto sea sometido a referendo aprobatorio, oportunidad en la cual no es peregrino pensar que si el mismo posee un fuerte padrinazgo mediático –por ejemplo- pueda ser aprobado por tal vía, erigiéndose en ley algo que es solo la expresión de la voluntad de un grupo minoritario y, posiblemente contrario a los intereses generales.La iniciativa en el referendo aprobatorio en los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieran comprometer la soberanía nacional o transferir competencias a órganos supranacionales puede ser ejecutiva; legislativa o popular. En el primer caso, corresponde al Presidente de la República en Consejo de Ministros. En el segundo, a las dos terceras partes de los integrantes de la Asamblea Nacional. Por lo que atañe a la iniciativa popular, la misma debe estar representada por el 15% de los electores inscritos en el Registro Civil y Electoral. Nada dice la ley sobre el quórum para aprobación de los actos normativos por vía de referendo, bien se trate de leyes o de tratados, por lo cual la regla general de la mayoría absoluta de la mitad más uno, de los electores debería ser la imperante.La propuesta de reforma constitucional corrige este exhabrupto al señalar que los tratados, convenios o acuerdos internacionales podrán ser sometidos a referendo aprobatorio bien por inicia tiva del Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros, por la mayoría simple de los diputados y las diputadas de la Asamblea Nacional, o por el treinta por ciento de los electores y electoras inscritos en el Registro Civil y Electoral. Para que el referendo aprobatorio tenga válidez y surta plenos efectos jurídicos en este caso y concluye en un sí aprobatorio, siempre que haya concurrido un número no menor del treinta por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas enel Registro Electoral, el tratado, convenio o acuerdo internacional se considerará aprobado.
Otra razón más para aprobar esta reforma, para decirle a esta Reforma que SI.
Patria Socialista o Muerte!!!
Estamos Venciendo!!!
*Abogado y Analista Político. Aspirante a militante del Movimiento Socialista Unido Revolucionario Bolivariano de Venezuela (MSURBV). Moderador del Programa "Senderos Revolucionarios", transmitido los días lunes y viernes de 6 a 7 pm por el Circuito Radio Venezuela 880 AM de Ciudad Guayana, junto al Diputado de la Asamblea Nacional por el Edo. Bolívar, Rafael Ríos. jmartoranoster@gmail.com , j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar

Agresion contraequipo de vtv

Lo que NO dijo Globovisión

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viernes, 26 de octubre de 2007

Memorias del Puntofijismo - Corruptos

Memoria Histórica: Marta Colomina aplica censura en VTV

Los mejores sitios de Venezuela, desde un Sukhoi Su-30

SI a la reforma

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Cobardes disociados de la oposición: no se metan con el Che Guevara

Lidia Nohemí Vera

Así estarán tan locos y violentos, los golpistas de la oposición que ya perdieron los estribos. Dan pena ajena, que pobreza mental para “defender” la causa golpista. Ese medio “Globoterror” ya no tiene argumentos. Los pueblos de América Latina, los jóvenes del mundo, estarán asombrados ante tanta mediocridad. Morderán el polvo al denigrar de un ejemplo de dignidad como nuestro Ernesto Che Guevara. La historia no les perdonará, y les recomiendo que se desinfecten sus lenguas viperinas antes de hablar del heroico Che y se abstengan de colocar su imagen al servicio de la oligarquía y del imperialismo yanqui, a quien tanto combatió. El imperio norteamericano asesinó al Che y los culpables nunca pagarán ese crimen. Nuestro Camarada Che se multiplicó en miles de conciencias, y eso no les importa a ustedes, cobardes, pero no lo utilicen para justificar sus instintos irracionales contra el pueblo. No es casual, el ensañamiento del imperio con el pueblo cubano que tanto amó.
El Che Guevara fue un hombre asesinado vilmente, por su amor a la humanidad, de ese amor que ustedes carecen. Ustedes conocen la vida del Che y lo que significa su vida revolucionaria, desprendida, humilde y noble. Por eso irrespetan su memoria y la del pueblo cubano. Ustedes son precisamente como los necesita el capitalismo, unos bichos salvajes e insensibles y nosotros los socialistas (mayoría del pueblo), que también somos cristianos, ya los repudiamos desde lo más profundo de nuestros corazones, por esos elementos tan viles para imponerse por una supuesta libertad que nadie les ha quitado. Cada vez están más lejos del pueblo y sus aspiraciones.
El resentimiento que les embarga, es precisamente porque no tienen con que, ni porque ir en contra del Camarada Presidente Hugo Chávez. Marionetas, payasos, canallas y tarantines del imperio. Han terminado en el foso oscuro de la barbarie. Denle gracias a Dios que esta revolución es tolerante, seguirá su rumbo siendo pacifica y respetuosa de los derechos humanos. Pero lo que no vamos a aceptar y así lo comparte la mayoría del pueblo venezolano, es la conspiración satánica que han desatado y además sigan amenazando a nuestro Presidente. Somos millones de Che Guevara y comprendan lo que eso significa. Hombres y mujeres, dispuestos a vivir dignamente o morir por la patria si es necesario, levantados como él. Estamos en barrios, cerros, urbanizaciones, en todos los rincones; el Presidente tiene a su pueblo, en cualquier terreno.
La derecha golpista venezolana merece el repudio internacional. Están en los más peligrosos extremos que se puedan conocer. Esas conductas, hemos dicho, evidentemente, son aprendidas en el Norte, mediante cursos de lavado cerebral y entrenamiento para provocar conflictos, con sello de la CIA dispuestos a tomar el poder del pueblo a como de lugar. Tengo que decir con tristeza, cuando mi joven hija, de fina apariencia, preparada, con dominio de dos idiomas; chavista, integrante de un Batallón socialista, por convicción y no por ser mi hija, por dos ocasiones ha sido víctima de la irracionalidad de la oposición, llamándole a ella y sus compañeros hordas y otras palabras innombrables. Esta oposición destila violencia.
Al pueblo venezolano y al mundo entero; nosotros hemos alertado la puesta en práctica de un Plan Terrorista contra nuestro país en distintas fases, tratando de reeditar el mismo esquema previo al 11 de Abril del 2002. Reviso entonces, para compartir una vez más, por su vigencia, las líneas escritas por este mismo medio el 01/06/07:
“ Tras las “inocentes protestas pacíficas”, por una supuesta falta de libertad de expresión en Venezuela, razones estas que no soportan un análisis serio; se esconde en el oscuro fondo la mano de la oligarquía criolla y el imperialismo norteamericano, con la idea siniestra del asalto del poder político, del poder soberano del pueblo y de la desaparición física del líder del proceso revolucionario, el Comandante Hugo Chávez. Por el contrario, la ultra derecha y sus medios como RCTV, sin olvidar a Globovisión, han hecho un abuso del derecho a la libertad de opinión y de conciencia, un uso indebido de la libertad de informar.”
“… En este asalto a la democracia revolucionaria venezolana, socialista, que nos hemos dado la mayoría, existe un solo objetivo estratégico, con planes concebidos para desestabilizar al Estado venezolano y vender la imagen a nivel internacional de ingobernabilidad, caos, represión, entre otros. Sus mensajeros tienen suficiente dinero para recorrer el mundo y presentar la irrealidad. Los mercenarios; los Bandera Rosa, Primero Justicia; Nuevo Tiempo y el resto que queda de COPEI y AD, se encargan de las acciones terroristas directas e indirectas en los distintos escenarios.
Hoy, utilizan estudiantes en su mayoría de Liceos y Universidades privadas, porque es necesario manejar la irracionalidad, la violencia inyectada hasta provocarles el deseo intenso del odio y la destrucción. Dicho sea de paso, no tienen pueblo, a pesar de todo. Con ellos, provocarán enfrentamientos con el objeto de conseguir muertos, heridos, tragedias, que ilustren mejor sus intenciones de llegar al poder violentamente. No les extrañe que lleguen a los extremos del sicariato, nada será sacrificar a algunos de sus servidores emblemáticos; atentar contra la vida de dirigentes bolivarianos; desaparecerlos; destruir o sabotear servicios públicos, Instituciones; bienes personales; bienes públicos; empresas públicas o privadas; amedrentar; cualquier cosa se puede esperar de ellos. Por eso debemos estar alerta ante la arremetida de la oligarquía. Y a los sectores que pretenden violentar la paz”
(http://www.aporrealos.org/actualidad/a35737.html)
El socialismo es democracia, son los logros de la revolución venezolana, es la lucha contra la pobreza, es la defensa de la soberanía, la inclusión de todas y todas; es el poder popular, es la Reforma Constitucional. Democracia es para ellos migajas para el pueblo, desapariciones, torturas y asesinatos de dirigentes por la expresión de sus ideas, es el pacto sin pueblo. Solo un rato, en el 2002, estuvieron en el poder y el fascismo se sintió con toda su inclemencia. Para nosotros, los golpistas siempre serán cobardes, colocados al lado del imperio norteamericano “enemigo del género humano”. Pero jamás podrán perturbar con ese odio enfermizo, el inmenso amor que el Che Guevara, el guerrillero heroico legó, ni el de todos los mártires caídos en la búsqueda de la felicidad de los pueblos. La patria es América toda.
¡Viva el Che Guevara, Guerrillero Heroico, ejemplo de multitudes!
¡Viva el Partido Socialista Unido de Venezuela!
¡Con Chávez, Patria Socialismo o Muerte! Venceremos!

El fascismo se estrelló en Bolivia contra la solidaridad entre Cuba y Venezuela

Hernán Mena Cifuentes

Los oligarcas como los fascistas son históricamente traicioneros y cobardes, como tales aprovechan las sombras o espacios bajo su dominio para atentar contra los pueblos, las instituciones y sus dirigentes que luchan por su libertad, independencia e integración. El jueves 18 de este mes, a eso de las 3 de la mañana y a las 4 de la tarde, en la ciudad de Santa Cruz, ocurrieron dos explosiones. La primera en el barrio San José Obrero y la segunda en el sector Equipetrol, ambas detonaciones provocaron daños estructurales a dos residencias. La sede del consulado de Venezuela y una vivienda habitada por un grupo de médicos cubanos, afortunadamente sin causar heridos ni perdida de vidas humanas. El doble atentado se inscribe en la conspiración desatada por la poderosa oligarquía del país del Altiplano a raíz del aplastante triunfo electoral del presidente Evo Morales, en diciembre de 2005, y al proceso revolucionario que adelanta gracias a la victoria que puso fin a siglos de esclavitud, humillación y miseria en las que vivió sumido este pueblo. Santa Cruz, junto con las provincias de Beni, Pando y Tarija, forma parte de la Media Luna, próspera región agropecuaria, rica, además, en gas, petróleo y otros recursos naturales. Región convertida en feudo de la rancia y opulenta oligarquía boliviana, cuyos terratenientes se adueñaron de esas tierras mediante títulos forjados y, junto con inescrupulosos empresarios, se asociaron a las corporaciones trasnacionales, convirtiendo a ese territorio en un Estado dentro del Estado boliviano llegando a amenazar con separarlo de Bolivia. De esas 4 entidades, Santa Cruz es el centro donde operan las organizaciones fascistas, constituidas por partidos políticos, gremios empresariales y agropecuarios conformados por las élites que durante décadas fueron amos y señores del País, los que años más tarde se enriquecieron aun más, asociándose a las grandes corporaciones extrajeras para saquear el gas y el petróleo boliviano, mientras millones de indígenas y campesinos bolivianos sufrían hambre, pobreza y enfermedad. Son ellos los mismos que miraban con desprecio al pueblo originario, los aborígenes aymaras, quechuas y otras etnias que desalojaron de sus ancestrales tierras para enriquecerse ilegalmente. Hoy, viendo perdidos sus obscenos privilegios como resultado de la nacionalización de los hidrocarburos, de la reforma agraria y por otros históricos procesos adelantados por el gobierno de Evo Morales, se dedican a conspirar desde los territorios que aun dominan contra la revolución política, económica y social que lidera el presidente Morales. Su desesperación es tanta que al mismo tiempo atentan contra Venezuela y Cuba en suelo boliviano, a fin de impedir el avance y consolidación de ese proceso que recibe el solidario apoyo de las revoluciones lideradas por Fidel y Chávez. Estos gobiernos latinoamericanos, Cuba y Venezuela, llevan educación y salud al pueblo boliviano a través de programas de alfabetización y atención medica, enseñan a leer y escribir a los analfabetas, curan enfermedades y salvan vidas. Y es tan irracional el odio que ciega a los conspiradores que atentan contra quienes desde un consulado coordinan esos programas a nivel regional. Un grupo de abnegados facultativos que habitan una residencia entregados a la humanista y ejemplar misión de salvar vidas. Su demencial ha sido repudiada, no sólo por el pueblo boliviano, sino también en todo el mundo, ya que pone una vez mas al desnudo su criminal inclinación al terrorismo y sus mezquinos intereses. Esos actos, son propios de la conspiración incubada en la perversa alianza con el imperio, orientada a frenar, no sólo el desarrollo de la democracia boliviana, sino al proceso integrador que ha resurgido en la región, liderado por el presidente venezolano Hugo Chávez Frías, quien junto con su homólogo cubano Fidel Castro, han rescatado el sueño de Bolívar a través del ALBA, la Alternativa Bolivariana para los pueblos de América del Sur y el Caribe, a la que se han sumado Bolivia y Nicaragua y que pronto habrán de adherirse Ecuador y otros pueblos hasta conformar la Gran Patria latinoamericana y caribeña. Viendo como fracasaban sus conspiraciones, primero contra Cuba en el ultimo medio siglo y luego contra Venezuela en los últimos 8 años, EEUU y sus cómplices se han dedicado durante dos años a conspirar contra el proceso liderado por Evo Morales. Han sido prácticas macabras, entre otras, la amenaza de secesión de las cuatro ricas provincias dominadas por la oligarquía; marchas, paros de protesta, obstrucción parlamentaria, y ahora, los atentados en contra de instalaciones cubanas y venezolanas en Bolivia. Esos dos últimos sucesos revelan lo cobarde y traicioneros que son los fascistas, pues se escudan en las sombras y aprovechan los espacios de poder que detentan para desbordar su odio en momentos, cuando sus víctimas duermen, o se están en desventaja por la superioridad numérica del atacante, como ocurrió hace 5 años en Caracas, cuando una horda de golpistas venezolanos y miembros de la 'gusanera' de cubanos al servicio del Imperio, sitio a la embajada de Cuba en las aciagas horas vividas por el pueblo venezolano durante el efímero golpe del 11 de Abril del 2002. Fue otro error de cálculo de los muchos que ha cometido el imperio y sus vasallos en la guerra implacable que libran contra unos pueblos dignos y soberanos como los de Bolivia, Cuba y Venezuela, pues no afectó en nada, la decisión de La Habana y de Caracas, de proseguir con su política de hermandad y solidaridad con la Paz. Si creyeron que iban a amedrentar a los dirigentes de esas dos revoluciones con esa arma del terror dinamitero, la misma se devolvió como bumerang contra ellos como lo demuestra la respuesta dada por el canciller venezolano Nicolás Maduro al ataque. 'Todo el apoyo moral, político y material que le estamos dando al presidente Evo Morales y al pueblo de ese país, se va a acrecentar, por lo que seguirán contando con el respaldo del gobierno bolivariano del presidente Hugo Chávez Frías y de todo el pueblo venezolano'. 'Este ataque explosivo terrorista, -dijo más adelante el ministro de exteriores- viene a sumarse a los ataques que viene desarrollo esta minoría de la oligarquía boliviana. Hemos visto en las últimas 48 horas, como se ha desatado la furia, la descomposición moral de esta oligarquía racista'. Maduro puso el dedo sobre una llaga purulenta, al recordar la complicidad de EE.UU. con los sectores poderosos, no sólo del país del Altiplano sino de todo el resto de la región, a fin de conservar su secular dominación sobre esos pueblos, a los que sumieron en abismos de miseria, ignorancia y enfermedad mientras ellos se enriquecían a expensas de la explotación de sus recursos, un saqueo que llego a su fin, al irrumpir una generación de gobernantes progresistas que han revolucionado y están cambiando el mapa político, económico y social de América Latina y el Caribe. Por ello, no habrá acto, por cobarde o traicionero que sea, que doblegue la indomable voluntad de esos líderes y sus pueblos, unidos y decididos como están hoy Cuba, Ecuador, Nicaragua y Venezuela. Avanzada del sueño libertario e integrador que tuvo Bolívar hace 2 siglos, hecho realidad también en el país del Altiplano, donde Evo Morales, un hijo del pueblo aymara, con la ayuda y solidaridad de Fidel Castro, Hugo Chávez Frías y sus revoluciones, esta rescatando para su pueblo, la justicia y dignidad que durante siglos le negaron los imperios y la oligarquía boliviana.

La agregación y modificación del artículo 72 de la Constitución de la República B olivariana de Venezuela.

*JUAN MARTORANO.

En esta oportunidad, nos corresponde un análisis exhaustivo de la figura establecida en el artículo 72 de nuestra Carta Magna, que consagra la figura del referendo revocatorio.

La participación en la esfera política se manifiesta a través de las siguientes figura: la elección de los cargos públicos; el referendo; la consulta popular; la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente; el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos.

Llama la atención de que la Constitución aluda al referendo, a la consulta popular y a la revocatoria del mandato, tres manifestaciones que obedecen a un único concepto, por lo cual cabe la interrogación de ¿por qué se les señaló en forma separada?. Si se analiza la cuestión nos encontramos con que el referendo es el medio de efectuar la consulta popular; asimismo que, a
través de esa consulta, una de las proposiciones que el pueblo puede hacer es el de la revocatoria del mandato de los funcionarios de elección popular. Otra posible interpretación está en diferenciar entre el referendo, como el medio a través del cual se puede obtener la aprobación o la abrogación de una norma; la consulta del pueblo, que versa sobre las materias fundamentales que interesan a la población y finalmente, la más severa de todas las medidas previstas bajo la figura, que es la revocatoria, esto es, el cese de una situación existente constituida por la investidura de un funcionario público. Distinguir las modalidades en la forma expresada ha podido ser la razón
del enunciado constitucional.

En el referendo consultivo el órgano público quiere conocer el sentir del pueblo sobre cuestiones fundamentales de la vida de la comunidad, porque en base a ello podrá validamente asumir las decisiones correspondientes.

La respuesta no tendrá fuerza obligatoria para el consultante, sino que será una forma de medir la posición de la población sobre la acogida o rechazo de actos futuros que versen sobre la materia objeto de la consulta.

El referendo revocatorio de los mandatos electorales. Esta modalidad es diferente de las anteriores, porque aquí es la voluntad del pueblo la que tiene la iniciativa para que se abra el proceso de consulta y la decisión que se asuma no será sustitutiva de la voluntad decisoria de ningún órgano público, sino que es una voluntad que puede o no anticipar el vencimiento del período de vigencia del nombramiento electoral. El pueblo que convoca a referendo, es el responsable fundamental del proceso: a él debería corresponder la carga de su realización, por cuanto no hay ningún deber del Estado en fomentar la consulta anticipada de la voluntad popular. Esta anticipación corresponde al electorado y es él quien debe asumir su responsabilidad en el proceso. De allí que la función de los órganos del Poder
Electoral debe ser exclusivamente de vigilancia sobre la legitimidad de las actuaciones y la obediencia a las pautas fundamentales que rigen la consulta.

La redacción vigente del artículo 72 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es la siguiente:

Artículo 72: "Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables.
Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato.
Cuando igual o mayor número de electores y electoras que eligieron al funcionario o funcionaria hubieren votado a favor de la revocatoria, siempre que haya concurrido al referendo un número de electores y electoras igual o superior al veinticinco por ciento de los electores y electoras inscritos, se considerará revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta absoluta conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en la ley.
La revocación del mandato para los cuerpos colegiados se realizará de acuerdo con lo que establezca la ley.
Durante el período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria no podrá hacerse más de una solicitud de revocación de su mandato."

La propuesta de modificación de este artículo esta planteada así:

Artículo 72: "Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables.
Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, se podrá solicitar al Consejo Nacional Electoral la activación del mecanismo para que los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción del Registro Electoral, en un número no menor del treinta por ciento, soliciten la convocatoria de un referendo para revocar su mandato.
Cuando igual o mayor número de electores y electoras que eligieron al funcionario o funcionaria hubieren votado a favor de la revocatoria y sea mayor el total de votos a favor que el total de votos en contra, siempre y cuando hayan concurrido al referendo más del cuarenta por ciento de los electores y electoras inscritos en el Registro Electoral, se considerará revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta absoluta conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en la ley.
La revocación del mandato para los cuerpos colegiados se realizará de acuerdo con lo que establezca la ley.
Durante el período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria no podrá hacerse más de una solicitud de revocación de su mandato."
El referendo revocatorio previsto en el art. 72 de la Constitución se desarrolla y se desarrollaría, en caso de aprobarse la reforma constitucional, en base a
los siguientes postulados:

Objeto: Todos los cargos de elección popular son revocables y en consecuencia sometidos a referendo revocatorio. La revocatoria del mandato de los titulares de los cuerpos colegiados ha de regirse por las disposiciones de una ley exhortada por la Constitución.
Iniciativa: Corresponde a un número no menor del 20% de los electores inscritos en la
correspondiente circunscripción, y que la propuesta aumenta a un 30% con el objeto de incentivar aún más la participación del pueblo en estos mecanismos y evitar que algunos sectores aprovechándose de los bajos porcentajes para su convocatoria, traten de utilizar el referendo como mecanismo de revanchismo político, más que como un instrumento de la democracia participativa y protagónica .

Oportunidad: Si ha transcurrido por lo menos la mitad del período para el cual fue elegido el
funcionario.

Quórum para el referendo: Actualmente, para que el referendo sea válido es necesario que haya concurrido al mismo por lo menos el 25% de los electores inscritos, en la modificación de este artículo se propone aumentar este porcentaje a 40% por las mismas consideraciones de evitar la tergiversación de este mecanismo y sea utilizado como mecanismo de revanchismo político.

Quórum para la revocatoria del mandato: Un número igual o superior a los votos obtenidos para la elección de los funcionarios objeto de la solicitud de revocatoria, siempre y cuando la votación favorable a la revocatoria sea superior a la contraria. La anterior determinación se basa en la sujeción o adaptación del sistema, al principio democrático de la mayoría.

Consecuencias del referendo revocatorio: Si se diesen las dos condiciones anteriores relativas al quórum, se considerará revocado el mandato y se procederá a cubrir la falta absoluta conforme a la Constitución.

Límites a la solicitud de referendo revocatorio: Se admite una sola solicitud de revocación del mandato durante el período constitucional para el cual el funcionario fue electo.

10.A.- El referendo revocatorio en el régimen de los Estados.
No hay un dispositivo específico para el referendo de los gobernadores, pero la
jurisprudencia ha llenado las lagunas o contradicciones más graves, tanto en el régimen de los estados como en el de los municipios.
En efecto, la sentencia de la Sala Constitucional de fecha 05 de julio de 2002, relativa a un recurso de interpretación referente a la posibilidad de convocatoria de un referendo revocatorio del mandato de los gobernadores de estado y, de sus inmediatas consecuencias jurídicas, se pronuncia sobre el procedimiento del referendo y sobre la forma que ha de emplearse para llenar la vacante que del mismo derive cuando la Constitución estatal no lo prevea.

El recurso de interpretación21 que diera origen al fallo, versa sobre el alcance del artículo 72 de la Constitución, planteando una serie de puntos a los cuales vamos a referirnos al analizar los aspectos fundamentales del referendo revocatorio en general. En esta oportunidad vamos a limitarnos a los señalamientos que son propios de los estados. En efecto, la Sala indica que el
artículo 72 establece sin duda alguna que, la solicitud de la convocatoria para un referendo revocatorio, solo puede tener su origen en el caso de los Gobernadores de Estado, en una iniciativa popular y no en la de órganos públicos, dado que esta ultima posibilidad no se corresponde con la ratio de la institución, cual es que el cuerpo electoral considere conveniente someter a revisión la actuación de su representante.

Según el criterio expresado ni las leyes nacionales sobre régimen de los estados, ni la Constitución de éstos puede legitimar a ningún órgano para la iniciativa del referendo.
La sentencia igualmente se pronuncia sobre la sustitución de los Gobernadores de Estado en el supuesto de que sea revocado su mandato. Indica al efecto que la falta absoluta, que es la que se produciría con la revocatoria del mandato, es cubierta en la siguiente forma: Ante todo la
Ley sobre Elección y Remoción de los Gobernadores de Estado vigente, establece en su artículo
16 lo siguiente: “Las faltas absolutas y temporal de los Gobernadores serán suplidas por el funcionario que corresponda, de acuerdo con el procedimiento y con las formalidades previstas en la correspondiente Constitución del Estado”. La norma transcrita hace una remisión a otro cuerpo normativo cuando alude a las Constituciones de los respectivos estados para que en ella se busque la determinación del funcionario que habrá de cubrir la vacante, así como del
procedimiento y formalidades con arreglo a los cuales se hará efectiva su sustitución. Precisa sin embargo la Sala que, ante la posibilidad de que algunas Constituciones de Estado no prevean la manera de cubrir la falta absoluta de los Gobernadores, la propia Ley sobre Elección y Remoción
de los Gobernadores de Estado, permite llenar este vacío legislativo, cuando regula el mecanismo de nombramiento y elección de un Gobernador en caso de vacantes absolutas. En tal sentido, el artículo 21 de la referida Ley, establece:
“ Mientras las Constituciones de los Estados no regulen la forma de suplir la falta absoluta de los Gobernadores electos, conforme a lo previsto en esta Ley, se procederá de la siguiente manera: .....(omissis)..... Si la falta absoluta se produjere en la segunda mitad del período, la Asamblea Legislativa (hoy Consejo Legislativo), dentro de los treinta (30) días siguientes, procederá a designar por votación secreta, un nuevo Gobernador para el resto del período.
Mientras se elige el nuevo Gobernador, se encargará de la Gobernación el Secretario General del Gobierno o el funcionario ejecutivo a cargo de los asuntos políticos. Esta interinarIa deberá ser ratificada por la Asamblea Legislativa o la Comisión Delegada en su caso, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes”.

Considera la Sala que debe entenderse, en consonancia con la disposición transitoria que el artículo trascrito contempla –cuya aplicación sólo será procedente en tanto en cuanto las Constituciones de los Estados no regulen la forma de suplir la falta absoluta de los Gobernadores electos-, que cuando la falta absoluta del Gobernador de Estado se produce en la segunda mitad
del período, como sería el caso de la revocación del mandato por referendum, se encargará de la Gobernación el Secretario General de Gobierno, cuyo interinato deberá ser ratificado por la Comisión Legislativa o la Comisión Delegada en su caso, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, mientras la Comisión Legislativa procede a designar por votación secreta, un
nuevo Gobernador para el resto del período dentro de los treinta (30) días siguientes a la concurrencia de la falta absoluta.
Por tal razón, estimó el fallo que los argumentos esgrimidos por los recurrentes con relación a la convocatoria a elecciones “en un plazo no mayor de quince (15) días continuos”, con el objeto de llenar la falta absoluta del Gobernador de Estado, producida por la revocatoria de su mandato, no se corresponde con el sentido y alcance que debe darse al artículo 18 eiusdem,
toda vez que el llamado a nuevas elecciones de Gobernadores de Estado, en el lapso antes señalado, sólo se verificaría en caso de producirse una falta absoluta de los mismos, antes de juramentarse o de cumplir la mitad del período que les corresponde. Así, concluye la sentencia señalada que, los artículos 18 y 19 de la referida Ley, no son aplicables al caso concreto que
motivara la solicitud de interpretación constitucional.

10.B.- El referendo revocatorio en el régimen municipal.
La Ley Orgánica del Régimen Municipal –anterior al texto constitucional vigente y hoy derogada, establecía una peculiaridad sobre la iniciativa del referendo revocatorio. Indica al efecto:
“El alcalde quedará suspendido en el ejercicio del cargo cuando el Concejo o Cabildo, por decisión expresa y motivada y con el voto de las tres cuartas (3/4) partes de sus integrantes, impruebe la Memoria y Cuenta de su gestión
anual. En este mismo acto, el Concejo o Cabildo convocará a un referendo que se realizará en un plazo máximo de treinta (30) días, para que el cuerpo electoral local se pronuncie sobre la revocatoria o no del mandato del Alcalde.
Durante la suspensión, las funciones atribuidas al alcalde serán ejercidas por el concejal que designe la Cámara. Si el electorado se pronuncia por la revocatoria del mandato, se aplicará lo previsto en el artículo 54 de esta Ley sobre falta absoluta; caso contrario, el Alcalde reasumirá sus
funciones”.
Ahora bien, la Sala Constitucional ha establecido que el artículo 69 de la Ley Orgánica del Régimen Municipal antes transcrita, está en contradicción al art. 72, segundo acápite de la Constitución.

Así, en sentencia N° 579 del 22 de marzo de 2002, caso: Rafael Salazar Serrano, estableció que:
“... la iniciativa para el referendo revocatorio no es competencia del
Concejo Municipal, a quien sólo incumbe la iniciativa para el referendo
consultivo en “materia de especial trascendencia municipal y parroquial”, a
tenor de lo dispuesto en el artículo 71 ejusdem. Tratándose, por tanto, de un
referendo revocatorio, cuya iniciativa corresponde a un número no menor del
veinte por ciento de los electores o electoras según el artículo 72 de la misma
Constitución, es claro que la iniciativa consagrada en el artículo 69 de la Ley
Orgánica de Régimen Municipal (iniciativa del Concejo en caso de no aprobación de la Memoria y Cuenta del Alcalde) colide con la iniciativa popular prevista en el artículo 72 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y así se declara”.
La anterior jurisprudencia fue ratificada por la Sala Constitucional en sentencia de fecha 15 de julio de 2003 al dirimir la controversia constitucional suscitada entre el Alcalde del Municipio Píritu del Estado Facón y el Concejal Municipal de dicha entidad referida al acuerdo N° 11/2002 dictado por el referido cuerpo edilicio el 13 de noviembre de 2002, mediante el cual, se suspendió al Alcalde en el ejercicio del cargo, se designó un alcalde encargado y se convocó a
referendo revocatorio del mandato del Jefe de Gobierno Municipal, con base a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal (hoy derogada).
De allí que la antinomia entre la competencia que el artículo 69 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal (hoy derogada) que confería al Concejo Municipal para convocar a referendo revocatorio del mandato del Alcalde en los casos de no aprobación por parte del Cuerpo Edilicio de la memoria y cuenta de su gestión anual, y lo previsto por el artículo 72 de la Constitución, que otorga de manera exclusiva a los electores inscritos en la correspondiente circunscripción electoral, la iniciativa para solicitar la convocatoria de referendo revocatorio del mandato de cualquier cargo de elección popular, inclusive el cargo de Alcalde se resuelve para la Sala en el predominio de la norma constitucional.
Al efecto, la misma señaló que a fin de garantizar el imperio, la supremacía y la efectividad de las normas y principios constitucionales, conforme lo ordena el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debía desaplicarse este artículo 69 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal (hoy derogada) en lo que respecta a la iniciativa del Concejo Municipal para convocar un referendo revocatorio, por ser opuesto a lo previsto en el artículo 72, segundo acápite, de la Constitución. Por lo anterior, declaró con lugar el conflicto constitucional planteado entre autoridades y dejó sin efecto el Acuerdo Nº 11 dictado el 13 de noviembre de 2002, por el Concejo Municipal del Municipio Píritu del Estado Falcón, sólo con respecto de la suspensión del Alcalde accionante, el nombramiento del Alcalde encargado y la convocatoria a referendo revocatorio, por ser contrario a lo dispuesto por el artículo 72 del Texto Fundamental.

Para ir finalizando este tema, La Sala Constitucional, con ponencia del magistrado Francisco Antonio Carrasquero López, declaró resuelto un recurso de interpretación presentado el pasado 24 de mayo, por los apoderados judiciales del Consejo Nacional Electoral (CNE), sobre el artículo 72 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece que los electores pueden decidir remover de sus cargos a los mandatarios que fueron elegidos popularmente, antes de que expire el término para el que fueron elegidos. LO SOLICITADO POR EL MÁXIMO ENTE COMICIALLa representación judicial del CNE, indicó que en el caso de lo alcaldes, el legislador si bien prevé que se trata de una causa de ausencia absoluta, no la asimila a la demás causas, sino que más bien la califica, ya que determina que debe ser establecida mediante ley especial, la cual no ha sido dictada. Mientras que en el caso de los legisladores, concejales y miembros de las juntas parroquiales no existe normativa o bien la que existe no regula la sustitución de dichos funcionarios en los casos en que sus mandatos sean revocados, por lo que no se establece si la revocatoria popular del mandato sea una causa más para declarar la ausencia absoluta o si es una ausencia que debe ser canalizada según lo prevea un régimen especial, tal y como sucede con el caso de los alcaldes.Además pidió el CNE que se determinara si los funcionarios que han sido objeto de referendo revocatorio de mandato pueden presentarse como candidatos a las próximas elecciones para ser reelegidos de inmediato para un nuevo período, en aquellos casos en que aún puedan ser reelectos, o en todo caso, para optar a otros cargos de elección popular, o si por el contrario, están inhabilitados, tal como sucede en el supuesto previsto para los diputados a la Asamblea Nacional, conforme lo expresa el artículo 198 de la Constitución.Pidió a la Sala el CNE que delimitara si el funcionario cuyo mandato se pretende revocar debe o no separarse del ejercicio de sus funciones y, por tanto, si podrá permanecer en el ejercicio del cargo durante todo el proceso de referendo revocatorio, además, que se aclare el lapso que cumplirá quien finalmente y de acuerdo a lo que establezca esta Sala, supla al funcionario que ha sido revocado. En tal sentido, se pidió que se determine si el funcionario que debe reemplazar a quien su mandato ha sido revocado, debe hacerlo por lo que resta del período o lo que procede es el inicio de un nuevo período completo para el nuevo titular, ante la revocatoria del mandato que ha sido declarada. RESOLUCIÓN DEL RECURSO Al pronunciarse sobre el recurso de interpretación presentado, la Sala Constitucional indicó en su dictamen, entre otras cosas, que “resulta claro que en caso de producirse la falta absoluta en virtud de la revocatoria del mandato de legisladores a los consejos legislativos de los estados o de concejales o de los miembros de la juntas parroquiales, dichas falta será cubierta por sus respectivos suplentes en el orden en que resultaron elegidos en los correspondientes comicios”.En el caso de los alcaldes, la Sala precisó que “en caso de resultar revocado el mandato de los alcaldes, mientras que no se promulgue la legislación que regule específicamente la materia, deberá aplicarse lo dispuesto en el tercer aparte del artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y, en consecuencia, la falta producida deberá ser cubierta por el concejal designado por el concejo municipal respectivo, quien ejercerá el cargo por el resto del período, y mientras se designa éste, estará encargado de la alcaldía el Presidente del Concejo Municipal tal como lo prevé el in fine del aludido precepto legal”.En cuanto a la posibilidad de que los funcionarios a los cuales le ha sido revocado su mandato puedan presentarse como candidatos en la próximas elecciones para ser reelegidos inmediatamente para un nuevo período, la Sala advirtió que es necesario diferenciar el régimen aplicable a los legisladores de los consejos legislativos de los estados, de aquel aplicable a los alcaldes, concejales y miembros de la juntas parroquiales.Indicó el dictamen de la Sala que es claro que, “al remitir la Ley Orgánica de lo Consejos Legislativos de los Estados al Texto Fundamental, a fin de asimilar el régimen de los legisladores al de los diputados a la Asamblea Nacional, la situación de inelegibilidad prevista expresamente en el artículo 198 de la Constitución resulta aplicable a legisladores de los consejos legislativos. En consecuencia, los legisladores cuyo mandato resultare revocado no podrán postularse para cualquier otro cargo de elección popular en el período siguiente”.Con respecto a los alcaldes, concejales y miembros de las juntas parroquiales, la Sala indicó que “dado que la Constitución ni la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, ni la Ley Orgánica del Poder Público Municipal señala la revocatoria popular del mandato como causal de inhabilitación para ejercerlo, debe entenderse, por argumento a contrario, que la restricción contenida en el artículo 198 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela no es aplicable respecto de los alcaldes, los concejales y los miembros de la juntas parroquiales, y así se decide”. FALTA ABSOLUTA DEL FUNCIONARIO REVOCADOPor otra parte, con respecto a que si en caso de resultar procedente la revocatoria del mandato por la voluntad plasmada en el referendo, se debe considerar que se ha producido una falta absoluta en el cargo público de elección popular, que amerite convocar a elecciones inmediatas, la Sala del Alto Tribunal señaló que el artículo 72 de la Carta Magna prevé la mitad del período para el cual fue elegido el funcionarios, como la oportunidad para solicitar la convocatoria del referendo revocatorio de su mandato. Dicho lo anterior “y en consideración a que la revocatoria del mandato produce la falta absoluta del alcalde revocado, como se indicó, la solución que esta Sala considera aplicable es la prevista en el tercer aparte del artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, la cual prevé la designación de quien ejercerá el cargo vacante por lo que resta del período. En consecuencia, no se daría inicio a un nuevo período sino a la culminación de aquel que venía ejerciendo el funcionario revocado”, aclaró la Sala Constitucional.“Igual circunstancia opera en el caso de los legisladores a los consejos legislativos de los estados, los concejales y los miembros de las juntas parroquiales, ya que las faltas absolutas producidas por la revocatoria del mandato de los funcionarios principales serían llenadas por sus respectivos suplentes, los cuales terminarían el periodo iniciado por los funcionarios revocados”, concluyó la Sala del TSJ.

El referendo es un extraordinario mecanismo y una de las formas de ejercer el Poder Popular.

SI A LA REFORMA CONSTITUCIONAL!!!!!
PATRIA SOCIALISTA O MUERTE!!!!
ESTAMOS VENCIENDO!!!!

*Abogado y Analista Político. Aspirante a militante del Movimiento Socialista Unido Revolucionario Bolivariano de Venezuela (MSURBV). Moderador del Programa "Senderos Revolucionarios" transmitido los días lunes y viernes de 6 a 7 pm por el Circuito Radio Venezuela 880 AM de Ciudad Guayana, junto al Diputado de la Asamblea Nacional por el Edo. Bolívar, Rafael Ríos. jmartoranoster@gmail.com , j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar

La agregación y reforma del artículo 71 de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Juan Martorano(*)

Producto de las sugerencias y del debate de la propuesta de reforma constitucional, se ha decidido la modificación dela figura de los referendos, la cual, nuestra Constitución contempla no menos de 8 formas de referendo. Trataremos de centrarnos, en este caso de la previsión constitucional del artículo 71 de la Carta Magna, el cual prevé la figura del referendo consultivo.Dicho artículo, reza textualmente así: "Artículo 71:Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros;.También podrán ser sometidas a referendo consultivo las materias de especial trascendencia municipal y parroquial y estadal. La iniciativa le corresponde a la Junta Parroquial, al Concejo Municipal y al Consejo Legislativo, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; el Alcalde o Alcaldesa y el Gobernador o Gobernadora de Estado, o a solicitud de un número no menor del diez por ciento del total de inscritos en la circunscripción correspondiente."En el informe de la Comisión Mixta de la Asamblea Nacional, se propone su modificación en los siguientes términos:Artículo 71: "Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros; por la Asamblea Nacional con el voto de la mayoría de los diputados y diputadas; o a solicitud de un número no menor del veinte por ciento de los electores y electoras inscritos en el Registro Electoral.También podrán ser sometidas a referendo consultivo las materias de especial trascendencia comunal, municipal y estadal. La iniciativa le corresponde a los Consejos del Poder Popular, al Concejo Municipal o al Consejo Legislativo, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; al Alcalde o Alcaldesa, o al Gobernador o Gobernadora de Estado, o a un número no menor del veinte por ciento del total de inscritos en la circunscripción correspondiente, que lo soliciten.No podrán ser sometidas a referendo consultivo las materias expresamente reguladas por esta Constitución.Esta modificación versa o estriba dentro del marco de la nueva geometría del poder, además de seguir profundizando en el Poder Popular, en la democracia Participativa y Protagónica. Sin duda que, el incremento del 10 al 20% para la iniciativa de activar esta figura refrendaria, lejos de coartar la libertad y el derecho de participación, lo incrementa y concientiza. Además de que evita de que algunos sectores pudieran desnaturalizar la figura de este mecanismo, utilizándolo de manera caprichosa e inconveniente.La colectividad en general debe ejercer su poder soberano de manera organizada y consciente. Hay algunos autores, y hasta cierto punto comparto este planteamiento, que si el pueblo no se ideologiza, si el pueblo no se prepara para ejercer el poder. Las multitudes pueden fácilmente ser manipuladas por algunos sectores interesados y de intereses particulares.La Reforma Constitucional propuesta por el Presidente Hugo Chávez, ha tenido el mérito histórico de diseñar una sociedad que dé respuestas a las grandes necesidades humanas de los venezolanos y venezolanas: socialista y bolivariana,cuyos fundamentos están inscritos en las ideas expresadas en la propuesta y que ahora el pueblo decidirá en un referendo aprobatorio.Para realizar la propuesta se ha tomado en consideración lo establecido por la propia Constitución de 1999, y ahorase trata de la ampliación y profundización de los valores y las libertades democráticas; la lucha por un mundo multipolar y el establecimiento de los parámetros para construir una sociedad con equidad y con justicia social para afianzar el espíritu socialista, antineoliberal y antiimperialista.En Venezuela está ocurriendo una revolución para construir el Socialismo Bolivariano y esto se concreta de la siguiente manera:• Ampliando y fortaleciendo el Poder Popular a través de la participación colectiva del pueblo venezolano con el autogobierno y la corresponsabilidad.• Reconociendo y ampliando la contraloría social en la administración pública y dando rango de poder a las comunidades.•Con la reordenación territorial para dinamizar la acción del Poder Popular a través del Estado Socialista.• Fortaleciendo la soberanía, los sistemas de salud y educación, la infraestructura pública, la distribución democrática de la tierra, la seguridad alimentaría y un nuevo sistema productivo que reconoce la propiedad pública, privada, social, colectiva y mixta, sobre los bienes materiales de la nación.• Con el reconocimiento de las garantías sociales, en seguridad, alimentación, derechos laborales de lostrabajadores y trabajadoras (reducción de la jornada laboral e incorporación de los trabajadores por cuenta propia a la seguridad social), de los valores culturales étnicos aborígenes, africanos y europeos.• Otorgando rango constitucional a las Misiones, para conformar la Nueva Institucionalidad.• Optimizando el ejercicio de defensa y seguridad de la nación con la nueva Fuerza Armada Bolivariana,para los fines tácticos y estratégicos de la Nación.• Incorporando un nuevo componente al transformar la reserva militar en la Milicia Popular Bolivariana.Además, la Reforma de la Constitución incluye una serie de artículos que permiten a los funcionarios públicos, en todos sus niveles, cumplir a cabalidad con sus obligaciones y dinamizar la gestión pública dando celeridad a la acción de gobierno según lo establecido en las leyes.En fin, laReforma de la Constitución es la vía para consolidar el Estado Social de derecho y de justicia, y afianzar así la transformación de la sociedad capitalista en una sociedad socialista.

Patria Socialista o Muerte!!!
Estamos Venciendo!!!

*Abogado y Analista Político. Aspirante a militante del Movimiento Socialista Unido Revolucionario Bolivariano de Venezuela (MSURBV). Moderador del Programa "Senderos Revolucionarios" transmitido los dias lunes y viernes de 6 a 7 pm por el Circuito "Radio Venezuela" 880 Am de Ciudad Guayana, junto al Diputado de la Asamblea Nacional por el Edo. Bolívar, Rafael Ríos. jmartoranoster@gmail.com , j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar